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Inquilino que retiene el IRPF - alquiler

1 respuesta
Inquilino que retiene el IRPF - alquiler
Inquilino que retiene el IRPF - alquiler
#1

Inquilino que retiene el IRPF - alquiler

Hola, quisiera que me informaran sobre el arrendamiento de un local en una plaza céntrica de mi ciudad cuyo arrendatario me ha solicitado que le bajara el precio del alquiler.
Así lo voy a hacer, pero me dice que quiere pagar un total de 1000€, a estos les tengo de añadir el 21% del IVA, pero él me dice que a los 1000€ que el quiere pagar, me retiene el 21% de IRPF y que cobrándole el IVA se queda todo igual.
No entiendo que quiere decir que el me paga el IRPF, esto lo pago yo trimestralmente en mi declaración, por lo cual entiendo que se está aprovechando de mi ignorancia e ingenuidad para que no le cobre el IVA. Me debe más de seis meses, ahora le tengo que añadir el IBI, lo pagará fraccionado, y los meses pendientes del año pasado los irá pagando los días 15. Si antes no podía y se ha retrasado, no entiendo como lo va a hacer. Yo intento ayudarlo (la situación para todos es lamentable), pero no me gustaría que un inquilino de toda la vida (ya que el local lo alquilo mi padre ya hace muchísimos años) me quisiera engañar.
Yo creo que le tengo de cobrar el IVA, más los gastos normales de basuras y residuos que genera y que se pagan en el ayuntamiento y el IBI (aunque sea aplazado), pero del IRPF no me tengo de encargar yo misma?, no es mi problema si no lo declaro? y como se que el está pagando mi IRPF y por qué?, entiendo que el IRPF es impuesto renta personas físicas, en este caso YO y mi declaración de hacienda.

Espero su respuesta y qudo agradecida

#2

Re: Inquilino que retiene el IRPF - alquiler

Es obligatorio para el inquilino aplicar una retención, a cuenta del IRPF del propietario, sobre la renta que pague.
Esta retención es del 21 %.
Trimestralmente debe entregar esta retención en hacienda.

Pudiera ser que por necesidades de tesorería, el inquilino no abone la retención en hacienda. Para evitar que entonces hacienda considere que es el propietario el responsable, debe quedar muy claro y acreditado cual es la renta, y cuales son las cantidades pagadas por el inquilino.
Si se hace mediante transferencia bancaria, o girando recibo bancario, queda todo muy acreditado.

El propietario es responsable de abonar el IVA recaudado (teóricamente) a hacienda. Ese IVA se considera recaudado por el mero nacimiento de la obligación de pagar el recibo de alquiler, con indepenndencia de si se cobra o no ese recibo.
Si pasados x meses, no se ha logrado cobrar, y se insta una acción de reclamación, hay la posibilidad de rectificar el IVA devengado, y recuperar ese IVA pagado a hacienda, y no cobrado al inquilino.

la plus belle des ruses du Diable est de vous persuader qu'il n'existe pas!