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Deuda subordinada en Caixa Catalunya

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Deuda subordinada en Caixa Catalunya
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Deuda subordinada en Caixa Catalunya
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#3745

Re: Deuda subordinada en Caixa Catalunya

¿Sabes seguro si la aceptación del arbitraje supone la renuncia explícita e irrevocable a la vía judicial? No soy jurista, no lo tengo claro. Igual eso iría en contra de la tan cacareada "tutela judicial efectiva". El laudo no es recurrible (para eso se arbitra, supongo ... para que lo que decida el árbitro vaya a misa), pero no sé si eso supone renunciar a abrir la vía judicial si uno está disconforme con su laudo ... Es decir, una vez emitido el laudo, se agota la vía arbitral y ya no se puede recurrir "al árbitro". Pero supongo que uno debe seguir siendo muy libre de acercarse al juzgado y demandar, prescindiendo del laudo ... Aunque con toda seguridad CX aporte un laudo favorable a sus intereses como prueba en su defensa judicial.

Juristas, ilústrennos si son tan amables. Gracias anticipadas.

#3746

Re: Deuda subordinada en Caixa Catalunya

Hola, una duda, pero para que te hagan esto del arbitraje ¿ es necesario haber reclamado o denunciado a CX o ellos empezarán a solucionar casos (me refiero al arbitro en cuestioón) ??? Yo ahora les estoy pidiendo la documentacion, ¿tengo que hacer algo más o el arbitraje lo tramitara todo y me llamaran desde el banco?

Gracias
Lucia

#3747

Re: Deuda subordinada en Caixa Catalunya

Asi me lo ha confirmado el abogado con el que lo he consultado. De hecho la intervención judicial solamente tendría lugar para hacer cumplir el laudo. Por lo que comentas de la tutela judicial efectiva, se da porque lo que ambas partes hacen es aceptar el laudo arbitral como sentencia firme.

Creo que hay un matiz importante: si Cx te propone el arbitraje es que ve ese caso perdido y no quiere meterse en el tema judicial con lo que conlleva (costas). Pero sie es el cliente el que lo pide no tengo tan claro que se dé "por ganado" el caso. En el caso de NCG háy una consultora externa a ella que es la que está "filtrando" los casos que ha de proponer arbitraje (para entendernos, ellos no pueden devolver el dinero directamente porque Bruselas se lo impide, hacen la pantomima del arbitrje para delante de Bruselas decir: tengo que devolverlo, es como si fuera un juez el que lo ha dictaminado). Ya digo, otra cosa es que sea a iniciativa del cliente. Por eso creo que en un primer lugar se debería de ver qué y a quién proponen.

Pero como bien dices, si hay algun jurista en la sala , que nos oriente si us plau

#3748

Re: Deuda subordinada en Caixa Catalunya

Artículo 48. Terminación de las actuaciones y laudo.

1. La forma y el contenido del laudo que, en todo caso, será motivado, se regirá por lo dispuesto en la Ley 60/2003, de 23 de diciembre, de Arbitraje.

2. Si durante las actuaciones arbitrales las partes llegan a un acuerdo que ponga fin, total o parcialmente, al conflicto, el órgano arbitral dará por terminadas las actuaciones con respecto a los puntos acordados, incorporando el acuerdo adoptado al laudo, salvo que aprecie motivos para oponerse.

3. El órgano arbitral también dará por terminadas sus actuaciones y dictará laudo poniendo fin al procedimiento arbitral, sin entrar en el fondo del asunto:

Cuando el reclamante no concrete la pretensión o no aporte los elementos indispensables para el conocimiento del conflicto.

Cuando las partes acuerden dar por terminadas las actuaciones, o

Cuando el órgano arbitral compruebe que la prosecución de las actuaciones resulta imposible.

En este laudo se hará constar si queda expedita la vía judicial.

No lo decides tu, lo deciden ellos ,,, como todo..... como todo en sentido de entero ,, no como Todó que tambien seria el caso.....

#3749

Re: Deuda subordinada en Caixa Catalunya

Al menos en el caso de NCG lo que hace es que de entrada la condición que ponen para ir al arbitraje es que no hay reclamación posible. Fríamente: me merece muchas más garantías un juez independiente que un árbitro designado por un organismo público (es decir, que al final depende de la administración, la misma que no veló por nuestros interese y consintió esta M). Pero también creo que el que te lo ofrezcan es la mejor señal de que ven muy negro (y con ello irte con más garantías de ganar al juzgado, eso sí, primero poner dinero por delante para provision de fondos de abogados, esperar [en el caso de Barcelona, unos 10 meses, y es de las zonas en que va más rápido....] y que la sentencia se favorable.

Otra cosa es instarlo por tu parte; aqui lo veo que no será tan claro el tema.

#3750

Deuda subordinada de CX

hola W.Petersen,
mira al hilo de lo que comentas, he entrado en el enlace de este foro donde escribe esta señora o señorita o vaya usted a saber,y he leido sus escritos,estos me han recordado algo que comentó creo que Insubordinado en su dia, sobre que a perfil mas analfabeto, mas posibilidades de ganar un juicio sobre el poder demostrar que no cumplia con el perfil idoneo para invertir en segun que productos,(disculpas insubordinado si no es asi y era otro forero el que lo expuso)pues bien, creo que esta señora lo ha leido y lo ha tomado al pié de la letra, creo que no es tan.... como quiere dar a entender, es mi intuición y el hecho de que las faltas son tan obvias, que nadie haria tantisimas en tan poco espacio,ademas algunas son de jugado de guardia,en fin es mi opinión, de no ser asi, creo que el mismo Todo en persona le devolvera euro a euro todo lo que le pertenece,antes de arriesgarse a un posible juicio con esta señora.

saludos

#3751

Re: Deuda subordinada en Caixa Catalunya

No se que decirte insubordinado, según he leido en sus posts, quizas con demasiado impetú, ya he dicho en un post anterior, que no creo que sea fidedigna al 100%,aunque por supuesto puedo equivocarme,si lees entre lineas sus escritos,yo veo evidentemente, muuucha irritación pero también mucho sarcasmo(obviamente no le falta razón por los motivos y la situación)pero algunos de ellos no tienen tantas faltas como otros, lo que me lleva a una conclusión, o bien tiene dias mejores que otros, o hay algo de cachondeo en su actitud.
de todos modos y a esas alturas, todos vamos ya un poco a peñón fijo con las ideas bastante claras de lo que debemos hacer y aceptar, aunque no me niego a participar en algunas iniciativas grupales, siempre que sean beneficiosas para el grupo que iniciamos y naturalmente cualquiér persona de bien, sera bienvenida,al menos en lo que respecta a mi persona.

saludos

#3752

Re: Deuda subordinada de CX

Otra cosa interesente: cuando pedí el folleto de la 1era. emisión me dieron uno en el que, aparte de la portada, le faltaban las cinco primeeras páginas. En la reunión que tuvimos en el Centro cívico vi que a más gente le habían dado el mismo folleto faltando esas mismas páginas, o sea, no era un error de mi oficina al fotocopias sino que era deliberado que no querían dar esa información. Y qué había? Pues se define el producto para un perfil conservador (manda OO pero pone eso), quizá la CNMV en los año 90 lo veía así (o se tapó los ojos y la nariz) pero ya hemos visto que de eso nada. Como en el médico: que no era un medicamente, era un veneno (y el médico estaba en condiciones de saberlo o de avisarlo). Creo que eso hace que por mucho que digan que el que contrató no era analfabeto, sabía y enendía lo que contrataba; se les puede rebatir que por saber leer vi que ponía perfil conservador en el folleto, nada más lejos de la realidad. Fundamental demostrar que eso es así y que se puede demostrar donde tiene puesto su dinero (fondo de inversión garantizado? hombre, ´también es conservador; depósitos? Ya ni te digo. Un juez incluso ha dicho que unas "matildes"(acciones de Telfónica) no determina un perfil inversionista

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