Hola, el tema es que nunca hago públicos los nombres de los bancos, para no arriesgarme yo a una demanda. Si bien tengo documentadas todas estas cosas para en caso de que pase algo, doy alguna seña pero jamas nombres
La prima es parte esencial del contrato, y la modificación de la misma, es modificación del contrato ojo, hay sentencias ya al respecto, la prima viene reflejada en el contrato, porque cuando tienes siniestros y te suben un 50% y el cliente devuelve el recibo no reclaman? Porque saben que tienen todas la de perder
Otra cosa, que esta gente no es tonta, es como dices, que se lo lea todo, porque a lo mejor le viene.
"La prima son 300€, pero el primer año se le aplica un descuento por nuevo cliente del 50%, el cual expirara en la siguiente renovación, considerando la prima la inicialmente descrita"
Que otra cosa es que pueda ser o no abusivo.
¿Por qué cobran por tarjeta? porque si fuera bancaria y lo devuelves, pese a eso, tienes todas las armas para ganar una posible reclamación.
Exacto, pero a mi cuando me vienen a asegurar una casa, lo que hago siempre es comprobar en el catastro. Cabe decir también, que somos humanos, y no estamos exentos de cometer un error, sencillamente cuando lo cometes, lo que tienes que hacer es reconocerlo y dar soluciones, no agrandar el problema
Este tema es muy complicado, porque en ocasiones la información que aporta el asegurado es errónea, pero tu deber como mediador es asegurarse de que la información es correcta, pues por ejemplo, los datos catastrales son públicos, y lo puedes ver en la web.
También es cierto, y lo puse en un blog en su día, hay mucho pirata, a saber si el corredor, no podía hacer de + de 999m2 y lo coló así. Y ojo, que para ser corredor, hay que hacer un curso durillo y caro.
También capaz que fuera el/la auxiliar externo que hizo la póliza.
Venga que se anime el debate.
Mi pregunta es, si en un accidente no lo puedes presentar como prueba, al no ser cámaras homologadas, ¿Por qué si son aceptadas para las denuncias de trafico?
Mira, si esta claro que hay que avisar con dos meses de antelacion.
Pero, para eso hay que respetar la poliza, es decir, la prima es parte esencial del contrato, por lo que su acpetacion, se puede dar por dos vias. Firmando o Pagando la prima. Si no has realizado ninguna de las dos, aunque te denunciaran y reclamran, no habria base legal para que estuvieras obligado a pagar.
Ahora, me dices que se da la situacion, de que te incrementan la prima, a 450€, (e slo que te reclaman)
Respecto a intrun justicia, pasa de ellos, no tienen ni idea. Y no los sacaras de ahi.
Yo iria directament epor atencion al cliente de Plus Ultra, y despues por el defensor del asegurado. Asi acabaras antes
OJO, Linea directa, suele incluir una clausula, que rechazas indemnizacion (art 18 ley 50/1980 del contrato del seguro) y por consiguiente, reparas en sus talleres, Sea cual sea y esté donde esté