Re: Subordinadas caja duero
Eso mismo me ha pasado a mí.
Eso mismo me ha pasado a mí.
En primer lugar, agradecerte la colaboración en este foro.Soy la tercera persona a la que declararon NO APTO en el arbitaje dentro de los participantes de este foro. El director de la sucursal me dió a entender que la única razon podría ser, el haber tenido un fondo GARANTIZADO con anterioridad. No se si tambien puede se un hecho relevante el ser administrador de una S. L. (pequeña empresa de mi mujer y mía consecuencia de rechazar los abusivos módulos que nos querian implantar en el inicio de estos).Por lo demás, en esta entidad he tenido plazos fijos renovados y una emision de cedulas hipotecarias ya vencidas y cobradas gracias a Dios.Este echo que te relato nos hace dudar si cabe un poco más de cara a iniciar una reclamacion judicial.Mi formación académica es de bachiller superior y no ESTUDIOS SUPERIORES com refleja el dichoso test de conveniencia.
En caso de no aceptar el canje y no recurrir a la justicia, ¿en que situación quedariamos?
no he faltado...he dicho supuestamente...
Ningún forero tiene la culpa de los fracasos de tus inversiones.
Supuestamente es tu problema, deja de insinuar ofensas, por favor!
SIGUE ESTANDO PROHIBIDO PUBLICITAR CÓDIGOS EN LAS FIRMAS
Creo que ya he dicho varias veces mi opinión sobre que es lo mejor y lo peor:
Por orden de mejor a peor:
A) Presentar la demanda y ganarla con imposición de costas al contrario, si Ceiss no se liquida. Se recupera toda la inversión en efectivo y con intereses legales al 4% menos los intereses que hayas cobrado y no te cuesta nada (recuperación aproximada del 95%).
B) Presentar la demanda, ganarla pero sin imposición de costas si Ceiss no se liquida. Lo mismo que el anterior pero pagando lo que hayas acordado con tu abogado (recuperación aproximada del 90%).
C) Acudir al canje, y solicitar el mecanismo de compensación del FROB y que te lo acepten. Se recupera el 90% aproximado de la inversión, aunque no en efectivo. El 40% aproximadamente se percibe en necocos (liquidez como pronto en 2016, a través de la conversión en acciones Unicaja cuyo valor va a depender de su cotización en bolsa) y pecocos (no se sabe si van a tener alguna vez liquidez). La ventaja de los necocos y pecocos es que tienen una rentabilidad (si se cobra) que es buena.
D) Acudir al canje, solicitar el mecanismo FROB y ser rechazado y solicitar el mecanismo de acompañamiento de UNICAJA (se recupera algo menos del 60% y aproximadamente el 20% en efectivo y el 40% en necocos y pecocos.
E) Aceptar el canje, solicitar el mecanismo FROB y ser rechazado y solicitar el mecanismo UNICAJA y también ser rechazado (hay pocas posibilidades pero podría ocurrir si no eres minorista). Recuperarías aproximadamente el 40% en necocos y pecocos y nada en efectivo.
F) No aceptar el canje y no presentar demanda: Te quedarías con bonos Ceiss que se convertirían en acciones Ceiss, que no tienen liquidez alguna y que posiblemente dentro de muchos años (cuando Unicaja absorba Ceiss) se conviertan en acciones de Unicaja pero con un canje peor que los que tienen necocos. Recuperación incierta, que puede estar en el entorno del 10%.
G) No aceptar el canje, presentar demanda y perderla sin condena en costas: te quedarías igual que en el caso F anterior pero tendrías que pagar lo acordado con tu abogado. El nivel de recuperación puede tender a cero, si bien ahora tendrás coste y al recuperación puede ser dentro de muchos años.
H) Presentar la demanda y ganar con costas pero antes de llegar cobrar de Ceiss, (si apelan todo el pleito puede durar dos años entre primera instancia y Audiencia) se decide la liquidación de Ceiss. En ese caso serías acreedor ordinario de Ceiss y la recuperación (lo que sea que fuera tendente a cero) será dentro de muchos años, pero el abogado puede (porque tampoco cobraría de Ceiss) reclamarte a ti sus honorarios.
I) Presentar la demanda y ganar sin costas pero antes de llegar cobrar de Ceiss, y se decide la liquidación de Ceiss. En ese caso serías acreedor ordinario de Ceiss y la recuperación (lo que sea que fuera tendente a cero) será dentro de muchos años, pero el abogado te cobraría sus honorarios.
J) No aceptar el canje, presentar demanda y perderla con condena en costas: Eso ya si que sería un desastre: Sería igual que el caso anterior, pero además teniendo que pagar abogado y procurador de la parte contraía. Es decir, recuperarías en el futuro lo que sea pero estimado en menos del 10% y posiblemente ahora tuvieras que pagar en el entorno de ese 10%, dependiendo del contrato que hayas hecho con tu abogado.
Muy buen resumen de los posibles escenarios, creo que debería anclarse el comentario de manera que todos los que visitan el hilo puedan informarse o tenerlo a mano.
Será un buen resumen, pero leído parece que la peor de todas las opciones es acudir a la vía judicial a demandar nuestros derechos que fueron estafados y robados...qué montón de "escenarios" tan negativos...
hola, Pumpkin.
¿Has podido presentar la solicitud del FROB y contactar con alguien que sepa del tema del canje en Renta4?
Si quieres, puedes contactar conmigo en el correo [email protected]
Un saludo