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Deuda subordinada en Caixa Catalunya

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Deuda subordinada en Caixa Catalunya
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Deuda subordinada en Caixa Catalunya
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#4833

Re: Deuda subordinada en Caixa Catalunya

¿Se me permite un consejo? sé que hay gente que no le gusta que le den consejos si no los pide, la gente que va por la vida "aconsejando" suele tener problemas de relaciones personales, los consejos siempre serán bienvenidos para quien los pida, y como este no me lo ha pedido nadie, por si acaso .....

Bueno a lo que iba, YO SI FUERA AFECTADO, cogería el comentario 4830, me imprimiría la sentencia que ha colgado el forero cabreado76, me "agenciaría" un rotulador fluorescente y me pasaría un par de tardes "destripando" la sentencia, palabra por palabra, y comparando en que afecta esto a mi caso, observar ... compararme ... verme ahí .... en la piel del demandante que ha ganado en este caso ..... esto sería una ayuda impagable a mi causa ........... luego esperaría a obtener otras sentencias similares, y si el cliente ha perdido, pues mas análisis todavía, que se aprende mas de los errores que de los aciertos ... de manera que yo pudiera ganar o perder, pero como poco ser capaz de no cometer los mismos errores y acertar en lo que me interesaría ....

#4834

Re: Deuda subordinada en Caixa Catalunya

Hola Carmenmaria,
A mi también me lo ofrecieron y lo rechazé por que ya no me fiaba de ellos, así que buscando por el foro encontré la respuesta y con permiso de W.Petersen copio,

¿Qué significa pignorar?
Si, pero pignorar significa entregar algo en prenda (en garantía), y esta entrega solo la puede hacer quien dispone de los bienes pignorables .... con lo cual yo entiendo que al efectuar la entrega de dicha garantía, mediante un contrato, existe una aceptación tácita de la compra, porque no se puede entregar algo que no es tuyo, que no lo reconoces como tuyo, si lo entregaste se supone que era tuyo, repito, esto en palabras de los abogados creo que lo llaman "ir contra actos propios".

También esto entre muchos: http://estafabanca.blogspot.com.es/2012/10/el-credito-pignorado-solo-beneficia-la.html

Saludos

#4835

Re: Deuda subordinada en Caixa Catalunya

Me estoy poniendo del hígado porque cada vez veo más la intencionalidad de los empleados que me vendieron a mí este muerto y que hasta ahora yo había intentando creer ingenuamente que simplemente todos habíamos sido víctimas de los acontecimientos. A mí también me quisieron colocar el préstamo pignorado, que no acepté. Total, que cada vez creo más que aparte de buscar la devolución de nuestro dinero via demanda, pienso que sería de justicia que estas personas pagasen también personalmente y por la vía penal por los pasos que deliberadamente dieron para engañar y estafar a la gente. No sé si se puede demandar a CX y denunciar a la vez por la vía penal al empleado, he oído que no pero no estoy seguro, sabéis algo de ésto alguien?

#4836

Re: Deuda subordinada en Caixa Catalunya

Hola Hampstead,

Mi recomendación es, demanda civil contra CX y cuando tengas la pasta, querella contra empleados y altos cargos de CX por estafa. Segúramente se pueda uno a apuntar al carro como acusación particular, pero esto después de que tengas tu dinero.

Suerte.

#4837

Re: Deuda subordinada en Caixa Catalunya

Yo la vía penal, y disculpadme, no la veo por lado alguno, le auguro muy pocas posibilidades, lo conté aquí, pero vamos es solo la opinión de un don nadie, yo no soy ninguna autoridad en nada .....
https://www.rankia.com/foros/preferentes/temas/1065837-verdad#respuesta_1074950 y si, algo de "circunstancias" hay, tampoco nos engañemos.

En cuanto a la pignoración, vamos a ver ..... aquí explico de que va esto, luego comento al final de esta respuesta .............

https://www.rankia.com/blog/economia-domestica/1249895-pignoracion-depositos-valores-mobiliarios-garantia-prestamos-creditos-i

https://www.rankia.com/blog/economia-domestica/1251556-pignoracion-depositos-valores-mobiliarios-garantia-prestamos-creditos-ii

Pignorar = entregar algo, dar en prenda algo que se supone que es propiedad del que lo entrega, si no le pertenece mal puede entregarlo, parece obvio ¿no?

Entonces si se entrega algo de uno, automáticamente se está reconociendo su propiedad, su pertenencia ¿y? pues blanco y en botella tiene muchas posibilidades de ser leche .... si se reconoce la propiedad, me parece que todos los defectos que pudieran existir en el momento de la contratación dejar de ser tales, ya que repito, se ha reconocido que uno es su dueño, y si lo es, pues eso "blanco y en botella" ........ sin embargo también es una opinión de un don nadie como yo.

Por cierto, si uno va por la vía penal (preguntad a un abogado) se corre el riesgo que tras la instrucción del caso, o mitad de ella, se determine que "nones" y vuelta a empezar por la civil, esto de las instrucciones no es precisamente rápido. En una demanda civil no hay fase de instrucción, se va directo al juicio, y esto ya es lento de por si, imagina lo otro ....

#4838

Re: Deuda subordinada en Caixa Catalunya

Hola Petersen,

Estoy de acuerdo contigo que el crédito pignorado es una bomba de relogería, por lo que tu comentas de cara a un hipotético juicio pero también de cara a que la prenda "en esta caso la deuda subordinada" en menos de un més se le apicarará una quita bestial con lo que la entidad financiera podría ejecutar el crédito e ir a por tus bienes ya que la prenda no serponde por el importe del préstamo. Y este aspecto lo pone bien clarito en las condiciones del crédito.

En lo que no estoy tan de acuerdo es en lo del proceso penal. Evidentemente yo para recuperar el dinero iría por la vía civil pero una vez recuperado esta fechoría no puede quedar impune. Entonces una vez que hayas recuperado lo tuyo, puedes intentar ir por lo penal, aunque evidentemente es más complicado, lo que se tendría que intentar demostrar es que ha sido una estafa general, ideada por los altos cargos de CX y ejecutada perfectamente por esos empleados tan buenos que ahora están preocupados por perder su trabajo, por eso callan como ..., pero en cuando estén en la calle y sin trabajo y con una querella sobre sus espaldas ya verás como empiezan a cantar y a salir papeles de debajo de las piedras...

El tema sería en hacer algo tipo Bankia, que alguna entidad se querellase contra CX (en el caso de Bankia ha sido el 15M, UPyD y Manos limpias) y luego los afectados, como acusación particular presentasen su querella aportando datos de la estafa.

Pero es solo una opición y una intención para el futuro, ya se verá como se desarrollan los acontencimientos cuando se apliquen las quitas...

Suerte.

#4839

Re: Deuda subordinada en Caixa Catalunya

En muy resumidas cuentas , la sentencia se basa en que la clienta no disponía de los conocimientos necesarios para poder llevar a cabo las operaciones de compra de las participaciones preferentes y el mismo juez da por hecho que fue asesorada por los empleados del banco. Y eso aun teniendo en cuenta que la cliente tiene estudios , que existían mas operaciones previas por parte de la clienta y al parecer un contrato de gestión de carteras, o de asesoramiento. Puntualiza los productos que tenia contratados la cliente previamente al “asesoramiento” y señala como en el mismo test mifid la señora reconoce no tener experiencia previa en este tipo de operaciones.

Recuerda cuales son las leyes que obligan a las entidades bancarias a proteger a sus clientes “minoristas” en los ámbitos de inversión y que estos han de velar siempre y como única finalidad por los intereses del cliente.

Hace un repaso a las leyes vigentes antes de la normativa mifid , que también van en ese sentido y a los que la Mifid solo hace reforzarlos y puntualiza que la clienta al contratar estos productos recibió una información errónea ya que se le dijo que la liquidez estaba asegurada .

La demanda no se fundamenta en el vicio en el consentimiento sino en el incumplimiento de las obligaciones de la entidad financiera.

Por otra parte hoy se publica también otra noticia al respeto de una sentencia sobre "preferentes" que va en el mismo sentido que esta que comentamos pero amplia lo que se considera experiencia previa ya que en este caso el hijo de la clienta que demanda y que actuo como representante de su madre si tenia conocimientos del funcionamiento de los mercados y bastante experiencia en otros productos financieros.

http://www.abc.es/20121115/comunidad-valencia/abcp-audiencia-castellon-confirma-nulidad-20121115.html

“Así, añade que en la adquisición de las participaciones preferentes, la demandante, representada por su hijo, incurrió en un error invalidante del negocio jurídico «al desconocer el rendimiento del producto, el plazo de duración y la posibilidad del rescate, cuyas condiciones motivaron la celebración del contrato, «al creer erróneamente que se trataba de una operación segura, con un rendimiento fijo y rescatable». Además, la Sala aprecia que la entidad bancaria no facilitó al hijo de la demandante la información al objeto de que pudiera comprender con todo detalle la clase de producto que esta adquiriendo. “

#4840

Re: Deuda subordinada en Caixa Catalunya

Hola a to@s,

Estoy de acuerdo con vosotros, de momento lo más viable es presentar una demanda por lo civil, sobre todo viendo como ponen trabas con un Fiscal General declara que no ve indicios de estafa, unas tasas de la justicia abusivas y un decreto Mou de muy dudosa constitucionalidad. Pero aún así, no pierdo la esperanza de que aparezca algún abogado o fiscal haga honor a su profesión, con honradez y determinación para sentar en el banquillo a CX, como ha sucedido en Galicia o en Madrid. También en post anteriores se comentó y no se descartó de unirnos los afectados para presentar una denuncia, y que mientras más seamos, más fuerza tendremos, puesto que esta estafa no puede quedar impune.

Saludos

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