Hay que ver que dice el contrato con esos 2,3 millones de pts que ya , negro sobre blanco, ponían que quedarían pendientes. Supongo que se calculaba una amortización final de golpe, pues las deudas hay que devolverlas, y si el plazo de la misma es de 10 años, y estos han pasado, hay que dejar saldada la deuda.
La verdad es que me suena a la confluencia de dos factores o peticiones:
a) Quiero un préstamo a no más de 10 años.
b) Quiero que las cuotas no pasen de x.
Y el banco va y te lo ofrece, pero claro, si la suma de 120 x no da el total del préstamo+intereses, la diferencia hay que cubrirla al final, y cuentas saldadas.
Que te ofrezcan la posibilidad de proseguir pagando cuotas, hasta su cancelación total, en lugar de exigirte la amortización de golpe, lo veo como algo positivo hacia ti.
Suena a no haberse leído en detalle todo lo que había que leer en su momento, y confiarse en conversaciones verbales. Bueno, por algo los préstamos se elevan a públicos ante notario, para releer el contrato, y acabarse de enterar de esas cosillas.
Casi que lo mejor, puestos a que el banco se ofrece a renegociar el calendario (los plazos hipotecarios se han alargado mucho estos años), sería establecer un periodo lo suficientemente amplio para que las cuotas pendientes te sean lo más llevaderas posibles. Pero que la deuda hay que saldarla, de todas todas. Es que si no fuese así (cosa harto difícil siendo un banco la contraparte), estaríamos en el supuesto de una donación, y por eso también hay que pagar impuestos.
Aunque no es frecuente, la modalidad de amortización final elevada también es un tipo de préstamo legal. Así como por cuotas crecientes, u otras fórmulas.
la plus belle des ruses du Diable est de vous persuader qu'il n'existe pas!