Re: Deuda subordinada en Caixa Catalunya
¡¡¡¡Que cabroooooonn !!!, diria el Pascualet del Polonia. Sense volguer presumir ...todavia me defiendo un poco sin la pastillita azul (soy PREjubilado, ).
Hoy en el boletin del estado
http://www.boe.es/boe/dias/2012/12/19/pdfs/BOE-A-2012-15335.pdf
viene todo la "novación" sobre la tercera, pero hay un articulo , el cuarto que tiene muy muy muy mala espina, según mi interpretación, para el resto de vencimientos. Parece ser que podrian darles deuda SENIOR, o amanazarles con ellla . no se, no se. ¿Que opinas tu?
"Cuarto.
El apartado 3.2 del plan de resolución de CX contempla que, en los título de deuda subordinada con vencimiento, la tasa de conversión será igual al valor nominal del instrumento de deuda subordinada, menos un descuento que será igual al 1,5% multiplicado por el número de meses hasta su vencimiento en el que caso de que se proceda a su conversión en un instrumento de deuda sénior con un vencimiento igual a esa deuda subordinada."
Por lo demas , tengo muy encuenta tus consejos sobre invertir....(como mucho ...el 20% ,...... sabes, mejor lo dejo, )