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Ingreso mínimo Fondos Bestinver

11 respuestas
Ingreso mínimo Fondos Bestinver
Ingreso mínimo Fondos Bestinver
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#1

Ingreso mínimo Fondos Bestinver

Buenas a todos, quisiera saber, ya que debo de ser muy torpe porque no lo encuentro en ningún lado, el aporte o ingreso mínimo que se ha de hacer para poder contratar cada uno de los fondos de Bestinver.

Además quisiera saber que diferencia fiscal y operativa existe entre sus fondos de inversión y sus fondo de pensiones.

Muchas gracias a todos y un saludo.

#2

Re: Ingreso mínimo Fondos Bestinver

En la web si pulsas en el FAQ en comisiones tienes las inversiones mínimas para cada producto de Bestinver.

#3

Re: Ingreso mínimo Fondos Bestinver

inversión-mínima-bestinver

Fuente: Bestinver

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#4

Re: Ingreso mínimo Fondos Bestinver

Muchas gracias y un saludo.

#5

Re: Ingreso mínimo Fondos Bestinver

Muchas gracias y un saludo.

Muchas gracias a ambos.

Del tema fiscal ¿sabes si existe alguna diferencia?, ¿o solo se tributa en ambos casos cuando se cobran las posibles plusvalias?

Un saludo.

#6

Re: Ingreso mínimo Fondos Bestinver

En un fondo trubutas sobre las plusvalías
En un plan de pensiones desgravación al ingresar el dinero pero al recuperarlo se tributa sobre la totalidad del cpital
Se puede trasferir el dinero de fondo a fondo y de plan a plan sin tributar
El fondo lo puedes sacar cuando quieras, el plan sólo cuando te jubiles (y unas pocos casos más)

#7

Re: Ingreso mínimo Fondos Bestinver

Muchas gracias.

¿Y en tu opinión que merece más la pena?

Yo creo que merece más la pena un fondo antes que un plan.

Un saludo.

#8

Re: Ingreso mínimo Fondos Bestinver

Sí, yo también creo que es preferible un fondo aun plan.
Yo no aporto nada a planes de pensiones, simplemente mantengo el que abrí hace años en el Stafander, aunque lo trasladé a Bestinver.
La única ventaja de los PP es que desgrava el ingresar dinero en ellos, pero luego al jubilarte y rescatarlo, tiene que tributar sobre la totalidad del capital que tengas sobre el PP y no sólo sobre las ganancias pues se queda en nada la desgravación. Por supuesto que de aquí a que me jubile habrán cambiado la ley, pero que cambien algo para favorecer al contribuyente se me haría raro. Habrá casos en los que compense: por ejemplo si tienes una inmensa nómina de 5.000-6.000 € mes al ser mucho mayor que la pensión máxima podrá compensarte, pero no es el caso.