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Deducción 60% alquiler vivienda habitual

12 respuestas
Deducción 60% alquiler vivienda habitual
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Deducción 60% alquiler vivienda habitual
#1

Deducción 60% alquiler vivienda habitual

Buenas a todos,

Soy el proprietario de un piso y quiero ponerlo en alquiler. Ya he encontrado un inquilino y vamos a hacer un contrato de vivienda habitual regulado por la LAU. 
Tengo entendido que tengo derecho a una reducción del 60%(creo 50 con la nueva ley)  en las rentas generadas ya que es un contrato de vivienda habitual. 
Tengo una duda. El inquilino teletrabaja por una empresa extranjera y viaja. a veces un mes está fuera o más . Incluso no se si hace la declaración de la renta en la comunidad donde tengo el piso que va a alquilar. Esto es tema suyo de donde tenga la residencia fiscal y no me meto claramente.
Hacienda me puede reclamar algo por el tema del 50% ya que esta persona en realidad vive poco en el piso y tampoco se ha empadronado? Entiendo que un casero no puede controlar si su inquilino vive allí de manera seguida y verificar que efectivamente es su residencia habitual. Si pongo en el contrato que yo la pongo a disposición como vivienda habitual (duración de un año mínima renovable) y depósito la fianza, estoy haciendo lo correcto si aplico la deducción? 

Que pasa si a los 10 meses decide irse? Como puedo yo casero controlar esto ya que no depende de mi? 

Gracias! 
#2

Re: Deducción 60% alquiler vivienda habitual

Tú haces el contrato como vivienda habitual. Mínimo un año y renovable cómo bien conoces. No es necesario que se empadrone. 
En el caso de q se vaya antes del año... Pues por lo que he hablado con alguna gestoría, discrepan si aplica o no la reducción . Yo aplicaría reducción y en el caso de q me toque ser investigado pues lo explicaría y a tener suerte con la interpretación del funcionario 
#4

Re: Deducción 60% alquiler vivienda habitual

Gracias. He hablado con un gestor hoy. Según él si aplica la reducción ya que yo la alquilo como vivienda habitual. Luego si él decide irse no está bajo tu control y además el utilizo la vivienda como habitual esos 10 meses.  
#5

Re: Deducción 60% alquiler vivienda habitual

A mí me pasa algo semejante con el alquiler a estudiantes.
Alquilo un piso a 4 estudiantes durante 10 meses.
Durante esos 10 meses es su vivienda habitual. Y ya me ha pasado que en algún caso algún estudiante ha necesitado quedarse en verano. 
En teoría no podría aplicar la reducción, a no ser que les haga contrato de un año y que se cancele a los 10 meses. Pero hacienda va a interpretar que desde el principio se intuía q iba a ser 10 meses por ser estudiantes
Qué se podría hacer para aplicar la reducción sin problemas?
#6

Re: Deducción 60% alquiler vivienda habitual

Es que en este caso es un contracto con finalidad temporal para estudiantes entonces sería complicado demostrar esto. Del tema de alquiler a estudiantes han salido sentencias del supremo y todo sigue un poco obscuro. 

Mi caso es que tengo intención de alquilarlo a largo plazo y con ese fin. Si él se va antes por lo que he leído en otra pregunta en el foro y lo que me comento mi gestor ya no es tu asunto 
#7

Re: Deducción 60% alquiler vivienda habitual

Hola Gatogaditano,
Desde el desconocimiento. Si tu les pides a los estudiantes que te firmen el contrato por 1 año como vivienda habitual y sin penalizacion a partir del sexto mes, cuando venga Hacienda preguntando, sólo tienes que decir que no sabías la finalidad.
Así no creo que te puedan buscar las cosquillas.
Saludos,
#8

Re: Deducción 60% alquiler vivienda habitual

Gracias!! También podría decir q querían el contrato de 12 meses para poder quedarse en verano. Por aquí en Cádiz, los estudiantes que combinan estudios con trabajo lo pasan mal para encontrar en julio y agosto algún piso donde poder quedarse, pq todo se alquila a turistas a precios prohibitivos.

#9

Re: Deducción 60% alquiler vivienda habitual

Exacto, como dicen, "hecha la ley, hecha la trampa".
Saludos,
#10

Re: Deducción 60% alquiler vivienda habitual

Buenos días:
Mi consulta es que siendo yo la arrendadora, firmé el contrato con mi arrendatario poniéndo que se regía por el artículo 3 de la Lau y que la causa del alquiler era por motivos de estudios y trabajo.
La cuestión es que esa persona lleva 2 años y en realidad está viviendo allí como su vivienda permanente.
Hacienda me ha escrito y me ha quitado la deducción del 60% del año 22 por considerarlo como alquiler de temporada, mi consulta yo puedo hacer ahora un anexo diciendo que se rige por el artículo 2 y que  es vivienda permanente, pero con efectos retroactivos y tendría que ser con la fecha actual o con la fecha de 1 de enero del 23 para que al menos en el 2023 si me pueda deducir el 60%.
Gracias
#11

Re: Deducción 60% alquiler vivienda habitual

Esta pregunta esta mas alla de mis conocimientos pero seguro que alguien te lo aclara pronto.
#12

Re: Deducción 60% alquiler vivienda habitual

Con efectos retroactivos, veo complicado que Hacienda lo admita. Pero por probar nada se pierde.

El silencio es hermoso cuando no es impuesto.

#13

Re: Deducción 60% alquiler vivienda habitual

Depende ... si se hace el contrato a 10 meses, fijo que no el 60%, porque de entrada, salvo error por mi parte, si no es un mínimo un año. se supone temporada ....  https://petete.tributos.hacienda.gob.es/consultas/?num_consulta=V3162-21
Yo lo que ahgo son contratos a mas de 12 meses, la penalización solo alcanza hasta los 6 meses, qué por cierto, en la LAU y tambien salvo error por mi parte, solo se puede penalizar si se incumple 6 meses, entonces si se alquila a 13 meses y se van antes ... algunos se van ante4s y otros se quedan 3, 4 o más años .... aquí tenéis otra vinculante de la Agencia Tributaria y también referida a estudiantes .....  https://petete.tributos.hacienda.gob.es/consultas/?num_consulta=V4837-16

En este segundo caso, incluso y para evitar cambios cada año, el contribuyente no les cobra o no lo hacía en 2016, uno de los dos meses de verano, es decir el alquiler era a 12 o mas meses pero cada año se pagaban 11, de este modo parecer un "si te queda en verano para seguir en septiembre, ni para ti. ni para mi .... un mes lo pagas y el otro no".  aquí la AEAT lo tien claro, sería permanente como vivienda.