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Accidente por imprudencia grave

58 respuestas
Accidente por imprudencia grave
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Accidente por imprudencia grave
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#46

Re: Accidente por imprudencia grave

En principio los puntos y multa no creo que se incrementen pues va por la parte civil. El juez lo que puede determinar es algún tipo de responsabilidad penal. ¿Tiempo? Difícil. Los juzgados están como están.
#47

Re: Accidente por imprudencia grave

Lo entiendo , pero que se entiende por algun tipo de responsabilidad penal ?( si no hay denuncia de la parte contraria )

En el peor de los casos.....???

Gracias
#48

Re: Accidente por imprudencia grave

Dices " El juez lo que puede determinar es algún tipo de responsabilidad penal"

No me entero en el peor de los casos eso que puede ser ???

Gracias
#49

Re: Accidente por imprudencia grave

Como te hemos dicho, el que esté pendiente del juez puede venir porque, al existir lesiones, tanto la policía como el centro médico tienen obligación de trasladar informe al juzgado. Ahora el juez analizará los datos y, si así lo estima, podrá solicitar más información, requerir o no declaración a las partes, etc... eso solo lo sabe en estos momentos el juez.... y con toda la información puede decidir que no hay nada o que abre un proceso. Si abre proceso y, a la vista de hechos establece condena ésta puede ser de multa, prisión o ambas cosas pero para ello hay que esperar. Ahora, cualquier cosa que digamos es pura especulación.
#50

Re: Accidente por imprudencia grave

Lo entiendo, pero prision sin denuncia de la otra parte afectada?😯🤔

Eso si que no lo entiendo 😱

Gracias
#51

Re: Accidente por imprudencia grave

Te pongo un ejemplo exagerado... tu matas a alguien y te llevan a juicio y te meten en la carcel sin necesidad de que la familia del fallecido te haya denunciado.... tu caso... hay unos hechos que la policia y el centro médico han puesto en conocimiento del juzgado y éste por defecto tiene que actuar. No le des más vueltas. Es así y te toca esperar.
#52

Re: Accidente por imprudencia grave

O sea que la pueden meter en la carcel? Sinceramente no entendemos nada😓
#53

Re: Accidente por imprudencia grave

Si como dice Insurance : " Las lesiones de los accidentes de tráfico ya no son delito penal "

Ahora resulta que la pueden meter en la carcel ?

Alguien puede explicar por favor todo esto con un poco de coherencia ???

Saludos
#54

Re: Accidente por imprudencia grave

Ten en cuenta que estás pidiendo opiniones en temas muy complejos, en los que no tenemos todos los datos adecuados para saber resolver. Por tanto las opiniones pueden no tener ningún valor si de repente aparece cualquier otra cosa que no haya salido aquí.

Como te han dicho, muchos de los informes de lesiones que emite un médico van directamente al juzgado, por accidentes de tráfico, por lesiones por posible violencia de genero, o en un menor...

Lo normal es que la policía con el atestado envía los partes de lesiones al juzgado. Este localiza al perjudicado y le da un plazo, corto, para poner la denuncia. Y se suele cerrar el expediente sin esta denuncia. Porque hay un año para ponerla, y se suele hacer cuando el perjudicado está completamente curado o si eso no ha ocurrido justo antes de ese año para que no prescriba.

Ten en cuenta, que en este caso, es la propia policía o Guardia Civil quién te denuncia. Al menos. Si hay lesiones habrá la segunda denuncia del perjudicado en su momento.

Como decía, las lesiones de un accidentes de tráfico ya no son un delito penal, POR SI MISMAS, pero puede haber otras circunstancias que concurran en un accidente de tráfico con lesiones y que de repente se convierta en un delito, los típicos ya han salido aquí, alcoholemia, drogas, o el delito de  omisión del deber de socorro, simplemente por abandonar el lugar del accidente, si existe alguien con una lesión.

Todo ello no te debe preocupar, porque son trámites normales. El hecho que ha producido todo el embrollo, se produjo hace semanas/meses¿?  y no se puede deshacer, al menos en este espacio/tiempo. Queda asumir.

Si me preguntas si puedes acabar en prisión por esto... pues yo diría que no, que es difícil una condena de más de dos años por un accidente sin lesiones graves. Pero siempre recuerdo a una profesora, jueza de lo penal, que contaba como muchas veces preguntaba dos veces al reo "seguro que usted quiere decir lo que ha dicho?", porque en la sala, todos menos él, sabían que si decía "eso así", de esa manera, tendría una sentencia condenatoria.

Así que, vete a saber que pone en ese atestado...

Y sobre todo, debes tener en cuenta que las opiniones que se vierten a tus preguntas con la información exclusivamente que aportas, y creo que no hablo solo en mi nombre, en el ámbito de lo que tu cuentas, que tu crees importante. Porque puede haber muchas cosas que desconoces, o que desconoces su importancia, y que no han salido, y que pudieran afectar de alguna forma.

Quién puede ayudarte con detalles ciertos será un abogado, que puede leer el atestado, la documentación que haya en el juzgado del caso, etc...Hay veces que 1000 o 1500 euros están bien gastados si consiguen tranquilizarte.
#55

Re: Accidente por imprudencia grave

Gracias por la informacion y la explicacion...

El abogado de la compañia que tiene mi prima, le sirve ?

Saludos
#56

Re: Accidente por imprudencia grave

A ver, tu misma has metido desde el propio título el término "imprudencia grave". El accidente de tráfico no es delito penal pero dependiendo a los hechos o circunstancias que den origen al mismo... una alcoholemia que supere una determinada tasa, por ejemplo.... lo que te decimos es que el accidente en si no es penal pero no el hecho de conducir bajo el efecto del alcohol, por seguir con el mismo ejemplo.

Tu has hablado de imprudencia grave y el Sr. Juez determinará qué tipo de imprudencia se trata, si como consecuencia de la misma se produjo o no las lesiones, importancia de las lesiones, etc., etc... suponiendo que el juez estableciese una pena de cárcel, tal y como te ha dicho Insurance, si esta pena es inferior a los dos años y no hay antecedentes, lo normal es que nunca se ingrese pero ahí quedará en su expediente por si en un futuro volviese a incurrir en otro delito.

Si tu prima ya tiene abogado, debería ser éste quien os informe de cuál es la situación actual y posibles consecuencias.
#57

Re: Accidente por imprudencia grave

Y para esas dudas el abogado de su compañia le sirve?
#58

Re: Accidente por imprudencia grave

Ya dijimos en su momento que ni alcohol, ni drogas, ni omision del deber de socorro, ni nada de eso...no se porque insistis en eso.

Imprudencia grave ? si. 

La parte contraria que no pone denuncia, si tiene lesiones ?  si.

Repetimos: el abogado de su compañia le sirve ?

Saludos
#59

Re: Accidente por imprudencia grave

A ver... se dice alcholemia y esas cosas por ser el ejemplo mas claro , no porque lo sea. Imprudencia grave entiendo que es por saltarse el stop  y girar en prohibida. Si eso ya tiene repercusiones penales lo desconozco, temas de abogados. 

La parte contraria contraria presentara reclamacion  a la aseguradora vuestra para el pago de las lesiones, en caso de falta de acuerdo, puede demandar y la cia de tu prima pondria abogado para defenderla en caso de que llegara a eso. 

Respecto al abogado que la compañía dijiste y que pone a su disposicion deberia servir, es mas, puede que hayan citado a la aseguradora si finalmente se celebra un juicio . 

Pero que este en valoracion por parte de un juzgado no significa que haya juicio. Aun asi , la mayoria de las polizas "suele!" tener asesoramiento juridico en siniestros asi que el abogado de la compañía deberia poder resolver tus dudas de manera mas exacta que nosotros. 

A la carcel por este hecho? yo lo dudo muchiiiisimo
#60

Re: Accidente por imprudencia grave

Holynes ya te lo ha dicho... alcoholemia y demás es a modo de ejemplo ante la falta de concreción de circunstancia concreta... claro que el abogado de su compañía le sirve. Ella en su seguro tiene incluida la Defensa Civil (puesto que su aseguradora es la responsable civil subsidiaria en este caso... vamos la que va a pagar los daños ocasionados a un tercero) y también tiene la posible Defensa Penal en caso necesario.