Re: Cuenta vivienda para una vivienda que "no es mía"
No me gusta mucho meterme en las conversaciones ajenas cuando éstas alcanzan un cierto "tono", no obstante, hay algunos errores en algunos mensajes.
Lo primero, para poder aplicar la deducción por inversión en vivienda habitual es requisito indispensable adquirir la titularidad jurídica del pleno dominio de la vivienda habitual, aunque sea compartido (cotitularidad)... no vale pagar por un derecho de uso. Esta expresión: "Conforme con tal regulación, este Centro Directivo viene manteniendo el criterio de que los beneficios fiscales relacionados con la residencia habitual del contribuyente están ligados a la titularidad del pleno dominio del inmueble." se puede encontrar en cientos de consultas vinculantes, por ejemplo la V0591-08.
Lo segundo, por tanto, para que él pueda aplicar ese saldo sin ningún problema fiscal, existen dos posibilidades:
1.- Él adquiere el proindiviso de una parte de la vivienda. Él (comprador) paga el impuesto de transmisiones patrimoniales, y ella (vendedora) tiene una ganancia o una pérdida a integrar en su IRPF.
2.- Se casan en régimen de gananciales, y una vez hecho él aplica el saldo de su cuenta vivienda a la cancelación de parte del préstamo hipotecario.
En cualquiera de los casos desconozco las repercusiones no fiscales que puedan existir al tratarse de una VPO.
Bueno, es mi opinión, con la que espero no haber molestado a nadie.
Saludos.