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Nueva clasificación de los fondos monetarios

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Nueva clasificación de los fondos monetarios
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Nueva clasificación de los fondos monetarios

El 21 de enero pasado cumplió el plazo que daba el Reglamento (UE) 2017/1131 para que los fondos de inversión del mercado monetario (FMM) se adaptaran al mismo.

Aquí dejo el enlace a dicho Reglamento:

https://www.boe.es/doue/2017/169/L00008-00045.pdf

Según entiendo (y que me corrijan los más entendidos en el tema), los FMM se clasifican en él según dos criterios:

Por una parte, FMM estándar / FMM a corto plazo.

FMM estándar

Objetivo: ofrecer rendimientos ligeramente superiores a los del mercado monetario.

Vencimiento medio de la cartera menor o igual a seis meses.

Vida media de la cartera menor o igual a doce meses.

FMM a corto plazo

Objetivo: ofrecer un rendimiento acorde con los tipos del mercado monetario, garantizando al mismo tiempo el mayor grado posible de protección a los inversores.

Vencimiento medio de la cartera menor o igual a 60 días.

Vida media de la cartera menor o igual a 120 días.

Por otra parte,

FMM de valor liquidativo variable

Mínímo 7,5% en activos con vencimiento diario y mínimo 15% en activos con vencimiento semanal.

FMM de valor liquidativo de baja volatilidad

Mínímo 10% en activos con vencimiento diario y mínimo 30% en activos con vencimiento semanal.

FMM de valor liquidativo constante de deuda pública

Mínímo 10% en activos con vencimiento diario y mínimo 30% en activos con vencimiento semanal.

Estos dos últimos son, por naturaleza, FMM a corto plazo, así que combinando los dos criterios quedan cuatro categorías de fondos monetarios (que ordeno, a mi entender, de menos a más conservadores):

FMM estándar (de valor liquidativo variable)

FMM a corto plazo de valor liquidativo variable

FMM de valor liquidativo de baja volatilidad

FMM de valor liquidativo constante de deuda pública

La reglamentación que establece el Reglamento es bastante profusa y abarca cuestiones tales como activos aptos, concentración/diversificación, evaluación de la calidad crediticia, gestión del riesgo, documentación, etc. Aquí me he limitado a reseñar las que me ha parecido que son sus principales diferencias en política (y restricciones) de inversión, por si pueden sernos útiles a la hora de entenderlos y elegir uno u otro.