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Rescatar plan de pensiones incapacidad absoluta

2 respuestas
Rescatar plan de pensiones incapacidad absoluta
Rescatar plan de pensiones incapacidad absoluta
#1

Rescatar plan de pensiones incapacidad absoluta

Buenas tardes. Me acaban de conceder una IPA y quería rescatar el plan de pensiones que la empresa tenía contratado para los empleados al saber que existe la posibilidad de rescate por IP. Necesito rescatar parte en renta mensual para ayuda de lo tratamientos privados que me están haciendo para conseguir mejorar mi calidad de vida.

Hoy me ha llegado un correo de la oficina donde está dado de alta el plan, y me hacen rellenar un documento donde me exponen que podré rescatarlo solo si no percibo ninguna prestación de la seguridad social y si no me ha mermado mi tema económico. Me suena raro y no he encontrado nada ni el boe ni en ningún sitio, que sea un requisito para rescatarlo él tener un certificado de que no recibo prestación ninguna del INSS. A alguien le ha ocurrido esto??
Muchas gracias 
#2

Re: Rescatar plan de pensiones incapacidad absoluta

Hola,

Lo primero de todo, viendo lo que comentas, cerciónate de que la cláusula que indicas no hace referencia al rescate excepcional para parados, puesto que este supuesto sí que necesita certificado del SEPE para poder acceder al cobro.

Te indico lo anterior porque:

(i) dicho organismo es una entidad gestora de la SS, al igual que el INSS (encargándose cada una se encarga de sus respectivas acciones protectoras) y es la única situación de la que se puede derivar un requisito similar al que expones, pudiendo no estar demasiado bien explicado en el documento que te han proporcionado la diferencia entre entidades, porque ambas "son de la SS".

y (ii) lo que te piden es totalmente ilógico porque de incapacidad para el rescate se define por cómo se defina dicha contingencia en la propia normativa de la Seguridad Social (art. 7.b) del Reglamento de los Planes de Pensiones), motivando la misma sí o sí una pensión pública -contributiva o no-, no existiendo Incapacidad sin la correspondiente prestación de la SS.

De todas formas, siendo muy estrictos con la terminología, en el anterior precepto es cierto que se establece que un plan de pensiones es aquel que puede -tiempo condicional- satisfacer prestaciones en caso de concesión de una incapacidad, entre otras, pero es cierto que al ser una posibilidad, no existe exigencia legal que exija cubrir todas, pudiendo, por tanto, tu plan -habrá que consultar las condiciones del mismo- no cubrir dicha contingencia. Pero vuelvo a indicarte que si no lo cubriese en caso de percibir pensión de la SS, no tendría sentido, porque no existe la "incapacidad" como un término separado, es decir, no existe la "incapacidad" sin pensión, como ya te he indicado antes.

Y por último, en caso de que denieguen el rescate, intenta hacerles entrar en razón si exigen incapacidad sin pensión con los argumentos que te he indicado antes y, si no la cubriesen, siempre está la posibilidad de negociar para que se avengan a concedértelo si resulta muy necesario. No desistas.

Espero que así te haya quedado algo más claro la situación,
Cualquier duda adicional, no dudes en plantearla por aquí.

Un saludo.
#3

Re: Rescatar plan de pensiones incapacidad absoluta

Muchas gracias por la aclaración Maqiz. Esto es lo que les voy a argumentar. Enviaré mi certificado de incapacidad expedido por el Inss y en la casilla de prestación, por supuesto que pondré que sí percibo, pues como bien dices, una incapacidad lleva consigo una pensión contributiva o no.

Les escribiré, e iré contando como se va desarrollando.

Gracias de nuevo