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Seguro Hogar Alquiler

18 respuestas
Seguro Hogar Alquiler
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#1

Seguro Hogar Alquiler

Hola,soy novato en este tema y tengo varias dudas.

Mi novia y yo hemos alquilado un piso juntos. Bueno, en realidad el contrato está solo a su nombre por el tema de la Renta Básica de Emancipación, pero vivimos los dos.

El caso es que queremos contratar un seguro del hogar y tenemos varias dudas:

- La casa nos la han dado amueblada, aunque nosotros hemos puesto alguna cosita como la TV, el colchón y algún mueble auxiliar, además de todos los objetos personales, ropa, menaje, etc., claro. En las aseguradoras en que he preguntado dicen que solo tengo que asegurar el contenido que es de mi propiedad. ¿Es así o a la hora de un siniestro pueden tasar todos los muebles y decirme que tengo un infraseguro?

- Nos hacen un seguro con mi novia como tomadora y en el que consta que somos dos habitando la casa, pero no nos reflejan expresamente a los dos como asegurados. Me dicen que yo también estoy cubierto, pero leyendo las condiciones generales me entran dudas.

¿Están realmente cubiertos los bienes de mi propiedad en caso de incencio, robo, etc.?
¿Está cubierta mi responsabilidad civil por ese seguro, tanto frente al propietario como frente a terceros?
El seguro cubre además otros hechos sucedidos fuera de casa como atracos o daños en bienes temporalmente desplazados. De nuevo, ¿estaría cubierto?

Y por último, me gustaría saber hasta que punto está cubierta la responsabilidad civil frente al propietario. En las condiciones generales del seguro que hemos estado mirando no especifica nada, simplemente en las condiciones particulares de la propuesta de seguro se refleja una cláusula que extiende la RC al propietario del inmueble alquilado. ¿Cubriría por ejemplo los típicos pequeños desperfectos que luego algunos ponen como excusa para no devolverte la fianza?

Gracias por las respuestas.

#2

Re: Seguro Hogar Alquiler

Buenas tardes,

respondiendo a tus preguntas:

- Efectivamente, debes asegurar todo el contenido si no quieres caer en infraseguro. No se pueden asegurar unos muebles sí y otros no. Solamente cabría la posibilidad de no caer en infraseguro en el caso de que te permitan asegurarlo a primer riesgo, pero no lo veo probable. Normalmente se suele establecer un límite para el mobiliario del arrendador.

- Normalmente se consideran asegurados el tomador, su mujer o pareja de hecho, sus hijos menores de 26 dependientes y ascendientes siempre que convivan en domicilio. Algunas aseguradoras como Santa Lucia en el apartado de conyuge establecen cualquier persona que tenga un vinculo de afectividad similar (novio), pero OJO, que si se te considera tercero por no considerarte asegurado no tendrías cobertura ninguna por la exclusión general de los bienes propiedad de terceros.

- Siempre estará cubierta la RC si el seguro se contrata debidamente. La tuya evidentemente también lo será, siempre que se te considere asegurado. Para esto, enlaza con el párrafo anterior.

- Para bienes en el exterior volvemos a las mismas, si eres considerado asegurado sí, si no, no. Dando por hecho que tengas esa cobertura en póliza...

- La RC frente al propietario es la denominada RC Locativa: Lo normal es que esté cubierta si el seguro se contrata debidamente en forma de usuario en alquiler, y comprenderá los daños que te sean imputables a la vivienda como consecuencia de incendio, explosión y daños por agua (este último apartado no todas lo cubren). Los pequeños desperfectos no estarán cubiertos. Si te lees la cobertura de RC en el condicionado general debe venir, vete leyendo cobertura a cobertura.

Saludos.

#3

Re: Seguro Hogar Alquiler

lo primero que yo haría, para tener la cobertura que deseas, es empadronarte en ese domicilio, suele ser la prueba de tu convivencia, y tu garantía para poder pelearte con la aseguradora, si te rechaza algún siniestro que tu provoques, o que te provoquen.

#4

Re: Seguro Hogar Alquiler

Estimado Asesor,

no es necesario tanto formalismo. Las aseguradoras disponemos de herramientas informáticas para incluir asegurados adicionales en las pólizas de hogar, sin coste alguno, diferenciándolos por tanto del tomador, e incluyéndolos como tal en los seguros.

Siento no haber rematado esto en el anterior comentario. Que por cierto, y por supuesto, es lo que le recomiendo al forero: Que se incluya como asegurado identificandose con su nombre, apellidos y dni. Con esto es suficiente.

Saludos.

#5

Re: Seguro Hogar Alquiler

Hola Apm24, ya lo se, pero si te fijas el forero indica, que le dicen que consta que son dos habitando la casa pero no se reflejan expresamente a los dos como asegurados, por lo tanto al no saber con que compañía lo contratan y si es por medio de un agente, mi recomendación es la de empadronarse en ese domicilio y quitarse problemas, siempre intentare contestar teniendo en cuenta lo que exponen y no lo que se supone que debe hacerse.
Un saludo.

#6

Re: Seguro Hogar Alquiler

No estoy de acuerdo contigo, lo que tiene que hacer es un inventario con lo que es suyo y del propietario, y en base a eso asegurar. Pues no le van a indemnizar a el por contenido del propietario, entonces se estaria lucrando.

#7

Re: Seguro Hogar Alquiler

Supongo que el problema es que si se empadrona su novia pierde la ayuda porque se sumarian las dos rentas

#8

Re: Seguro Hogar Alquiler

Puede ser, ellos sabrán.

De todas formas lo que comenta Apm24 de asegurar a los dos es lo correcto, lo extraño es que les digan que están los dos en la póliza pero no aparezcan como asegurados los dos, yo no sabia que eso se podía hacer, nosotros no podemos, si aseguramos a dos personas las dos aparecen en la póliza, o tres o cuatro, no se que aseguradora será.

Referente al contenido indicarte que cuando alquilas con mobiliario a efecto de seguro (para entendernos) es como si fueses el propietario y por lo tanto cuando dejes el piso lo tienes que dejar en las mismas condiciones y con el mismo inventario, si tienes un incendio tu seguro te repondrá lo quemado o te indemnizara y con ese dinero tu indemnizaras al propietario, si no lo aseguras será de tu bolsillo el pago y eso si seria en menoscabo en tu patrimonio, no se si me explico bien, hoy estoy un poco espeso y no quiero utilizar términos mas legales.

Si el forero esta leyendo esto que nos diga quien es la aseguradora el producto y como y con quien lo contrato, y así podremos informarnos mejor.

Un saludo.

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