Staging ::: VER CORREOS
Acceder

Inquilina en piso que se va a quedar sin dueños

10 respuestas
Inquilina en piso que se va a quedar sin dueños
Inquilina en piso que se va a quedar sin dueños
#1

Inquilina en piso que se va a quedar sin dueños

Buenos días, 

Pues os explico, actualmente, yo estoy alquilando un piso de la usufructuaría, una señora con 95 años. Normalmente estos contratos caducan con el fallecimiento del usufructuario y que el propietario se contacta al inquilino dentro de 15 días del fallecimiento para decirte si tienes que ir o si el contrato se mantiene. En el caso que no dicen nada se entra en tacita reconducción. 

Lo que pasa conmigo es que esa señora tenía solo a su hijo único que ha fallecido. Tiene a su nieta también hija única que tuve que rechazar la herencia de su padre porque tenía dudas. Sin embargo el piso donde estoy es el único bien inmueble de la herencia de ese señor que no está embargado. 

A mi me encanta ese piso y me gustaría  comprarlo. Pero nadie puede “heredar” de ese hombre para convertirse en propietario para poder vendérmelo por la deudas de las otras cosas son en los millones de euros. Ósea ni los primos ni tíos quieren heredarlo. 

Lo que quisiera saber es si alguien sabe cuando fallece mi arrendataria que pasaría conmigo? Me quedaría en la calle? Como no tengo nadie con quien trata sobre el tema de seguir alquilando? Hay algún trámite que pueda hacer con la Generalitat/ gobierno local de mi municipio para protegerme? 

Fui a un abogado pero solo me ofrecía buscar a alguien que quisiera heredar el piso comprarlo de él como solución, pero como dije nadie está dispuesto hacer esto. Tengo pendiente otra cita con un abogado especializado en derechos de inquilinos pero falta 3 semanas todavía y pues me gustaría intentar orientarme más entre tiempo. 

Lo siento que es tan largo. Y muchas gracias por leer eso y responder. Si hay faltas, disculpa, castellano no es mi lengua materna. Un saludo. 

#2

Re: Inquilina en piso que se va a quedar sin dueños

Mientras ningún heredero se ponga en contacto contigo, puedes seguir ingresando el alquiler en la misma cuenta, guardando los justificantes con esmero.
Mientras tanto puedes hacer gestiones acerca de los herederos para saber si van a aceptar la herencia o renunciar a ella.

El silencio es hermoso cuando no es impuesto.

#3

Re: Inquilina en piso que se va a quedar sin dueños

Yo no tengo tan claro que el hijo pueda renunciar a la herencia:

https://parcesa.es/se-puede-renunciar-a-una-herencia/


 
3- Deudas del heredero

Si el heredero tiene deudas, sus acreedores podrían embargar los bienes de la herencia que va a adquirir. De ahí que muchos decidan renunciar a la herencia, ahora bien, la renuncia a recibir una herencia, puede suponer un delito de alzamiento de bienes en fraude de acreedores, lo cual además del riesgo de la condena penal, llevaría aparejado la nulidad de la renuncia. 

Pero claro, el problema es que lo acreedores se enteren de que relamente renució y alguien le ponga un pleito para invalidad la renuncia.

De momento es lo que te dice @juan-lackland  ahí sin moverte y pagando el alquiler.
#4

Re: Inquilina en piso que se va a quedar sin dueños

yo hay algo que no entiendo, si esa señora es solo la usufructuaria ya hay otra persona que es el nudo propietario. El hijo no es porque murio, y su hija (la nieta de la usufructuaria) tampoco porque renuncio a la herencia de su padre. ¿Quien es entonces?
Porque ese nudo propietario entiendo que sera propietario al completo cuando fallezca la usufructuaria
#6

Re: Inquilina en piso que se va a quedar sin dueños

Hola a todos,

Coincido con lo que te han expuesto mis compañeros rankianos. Te intento ordenar la información para que te quede más clara.

Lo primero de todo: conocer si la arrendadora usufructuaria ostenta la condición de usufructuaria del inmueble o si además de dicha condición sobre una parte del inmueble, es plena propietaria del resto (lo típico si el piso era del matrimonio ganancial y falleció el marido).

- En el primer caso (solo usufructuaria), como muy bien te ha apuntado @frangon, el propietario de la totalidad del inmueble cuando fallezca la arrendadora será el nudo propietario actual, a quién tendrás que dirigirte para negociar la posible venta del inmueble.

Ahora bien, si dicho nudo propietario es el hijo fallecido, y todos los sucesores designados en el testamento o,-una vez agotados los anteriores o si dicho nudo propietario no lo otorgó- los familiares restantes hasta el IV grado inclusive (primos) renuncian por las deudas que el mismo tenía, la Herencia corresponde al Estado.

- En caso de que la usufructuaria sólo lo sea respecto de una cuota (la mitad, generalmente), siendo plena propietaria del resto del inmueble, respecto al usufructo te encuentras en la misma situación descrita en el punto anterior. Respecto a la otra -aunque esto no te soluciona prácticamente nada-, si la arrendadora tenía la economía personal "saneada", y excepto que en su testamento hubiera dispuesto otra cosa, dicha mitad puede ser heredada por su nieta -hija del hijo de la arrendadora fallecido- aunque haya renunciado a la herencia de su padre por las deudas de este, porque civilmente es claro que hereda directamente de su abuela, sin pasar por su padre -siempre que su padre hubiera fallecido antes que su abuela, entiendo que sí por lo que expones- y en la herencia del hijo de la arrendadora actual no se incluía -porque no lo era en el momento de su fallecimiento- la parte del inmueble del que la arrendadora era plena propietaria. Pero en ese caso, seguimos con la imposibilidad de adquirir la parte restante sobre la que pesa el usufructo.

Una solución que se me ocurre es, primeramente, si la arrendadora era plena propietaria de alguna parte indivisa de la vivienda, adquirir la misma a la sucesora de referida casera. Y, respecto de la parte usufructuada que nadie quiere heredar -si el nudo propietario es el hijo con deudas, ya que si es otra persona debes dirigirte a ella para adquirirla-, cuando muy probablemente dicha parte salga a subasta, puja por ella: nadie querrá la nuda propiedad de una parte de una vivienda, en la cual tú si estás interesada porque conoces su estado -ya que vives allí- y además, cuando fallezca la usufructuaria serás la plena propietaria de dicha parte que, junto la que compraste, te hará adquirir el dominio total del inmueble.

Espero que te haya quedado más claro y te haya podido ayudar,
Un saludo.
#7

Re: Inquilina en piso que se va a quedar sin dueños

En la nota simple se quedó con el hijo fallecido siendo nudo propietario y la Señora usufructuaría al 100%. Algo que fue pagado por notario y todo para resolver la herencia de el marido de la madre en 2020 y luego murió el hijo como 2 meses después. La nieta rechazó la herencia entonces está tb hecha formalmente por notario. Saque la nota simple de la casa hace 3 semanas y sigue así madre 100% usufructuaría y hijo 100% nudo propietario. 
#8

Re: Inquilina en piso que se va a quedar sin dueños

Hola,

Pues si el hijo es nudo propietario de la totalidad del inmueble, la única posibilidad que atisbo es esperar a que se embargue por sus deudas y pujar por la misma, como ya te he indicado en mi anterior respuesta. Adquirirás así el inmueble a un precio, quizás, bastante módico.

Un saludo,
#9

Re: Inquilina en piso que se va a quedar sin dueños

Muchas gracias!! 
#10

Re: Inquilina en piso que se va a quedar sin dueños

Una curiosidad @maqiz  dices:

 renuncian por las deudas que el mismo tenía, la Herencia corresponde al Estado.

Supongo que el estado siempre acepta a beneficio de inventario, para evitar que nadie le pueda "hacer un siete". 
#11

Re: Inquilina en piso que se va a quedar sin dueños

Correcto, se entiende siempre -presunción iure et de iure- aceptada a beneficio de inventario: art. 957 del Código Civil -común-. Supongo que en las CA con competencias en materia civil, que hayan optado por adjudicarse este Derecho -si existe-, tendrán una previsión similar.