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Que pasará con las Participaciones Preferentes de Caja Madrid al 7% TAE

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Que pasará con las Participaciones Preferentes de Caja Madrid al 7% TAE
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Que pasará con las Participaciones Preferentes de Caja Madrid al 7% TAE
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#17553

Re: Que pasará con las Participaciones Preferentes de Caja Madrid al 7% TAE

Vuelvo a reiterar mi petición de ayuda: Necesito que algún forero que sepa portugués se ponga en contacto conmigo via correo interno.

#17554

Re: Blog Bankia

Efectivamente al principio uno piensa "anda otro nuevo" porque muchos salen con "hola soy nuevo ... resulta que yo ....", y uno tiende a pensar (erróneamente) otro que no quiere leer y pretende que le hagamos el trabajo, y precisamente en un lugar dónde todos actuamos como amateurs, por afición ...

No obstante, creer eso es un error, ciertamente habrá algunos de estos "nuevos" que por vagancia pretenden que se lo expliquemos todo de nuevo, así como por obligación o que el foro es un servicio público, pero no es siempre así, porque hay personas que ya tienen ciertas dificultades para acceder a la red, sea por edad, por conocimientos (normalmente pienso en mi madre, que ahora hace unos cursillos que imparte el ayuntamiento de su pueblo, y para empezar precisó de unas clases de "manejo de ratón", por tanto no pidas que se meta en un foro y empiece a buscar, esto tal vez en unos meses...) entonces, insisto pensar que todos los que salen con el "hola soy nuevo ..." son unos vagos poco amigos de la lectura es incierto, de ahí que pensé "macho no seas injusto, no todos son vagos, hay gentes que realmente necesitan de tus pocos conocimientos, y no te cuesta nada escribir otra ves esto en el blog, y de esta forma tu no tendrás que repetir lo mismo continuamente" ....

Y hay otro motivo, ya que hay gentes que llevan tanto cabreo e indignación con esto, que los arboles no dejan ver el bosque, es normal, si uno no está centrado, no piensa (en ocasiones) adecuadamente, entonces si tienes unos documentos que se pueden imprimir, que se puedan leer con calma, creo que de alguna forma se ayuda a verlo algo mas claro.

#17555

Re: Que pasará con las Participaciones Preferentes de Caja Madrid al 7% TAE

Yo sigo intentándolo, pero mis "fuentes" lusas aún "no se han manifestado"... estarán de vacaciones.

#17556

Re: Que pasará con las Participaciones Preferentes de Caja Madrid al 7% TAE

Y si no, a malas, siempre se puede tirar del traductor de Google...

#17558

Re: Que pasará con las Participaciones Preferentes de Caja Madrid al 7% TAE

Acabo de oir en la SER que unas 50 personas afectadas por las preferentes se ha encerrado en una sucursal de bankia de la c/ alcalá nº 1 de madrid

#17559

Re: Que pasará con las Participaciones Preferentes de Caja Madrid al 7% TAE

Lo que no aclaran es el canje en acciones.
Que importe piensan canjear?
El dinero que metimos en su momento, o la valoración que hace caja madrid actualmente de nuestras preferentes?

#17560

Re: Que pasará con las Participaciones Preferentes de Caja Madrid al 7% TAE

Este es el texto del articulo 40 de la ley:
Lo pone claramente, VOLUNTARIO Por favor que no nos engaññen de nuevo.
Nadie te puede obligar a canjear nada. Ojo, los mismos empleados de Bankia se creen que va a ser obligatorio, pero estan en un error.
(lamento no poder poner acentos, algo le pasa a mi teclado)
No obstante este fin de semana me volvere a leer la ley entera.
Artículo 40. Tipos de acciones de gestión de instrumentos híbridos de capital y de deuda subordinada.
1. Las acciones de gestión de instrumentos híbridos de capital y de deuda subordinada podrán consistir, entre otras medidas, en:
a) Ofertas de canje por instrumentos de capital de la entidad de crédito, sean acciones, cuotas participativas o aportaciones al capital.
b) Ofertas de recompra de los valores, ya sea mediante su abono directo en efectivo o condicionado, conforme a su valor actual, a la suscripción de acciones, cuotas participativas o aportaciones al capital de la entidad o a la reinversión del precio de recompra en algún otro producto bancario.
c) Reducción del valor nominal de la deuda.
d) Amortización anticipada a valor distinto del valor nominal.
2. Las medidas del apartado anterior serán de aceptación voluntaria por parte de los inversores. En particular, las de los apartados c) y d) requerirán el consentimiento previo de los inversores para la modificación de la emisión que corresponda, conforme a lo previsto en los términos y condiciones de cada una. La entidad deberá promover, en su caso, las modificaciones a los términos de la emisión que faciliten las acciones previstas en su plan de reestructuración o de resolución, según corresponda.
Las medidas del apartado anterior podrán ir acompañadas de otras modificaciones de los términos de las emisiones afectadas y, en particular, de la introducción del carácter discrecional del pago de la remuneración.
cve: BOE-A-2012-

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