Bueno, pues vamos a hacerlo con tus números.
El valor de transmisión es 88.000 - 8.000 = 80.000
El valor de adquisición es 56.000 (Se supone que ya están incluidos los gastos de la compra, que habría un montón, impuestos, notario, Registro)
La ganancia patrimonial: 80.000 - 56.000 = 24.000
La cantidad a invertir para tener la exención total: 80.000 - 32.700 = 47.300
Lo invertido: 33.500/47.300 = 70,824%. Ese porcentaje está exento.
Lo que no está exento y por tanto tributa y hay que declararlo en el IRPF: 100 - 70,824 = 29,176% s/47.300 = 13.800 €
P.D. ¡Ojo! 13.800 es lo que tributa, no lo que se paga de IRPF. Para ver lo que se paga, hay que aplicar el tipo de gravamen, supongo que no lo tendré que buscar otra vez.
PD2: A medida que cambies los datos, irán cambiando los cálculos obviamente.
El silencio es hermoso cuando no es impuesto.