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¿Devolver la fianza al momento o esperar al recibo de la luz? - Alquiler de vivienda

26 respuestas
¿Devolver la fianza al momento o esperar al recibo de la luz? - Alquiler de vivienda
¿Devolver la fianza al momento o esperar al recibo de la luz? - Alquiler de vivienda
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#16

Re: ¿Devolver la fianza al momento o esperar al recibo de la luz? - Alquiler de vivienda

¿Te importa ampliar la respuesta? ¿Cómo se llama el boletín azul? ¿Cómo se utiliza en esos casos? Quién te lo pide, etc. Gracias 
#17

Re: ¿Devolver la fianza al momento o esperar al recibo de la luz? - Alquiler de vivienda

Buenas veo q según la región cambia el tema. Al parecer el boletín azul es solo en Cataluña y te lo pueden pedir al hacer cambios de potencia o si hace mas de 20 años que no ha pasado ninguna revisión, etc.  Por otro lado el CIE es obligatorio en toda España y dura 20 años.
Dejo el primer link que me aparece explicando el tema detalladamente.

A mi me pidieron el boletín azul al hacer el primer cambio de nombre, una vez ya lo hice no me lo han vuelto a pedir las siguientes veces.


https://tarifaluzhora.es/info/boletin-azul-brie


No es más rico quien más tiene, sino quien menos necesita. Y tú, ¿qué necesitas?

#18

Re: ¿Devolver la fianza al momento o esperar al recibo de la luz? - Alquiler de vivienda

Vamos a ver, unos diciendo que lo mejor es que esté el contrato a nombre del propietario, otros que mejor a nombre de los inquilinos, pero la duda tiene fácil solución. Todo depende de un solo factor:

Si el inquilino deja de pagar la luz, ¿la empresa le corta el suministro al propietario? Ahí está el quid de la cuestión.

Si no se la pueden cortar, entonces mejor poner el contrato a nombre del inquilino. Si no paga, es problema suyo y de la empresa de la luz.

Si le cortan la luz al propietario si el inquilino no paga, lo mejor es poner el contrato a nombre del propietario, porque si está a nombre del inquilino y no paga, le cortarán la luz al propietario, que evidentemente preferirá pagar la deuda del inquilino a quedarse sin luz en su piso.

Pues eso, ¿las empresas cortan la luz al propietario por impago? ¿y que pasa con el agua o el gas, lo mismo?


#19

Re: ¿Devolver la fianza al momento o esperar al recibo de la luz? - Alquiler de vivienda

En un piso puede haber agua comunitaria que de ninguna manera puede ir a nombre del inquilino.
Agua caliente central que no puede ir a nombre del inquilino.
Calefacción central por contadores que no puede ir a nombre del inquilino.
Lo anterior puede suponer unos recibos de bastante importe.
Gas que si puede ir a nombre del inquilino y es una cantidad pequeña.
Luz que si puede ir a nombre del inquilino y es una cantidad pequeña.
Cambiar los contratos de luz y gas cuando se va el inquilino es un problema mayor que ponerlo a nombre del propietario.
Otros problemas, quien paga la revisión del gas si el inquilino lleva 3 meses en el piso.
#20

Re: ¿Devolver la fianza al momento o esperar al recibo de la luz? - Alquiler de vivienda

Efectivamente, pueden cortar el suministro eléctrico si acumulas 2 impagos.

Salu2.
#21

Re: ¿Devolver la fianza al momento o esperar al recibo de la luz? - Alquiler de vivienda

¿Y no ves nada de irregular en que te hagan un Certificado de la Instalación Eléctrica por 60€ sin ir a comprobar la instalación?
Es la mayor irregularidad que veo.

Tanto una opción como la otra son posibles y legales.

La única ventaja real que veo en ponerlo a nombre del inquilino, es que en caso de corte del suministro, los tribunales no te acusarán de coacción para largarlo, al perder la vivienda la condición de "habitable" por su culpa y no por la tuya.

Salu2.

#22

Re: ¿Devolver la fianza al momento o esperar al recibo de la luz? - Alquiler de vivienda

1.- Más peligrosa e irregular es tu instalación que no tiene ni una revisión, ni certifado desde los siglos de los siglos... (por lo que dices)
2.- Tema foto boletín azul. He dicho que hay algunas empresas que hace eso. Si luego hay un problema es esa empresa la que ha dado el ok, el problema no es mio.
3.- Te piden fotos del cuadro y de la entrada general, pasando por el contador hasta esta. (al entiendo que qieren saber si a simple vista hay algo raro, que potencia soporta tu instalación y si esta está actualizada.
4.- Mis instalaciones eran nuevas, así que solo faltaba el boletín azul para poder hacer cambios de nombre.
5.- El año pasado se pidió una bajada de potencía y la electrica envió a un técnico. Este vio lo mismo que hubiera visto en una foto a diferencia tenia que enchufar una máquina en el contador.
6.- Si el inquilino te deja de pagar el piso y por consiguiente los suministros, tu problema se amplia, ya que tú, sí debes seguir pagando el agua, gas y luz...ya que como has dicho por ley no puedes cortarselos. Luego a ver si algún día lo recuperas.
7.- Si el inqulino pincha la luz y después la compañía se da cuenta, no va a ir a por el inquilino, van a ir a por el titular del contrato. Ahí el pufo puede subir bastante...
8.- Si el inquilino tiene los suministros a su nombre, es su problema y si acaban dando de baja la luz y por consiguiente me acaba dando un problema de tener que pagar el alta de nuevo, puedo reclamárselo si has hecho constar en el contrato que entregas el piso con suminitros dados de alta y deben estar al corriente de pago y de alta al irse. Y esa cantidad es fija y bastante más baja que un pufo de varios meses de impago.
9.- Sabiendo el problema hoy en día con pisos para plantaciones ilegales y demás, aún me parece más ilógica tu recomendación.

Yo explico como lo hago y como siempre me lo han recomendado las empresas del sector. No se de nadie serio que alquile un piso de larga estancía con los suministros a nombre del propietario.

PD: La frase que le has soltado a otro forero a quedado muy pedante, "Se nota que estás bastante alejado del sector." .. y yo ahora te contesto, tú estarás cerca del sector, pero te regalo tu experiencia si esos son los consejos que das.


No es más rico quien más tiene, sino quien menos necesita. Y tú, ¿qué necesitas?

#23

Re: ¿Devolver la fianza al momento o esperar al recibo de la luz? - Alquiler de vivienda

1.- En ningún momento he dicho que yo tuviera ni esta ni aquella instalación. Ninguna de mis viviendas tiene más de 20 años, si eso te saca de dudas. Pero no he entrado en casos particulares.

2.- Te equivocas. Una empresa certifica que tu instalación está OK. Mañana te quema la instalación y dice que cuando ellos la inspeccionaron estaba correcta, que tú la has manipulado. El OK pasa a ser KO.

3.- Mirando una foto no se pueden saber muchas cosas... Pero si tú crees que con eso vale... Perfecto. Debe de haber mucho electricista tonto... (o será que son ¿LEGALES?)

4.- No he entrado en casos particulares. Tus instalaciones no son de mi interés. Yo respondí en términos generales.

5.- Para bajadas de potencia precisamente, es para lo que no es necesario que venga un técnico. Precisamente si tienes hasta una potencia X con un certificado del instalador, para una bajada de potencia ya tienes certificada la instalación. Adicionalmente, si la vivienda tiene más de 20 años y no se ha dado de baja, las compañías permiten la bajada sin mayor inconveniente (no así para las subidas, en cuyo caso, podrían solicitar un certificado de seguridad o, según el caso, un certificado de instalador de baja tensión). Si en tu caso vino un técnico, yo desconozco el motivo; pero ya te digo que no es lo habitual. Con el contador electrónico y con la vivienda enganchada legalmente y con sus papeles en regla, es dar a una tecla y automáticamente se produce la bajada de potencia, sin necesidad de más comprobaciones.

6.- Efectivamente el problema se amplía. Pero puede ampliarse mucho más en el caso de que te corten los suministros por su impago. Cada cual que evalúe qué le conviene más. En caso de que esté a tu nombre, puedes bajar la potencia eléctrica al mínimo, haciéndole casi imposible que pueda vivir ahí, sin que te puedan acusar de coacciones para largarlo. La vivienda sigue siendo "habitable".

7.- No es del todo correcto. Por mucho que vaya a por ti, la compañía ha de demostrar quién ha hecho el enganche ilegal. Es fácilmente demostrable indicando que tú no residías ahí y que estás teniendo problemas con un delincuente. Es curioso, podría comentarte el caso de una panadería, con enganche trifásico en el que solo contaba una fase. La compañía eléctrica los demandó y en la sentencia el juez dijo que nada de nada, que había que demostrar quién había realizado ese enganche, cuando claramente era en beneficio del horno de la propia panadería. Los jueces facebookeros cantaron victoria diciendo que la panadería era inocente... en realidad no llegó a ser inocente, sino NO culpable, por no poder demostrarse que eran ellos los que habían hecho el enganche ilegal... aunque claramente parece que eran los beneficiados. Si no estoy equivocado, que me corrijan, pero creo que pueden solicitar el consumo medio de una instalación similar de X tiempo.

8.- Tampoco es del todo correcto. Dependerá de la situación. Como te he dicho, una vivienda vieja (que todas llegan), puede darse el caso que tenga que reformar la instalación completa para adecuarla al nuevo reglamento de turno. Actualmente está en vigor el REBT del año 2002... el anterior fue del año 1973 creo recordar... Tal vez todavía nos queden 10 años de margen y nos sirva solamente con el Certificado del Instalador Autorizado de Baja Tensión, pero puede darse el caso de que no sea así.

9.- Bueno, ese tipo de problemas tal vez los tengas tú. Desconozco en qué amplía eso los anteriores puntos. Puede ser una plantación o cualquier otra cosa.

P.D.1. Existen seguros que tienen coberturas idóneas para evitar que ocurran algunas de esas cosas.

P.D.2. Trabajo con una empresa del sector. Si te parece que 'a quedado' muy pedante, es tu interpretación, no como yo lo he dicho.

P.D.3. El Boletín Azul es lo que se conoce como Certificado de Seguridad que, con un nombre u otro, lo exigen en toda España según las circunstancias.

P.D.4. 20/08/2018. Las viviendas en venta en España cuentan con una antigüedad media de 45 años, según un estudio publicado por idealista sobre el envejecimiento de la vivienda en las capitales de provincia españolas, que cifra en 44 años la edad media de la vivienda de alquiler. 

Salu2.

#24

Re: ¿Devolver la fianza al momento o esperar al recibo de la luz? - Alquiler de vivienda

Te equivocas. Una empresa certifica que tu instalación está OK. Mañana te quema la instalación y dice que cuando ellos la inspeccionaron estaba correcta, que tú la has manipulado. El OK pasa a ser KO.
¿Quieres decir que es normal que te den el OK indebidamente?

El silencio es hermoso cuando no es impuesto.

#25

Re: ¿Devolver la fianza al momento o esperar al recibo de la luz? - Alquiler de vivienda

Estaría bien saber a que empresa del sector está usted vinculado y que recomiendan dejar el contrato a nombre del arrendador/propietario, aproveche que no se considerará spam, ya que se lo he preguntado yo....

Si usted cree que lleva la razón, le regalo el gallifante,

Al resto de personas que puedan llegar aquí con esa duda, las dos maneras son legales, pero con una hay más riesgos que con otra.... y yo y otros foreros que algunos vivimos de esto hemos dicho que lo menos arriesgado es poner el contrato a nombre del inquilino.

Acabo de hacer una búsqueda en google poniendo; "contrato alquiler a nombre de quien van los contratos de suministros" y de las primeras opciones que salen, NI UNA recomienda dejar los contratos de suminitros a nombre del propietario o arrendador, claro que no hay que fiarse de lo que uno lee en Internet o wikipedia, hay mucha fake news... pero si una web de seguros, otra de abogados, otras de suministros, otra del Colegio y Asociacion mas grande de profesionales del sector en Cataluña, etc etc etc recomiendan TODAS que los contratos se pongan a nombre del inquilino/arredatario, pues usted decidirá... claro que hay gente que lleva mucho en el sector y que escriben en foros, que saben más que nadie.. Que tengan ustedes un feliz verano!

https://alquilamejor.es/suministros-nombre-inquilino/

https://www.companias-de-luz.com/dar-de-alta-la-luz/alta-suministro-electrico/contrato/nombre-del-inquilino/

https://www.abogadosparatodos.net/gas-agua-y-luz-a-nombre-del-inquilino-o-del-arrendador/

https://www.endesa.com/es/te-ayudamos/gestiones-contratos/luz-gas-alquiler

https://tarifasgasluz.com/gestiones/mudanza-suministros

https://www.alquilerseguro.es/blog/suministros-cambio-de-titularidad-de-la-luz

https://www.rentuos.com/cambio-de-titular-de-suministros/

https://www.abc.es/economia/inmobiliario/asesor/abci-comprado-piso-para-alquilar-mejor-poner-suministros-nombre-o-inquilino-201704181138_noticia.html

https://www.madrid.pro/alquilar-un-inmueble/contratos-de-luz-gas-y-agua-a-nombre-del-propietario-o-del-inquilino/

https://sinagentes.es/articulos/alquilar-mi-propiedad/cambio-titular-suministros/

https://www.api.cat/noticias/en-los-suministros-de-una-vivienda-quien-tiene-que-ser-el-titular/

https://habitatge.barcelona/es/acceso-a-vivienda/consejos-alquiler

https://www.holahome.com/la-importancia-de-cambiar-la-titularidad-de-los-suministros/

https://www.mundojuridico.info/precauciones-al-firmar-un-contrato-de-alquiler/


No es más rico quien más tiene, sino quien menos necesita. Y tú, ¿qué necesitas?

#26

Re: ¿Devolver la fianza al momento o esperar al recibo de la luz? - Alquiler de vivienda

En caso de que el inquilino deje de pagar el alquiler y no se marche de mi vivienda, prefiero mil veces tener que pagar el alta y un cuadro nuevo de luces, cueste lo que cueste (probablemente sea el destrozo menos caro una vez que recuperes la vivienda), antes que estar pagando mes a mes las facturas del okupa.
#27

Re: ¿Devolver la fianza al momento o esperar al recibo de la luz? - Alquiler de vivienda

Respondía a alguien que comentaba que con fotos y 60€ lo tenías hecho.

Salu2.