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Subida del doble en la prima del seguro médico de Sanitas, ¿es legal?

69 respuestas
Subida del doble en la prima del seguro médico de Sanitas, ¿es legal?
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Subida del doble en la prima del seguro médico de Sanitas, ¿es legal?
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#33

Re: Subida del doble en la prima del seguro médico de Sanitas, ¿es legal?

Hola Lluisbcn, llama al 901 200 301, es gestión de clientes de Sanitas, a ver si ahí pueden hacer algo con la subida.

Un saludo

#35

Re: Subida del doble en la prima del seguro médico de Sanitas, ¿es legal?

Buenas tardes,

Supongo que ya es tarde porque entiendo que a estas alturas ya lo debes tener solucionado o, incluso olvidado, pero finalmente me he decidido a exponer mi caso y a intentar echar luz a tu problema que, por desgracia es el de muchos.

Si me permites, empezaré por responder a tu principal duda: ES LEGAL?.......la respuesta es SÍ, siempre y cuando cumplan con la ley, lo que significa que te tienen que comunicar por escrito y con un plazo mínimo de 2 meses de antelación que la prima para la nueva prima será XX.

Según dices, te enviaron una carta ordinaria donde se te comunicaba la modificación de la prima así que doy por hecho que cumplieron con la ley. si realmente fue así, solo tienes dos opciones, es decir, aceptar la subida y renovar con las nuevas condiciones u optar por la no renovación.

Como bien dices, la modificación de un elemento esencial del contrato se debe comunicar por escrito en el plazo estipulado por la normativa (2 meses) y la aceptación o no le corresponde al asegurado. Si la compañía no cumple con ese requisito, el asegurado tiene una tercera opción que es EXIGIR la renovación de la póliza con las MISMAS condiciones que venía disfrutando hasta ahora.

Este es mi caso, que actualmente se encuentra en la Dirección General de Seguros, aceptado como reclamación y a la espera de informe final.

Te preguntarás quien soy y que puedo saber yo al respecto...y solo puedo decirte que soy un asegurado que como tú no encuentro placentero que me pisoteen la cabeza y además se rían; quizá la diferencia es que yo trabajo en una compañía de seguros y toda la gestión de la reclamación la estoy llevando siguiendo las instrucciones del Dpto. Jurídico de mi empresa. La Ley de Seguro ampara a través de diversos artículos todo lo que te he detallado en este mensaje, incluso la Dirección General de Seguros da la misma respuesta a una consulta que hace un asegurado.

Siento no haberte leído antes pero bueno, espero que este mensaje pueda ayudar a otras personas que, como nosotros, nos sentimos totalmente perdidos en este tipo de situaciones.

Yo, de momento, estoy a la espera de la resolución de la DGS para, en caso de que que la compañía no se atenga a razones, proceder judicialmente.

Mientras tanto, sigo pagando el DOBLE.

Gracias por vuestra atención.

David

#36

Re: Subida del doble en la prima del seguro médico de Sanitas, ¿es legal?

Hola:
Agradecería nos informes de como acaba el tema.
Pero tengo una duda, bajo mi punto de vista el art. 22 habla de los dos meses de antelación en que deben comunicar cualquiera de las partes a la otra para oponerse a la prórroga del contrato, textualmente:
"Las partes pueden oponerse a la prórroga del contrato mediante una notificación escrita a la otra parte, efectuada con un plazo de dos meses de anticipación a la conclusión del período del seguro en curso."
Yo entiendo que la compañía no se opone en ningún momento a prorrogar el contrato, si lo hiciera debería comunicártelo con dos meses, pero no se oponen sino que te aumentan la prima, por lo que entiendo que no tienen porqué comunicártelo con los dos meses que establece dicho artículo.

Un saludo.

#37

Re: Subida del doble en la prima del seguro médico de Sanitas, ¿es legal?

Algunos aconsejan comunicar cada año la intención de no renovar la póliza con unos tres meses de antelación. Eso "obligará" a la aseguradora a negociar la prima cada año y evitarnos estas desagradables sorpresas de aumentos de primas desmesurados y comunicados a los asegurados a última hora sin dar margen de maniobra a los consumidores.
Así les comunico que no quiero renovar, ¿motivo? Desconozco la prima anual. ¿Que dicen que aún no me la pueden decir? Pues eso, que no renuevo. Supongo que finalmente me dirán cuánto me va a costar renovar, digo yo. ¿Que me la duplican? Pues después ya sí puedo decidir si renuevo o no, ya que yo sí he avisado con el tiempo estipulado.

#38

Re: Subida del doble en la prima del seguro médico de Sanitas, ¿es legal?

Buenas tardes Tango33,

El artículo 22 dice, efectivamente, lo que indicas, pero, en mi caso, lo que motiva la OBLIGATORIA comunicación escrita por parte de la compañía es la modificación de un elemento esencial del contrato de seguro, en este caso LA PRIMA. Si la compañía, en lugar de aumentarme un 100% la prima, la hubiera actualizado en un % normal (tipo IPC o similar) no hubiese estado obligada a comunicarme nada salvo que hubiese decicido no renovar mi póliza, en cuyo caso sí que hubiese estado obligada.

Ahora mismo no tengo en mis manos la documentación que he ido recopilando sobre el tema, pero prometo indicar en este foro todos los artículos que la compañía ha incumplido y algunas de las sentencias que han creado jurisprudencia al respecto y que me animan a llegar hasta el final.

Como detalle te diré que hay una sentencia de la Audiencia de Barcelona que considera una modificación sustancial de la prima subir la prima un 12%.......

Gracias por tu interés y prometo seguir informando sobre el proceso.

Gracias y un saludo

#39

Re: Subida del doble en la prima del seguro médico de Sanitas, ¿es legal?

...es una opción, desde luego. Como mínimo te ahorras los sustos de última hora.... Cuando acabe con este tema y me plantee si contratar una nueva mutua ya veremos.....

#40

Re: Subida del doble en la prima del seguro médico de Sanitas, ¿es legal?

Buenas:
Sí, si entiendo que la compañía venga obligada a comunicar por escrito la modificación de algún elemento esencial del contrato, estoy de acuerdo en que te lo tiene que comunicar por escrito. También estoy de acuerdo en que una subida así es una modificación esencial. En lo que discrepo es en que la ley NO establece ningún tiempo en que se te tenga que comunicar, porque lo de los dos meses de antelación SOLAMENTE lo establece para oponerse a la prórroga, y no es el caso. Ellos no se oponen a la prórroga. Para los cambios o modificaciones esenciales del contrato establecerá que se comunique por escrito pero no que se haga con dos meses de antelación.
No trabajo en seguros, no se mucho del tema pero me interesa el tema de los seguros como consumidor. Yo también tengo una póliza individual de salud con sanitas, dos seguros de vida, dos de coche, dos de hogar. En fin un pastón al año en seguros, no quiero que encima me engañen, estafen o abusen.
Con eso no estoy diciendo que no hayan incumplido otros artículos y sentencias que hayan creado jurisprudencia. Lo desconozco porque como te he comentado no soy, ni mucho menos, experto en la materia.

Un saludo.