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Arrendataria fallece en mi inmuble

20 respuestas
Arrendataria fallece en mi inmuble
Arrendataria fallece en mi inmuble
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#1

Arrendataria fallece en mi inmuble

Buenas tardes, tengo un piso en propiedad en el cual ha fallecido mi arrendataria. El piso requiere la retirada de todos los enseres y una limpieza muy especial pues el cuerpo estuvo en élvarios días hasta ser encontrado.
Ella tenía dos hermanas y dos sobrinos a los que ya he localizado.
¿Están obligados estos familiares a correr con los gastos derivados de la retirada de enseres, limpieza y reposición del inmueble a su estado normal?

Gracias. Saludos.

#2

Re: Arrendataria fallece en mi inmuble

¿Les vas a devolver a ellos si lo hacen el importe de la fianza que seguramente te abono la arrendataria?

#3

Re: Arrendataria fallece en mi inmuble

Por supuesto. Mi pregunta es en términos legales, no cuantitativos. La fianza les corresponde si el piso queda como estaba. Pero lamentablemente eso será complicado. Sólo el sofá donde falleció, q esta para tirarlo, cuesta 3 fianzas.

#4

Re: Arrendataria fallece en mi inmuble

Yo diría que tendrás que correr con todos los gastos, no creo que la familia tenga la culpa de lo sucedido.
Ademas que este siniestro caso no creo que sea nada habitual entre las aseguradoras y no creo que este cubierto en ningún seguro.
Ademas no deberia ser algun organismo oficial el encargado de desinfectar la vivienda y tirarlo todo de una manera profesional? Porque no creo que ese sofa se pueda tirar al primer contenedor, algo habra que hacerle antes...

#5

Re: Arrendataria fallece en mi inmuble

Es una defunción judicial. Informate en el juzgado quien debe hacerse cargo de esa limpieza

#6

Re: Arrendataria fallece en mi inmuble

Oño pues el propietario del sofá y/o del piso, será quien se haga cargo de todo.

Si quiere imputarlo a la fianza, pues que lo haga (q ya se ve que lo va a hacer), pero reclamar a los sobrinos, me da a mi que les va a dar un ataque de risa.

Aquí las aseguradoras nada de nada.

#7

Re: Arrendataria fallece en mi inmuble

Y mejor que estas cosas no se sepan... porque si no , me da a mi que ese piso no lo volverás a alquilar en la vida...

#8

Re: Arrendataria fallece en mi inmuble

Dice el propietario "Pero lamentablemente eso será complicado".
No me queda claro si lo complicado será que el piso quede correctamente o lo complicado será la devolución de la fianza.

#9

Re: Arrendataria fallece en mi inmuble

No ha quedado claro si la difunta tenía bienes que testar en cuyo caso el propietario del piso se lo podría cobrar de ahí y si los sobrinos aceptan la herencia tendrían que pagarlo ellos.

Carlosgalt72, ponlo en manos de un abogado aunque primero hablar con los sobrinos a ver si atienden a razones y no hace falta llagar al juzgado.

#10

Re: Arrendataria fallece en mi inmuble

Por fin un comentario razonable y razonado.

El silencio es hermoso cuando no es impuesto.

#11

Re: Arrendataria fallece en mi inmuble

En este caso, los herederos legales de la difunta, previa aceptación de la herencia. Son los obligados a correr con ese gasto igual que tendrán que pagar su funeral si no tenia seguro de decesos (por poner un ejemplo).

#12

Re: Arrendataria fallece en mi inmuble

De verdad que si hacéis caso al troll, lo lleváis claro.

Si yo soy el heredero, no pago ni un duro del olor que se haya quedado en la casa (q abran las ventanas y compren un ambientador). Pero ni un duro, ni un céntimo.

Y ya pueden venir todos los jueces que quieran a mi casa, que no cobra ni el del frac.

Este arrendador, se come el solito el marrón quiera o no lo quiera y eso si, se queda con la fianza que ya lo tenía previsto.

#13

Re: Arrendataria fallece en mi inmuble

Es un tema complicado, me atrevo a decir que en primer lugar tendrás que ver si hay herencia, si la hay el que la acepte se tendrá que hacer cargo de todos los bienes y de todas las obligaciones.

La obilgación de la inquilina era dejar la vivienda como la encontró, de forma que entiendo que los herederos deben ser los responsables.

Llegado a este punto hay dos caminos. a) llegas a un acuerdo con ellos, entienden que eso es así ya que si estás para llevarte el saldo de las cuentas estás para el resto y llegáis a un acuerdo. b) si la cantidad, consideras que es importante tendrás que irte a un abogado para hacerle una reclamación de cantidad a los herederos.

Creo que por ahí puede ir el tema...

Por ser un tema curioso, y si no te importa nos vas contando como queda el tema.

Saludos y suerte.

Método, disciplina y tiempo

#14

Re: Arrendataria fallece en mi inmuble

Claro que se lo tiene que devolver a los herederos, al igual que el banco le tendrá que dar el saldo que tenga en la cuenta la difunta previa adjudicación de herencia por parte del notario. Otro tema es que la fianza esté para cubrir los daños que superan ampliamente, pero en el acuerdo que pueda llegar con los herederos claro que tendrá que meter la fianza.

Método, disciplina y tiempo

#15

Re: Arrendataria fallece en mi inmuble

Hombre vas un poco sobradito.

Los jueces no van a tu casa, si tienes una sentencia firme condenatoria se la comunican a tu procurador, y éste a tu abogado que te llama y te dice que tienes que pagar las costas, la indemnización y a tu defensa. Quiero recordar que hay 10 dias hábiles para consignar el dinero en una cuenta del juzgado (hace años era en banesto, ahora no lo sé), y de ahí le trasladarán la cantidad correspondiente a la otra parte.

Lo de "pueden venir todos los jueces...", eso como comentario de tasca o chulería de domingo de paella igual puede ser hasta gracioso, pero te aseguro que si tienes una condena en una reclamación de cantidad y tienes la herencia, si no pagas tú, ya pagará el banco previo embargo de los saldos que te correspondan. ¿no crees?

Salu2.

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