Buenos días a
tod@s..
Algo de experiencia tengo en el sector asegurador, al que me dedico desde hace 15 años, y en concreto a los Productos de Inversión basados en Seguros (PRIIP/IBIP en inglés) entre los que se pueden encontrar los mejores PIAS, Unit Linked, algunos SIALP, Rentas Vitalicias, etc.
Estos productos se rigen por la normativa europea IDD y la normativa nacional sobre comercialización y distribución de seguros.
Al respecto, en RANKIA podéis encontrar gran cantidad de artículos y de profesionales que explican con detalle las características de estos interesantes productos, los PIAS. En mi opinión, la mejor opción de ahorro inversión para complementar la jubilación.
Pero no valen todos los PIAS. En este caso, la consulta se concreta en un PIAS en el que interviene la aseguradora y un mediador. Y ya os adelanto que el problema no es el PIAS y la aseguradora, sino el mediador.
El PIAS de AXA no está mal. Pero OVB utiliza una estrategia comercial poco recomendable, que ya ha quedado acreditada en la comercialización de otros PIAS, como los de Liberty, FWU, AXA, y otros, basada en explicar la eficacia de la inversión a largo plazo, las ventajas fiscales de los PIAS y las bondades de la aseguradora que gestiona la inversión, pero “olvidan” explicar los altísimos costes de contratación y gestión, haciendo la venta más fácil, a costa del rendimiento del producto.
Los PIAS que comercializa OVB, No tienen pérdidas en los primeros años. Simplemente tienen unos costes que se suelen aplicar durante los seis primeros años, y eso hace que los productos no empiecen a ser rentables hasta el año 12 o incluso 16.
Esta práctica incumple las exigencias de la normativa reguladora de la distribución y comercialización de seguros, y sobre todo incumple la normativa europea y Nacional (IDD), sobre comercialización de Productos de inversión basados en seguros, (PRIIP/IBIP), que exigen transparencia y claridad en las características de estos productos, sus riesgos, y sus costes de contratación y mantenimiento.
Esta mala praxis, perjudica al sector asegurador, y especialmente a los PIAS, de forma que hay mucha gente que piensa que todos los PIAS se comercializan de la misma forma, y nada más lejos de la realidad.
Respecto a la reclamación, el procedimiento ya se ha explicado, pero lo importante es el argumento.
Hay que solicitar un documento firmado por el cliente en el que previamente a la contratación, se haya informado con claridad de los costes de contratación del producto. Dudo que lo haya porque nunca lo he visto, y ese sería el argumento para reclamar los costes.
En mi caso, los productos que comercializamos, tienen los costes de contratación a la vista y en euros, no en porcentajes.
Así cualquier persona, puede saber lo que está contratando y si le interesa o no.
Respecto a la solución, yo no recomendaría el traspaso de un Pías Unit Linked, a un Pías garantizado donde las rentabilidades van a estar próximas al 1 %, sabiendo que la inflación el año pasado fue de un 6 % y en los últimos 30 años ha superado el 2,5 %.
Un PIAS solo tiene sentido como producto de inversión en renta variable. por qué la rentabilidad que obtenga quedará libre de impuestos al rescatarlo en forma de renta vitalicia, ofreciendo la solución al problema de las pensiones.
Un Pías garantizado de escasa rentabilidad, es una hucha inservible a largo plazo, en la que el capital invertido se habrá devaluado con el paso del tiempo.
Para más información respecto a la normativa que regula este tipo de productos, ved el siguiente enlace, o seguís consultando.
https://www.leydedistribuciondeseguros.es/newpage4