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Deuda subordinada en Caixa Catalunya

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Deuda subordinada en Caixa Catalunya
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Deuda subordinada en Caixa Catalunya
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#6897

Re: Deuda subordinada en Caixa Catalunya

A ver tigrys, esto no por en particular, pero algunos llevamos con respuestas sobre esto hace mas de 2 años, cuando la cosa de estos híbridos empezaba a "ratejar com una escopeta de pistons" , entonces algunos llevamos ya cientos de respuestas bastante parecidas, y eso de "mas fácil", pues si "tens tota la raó", no obstante algunos entendemos que el esfuerzo corresponde al consultante, al menos en otros hilos como por ejemplo en seguros o fiscalidad, donde en lugar de responder, suelo preguntar, entiendo que es eso, el buscar y leer corresponde al forero que está en la situación de consulta, no al que responde. Es evidente que todos los foreros en algún momento estaremos en ambos lados, porque como decía el amigo Alcoriza, "todos somos muy ignorantes, la ventaja es que no en las mismas cosas" ... bien ... entonces si van a cascar un 9%, tal vez no te paga la pena iniciar una demanda, dependerá logicamente de la cantidad que lleves, si uno lleva 1.000.000 de euros, pues por 90.000 € paga el abogado y le sobra, pero como esto no es lo habitual este 9% va a suponer un importe que en términos prácticos no compensa, ahora bien, hay dos tipos de personas, los que van por un sentido práctico de las cosas, y los que su norte es tener la razón ante todo, y con independencia del precio que les cueste no tragarán ni "pa Dios", son planteamientos correctos ambos .... ¿una cuestión, el pago del cupón está suspendido para esta emisión? en todo caso y con independencia de ello, yo si me permites te diré lo que haría, esto sería iniciar una reclamación al SAC ¿porque? pues resulta que tras dos años sin queja, los SAC apoyados por una doctrina que aplica el Banco de España, se supone que hay conformidad, ojo que es una doctrina que aplican, no sé si hay alguna ley que lo apoye, con lo cual es eso, una costumbre o una practica aceptada, entonces para evitar esta excusa a futuro, pues "tachán" reclamación al canto y se corta esto de los 2 años, porque hay reclamación que consta .... ¿para que quiero yo que conste? Pues como hemos comprobado esto cambia cada cierto tiempo ¿quien nos puede asegurar que el 2018 esto del 1,5, resulta que lo cambian en 2014, ó en 2016 y pretenden que sea el doble o el triple? la verdad es que ni idea, pero por si acaso, yo les plantaba la reclamación, y no una, sino mas o menos una vez por año, reiterando que no estoy de acuerdo con el cariz que toman las cosas, y esto de la "doctrina" se puede ir al cuerno, si las cosas cambian tendrán que buscarse otras alegaciones, esta quedaría invalidada .......... al final se trata de protegerse a uno mismo, o como poco intentarlo.

La otra cuestión es ¿cuando empiezan los 2 años de disconformidad? este debate no tiene de momento una "doctrina" clara, algunos entenderán que empieza el día de suscripción, otros a a partir del vencimiento, pero casi me atrevería a asegurar que en este caso, el tiempo empezaría a computar a partir del momento en que se conoce esto de las quitas, que salvo error en CX la primera que han aplicado fue en los vencimientos del pasado enero o febrero, con lo cual antes uno no podria reclamar con este motivo, la quita no existía, como mucho tu lo puede conocer ahora, y esto es discutible porque me parece que CX no te ha mandado carta alguna indicándote que en 2018 te van a cascar parte del dinero, pero es igual si la primera experiencia de esto es en enero de 2013, como "seguro" yo no esperaría a mandarla en enero de 2015 (casi 2 años) ... lo haría ahora ...

#6898

Re: Deuda subordinada en Caixa Catalunya

Y eso, que cuándo,ya estábamos "escamados" por las preferentes, que decian, entonces,que eran perpetuas, que no tenian vencimiento, y preguntabas en la CX, te decian, " no te preocupes,que las tuyas, llevan vencimiento.no tendras ningún problema, y mira.....por dónde, quién, nos lo iba a decir....
y encima, el arbitrage, es gratuito., mientras,que los que tengamos vencimiento,sí tenemos que acudir por lo civil, encima,nos han subido por las nubes,las tasas judiciales por las nubes, así, que más que uno de nosotros,que no pueda pagarlo, porque tiene su dinero retenido, pues nada,aquí no pasa nada.

#6899

Re: Deuda subordinada en Caixa Catalunya

Y si no, haces nada,dejas la deuda, con el vencimiento, y te niegas a firmar, qué crees ,que puede pasar?

#6900

Re: Deuda subordinada en Caixa Catalunya

Eso, nada, al vencimiento te pagarán los que les salga de las narices, con leyes creadas al efecto para seguir con el estilo de "socializar pérdidas" y "privatizar beneficios", algo que lamentablemente ya vamos conociendo el percal, peeeeeeeero si a uno se le ocurre reclamar en 2018, la primera alegación de contrario que harán si presentas demanda judicial, es que al no haber reclamado antes, se supone una cierta aceptación tácita de los hechos, luego el juez dirá que si o que no, no depende de ti, entonces ¿porque no les quitamos la excusa? ¿que se pierde con ello? .......... si, un sello de correos cada par de años, un certificado con acuse de recibo, nada unos 3 ó 4 € como mucho ¿que a lo mejor no vale nada? pues vale, pero la ventaja es que no perjudica.

#6901

Re: Deuda subordinada en Caixa Catalunya

Sinceramente, lo del arbitraje "creo" que es algo que sí se podrían replantear en dar por igual tanto vencimiento como no vencimiento, qué opináis? porque entiendo, que el FROB, no se ha puesto a mirar que la mayoría de subordinadas con vencimiento son del 2015, 2018 y 2020 y eso... es casi perpétuo! porque... vamos... de aquí al 2018 puede llover y mucho! entiendo, también, que la Generalitat de Catalunya a los de CX deberían de abrir alguna plataformar dels "afectats" o algo, para poder hacer esto que comento del arbitraje, vaya, que no es justo, que digan una cosa y luego sea otra! para mí, que TODOS los casos se lleven por igual, merecemos un arbitraje todos!
Saludos y a ver que tal va!

#6902

Re: Deuda subordinada en Caixa Catalunya

Con todos mis respetos y a riesgo de equivocarme mucho, para mi esto de los arbitrajes, y que la mayoría salgan a favor del cliente, no se sostiene, estoy convencido que "el aire" va a cambiar en algún momento, y a mas de uno le pillan con el paso cambiado, repito, espero y des equivocarme, y no olvides que a la que "te apuntas" no hay vuelta atrás, el resultado es inapelable.

#6903

Re: Deuda subordinada en Caixa Catalunya

Aa por cierto... los de arbitraje... cuidado... porque si os devuelven el dinero... no sé si deberían los clientes devolver todos los intereses generados por esas deudas... en fín... que hay que ir con mucho cuidado con todo esto!! a ver como acaba bufff...

#6904

Re: Deuda subordinada en Caixa Catalunya

Ahí estoy de acuerdo contigo.
Cuantas veces iba a la oficina preocupada por el tema de la subordinada y cuantas veces me repetían y aseguraban que las nuestras tienen vencimiento, esto fue antes del MOU.
Y para colmo te vas enterando que hubo gente que la "salvaron de la quema" con las Perpetuas en 2012 y antes del MOU.
Luego está el tema de cuando querías venderla y te decían, al menos a mi, "el mercado está cerrado", durante meses me repitieron esa cantinela y luego me enteré que en febrero de 2012 un cliente la puso a la venta al 82% pero en realidad se la compró la propia caja pues según me contó la venta fue de un día para otro.
CX, viéndolas venir, no hicieron nada, absolutamente nada por remediar este desastre mientras que por ejemplo Caixa Penedès canjearon sus subordinadas por depósitos.

Es inadmisible.

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