Fiscalidad de fondos en la práctica. Recopilación de info. 2018
Hola a todos.
Llevo unas semanas leyendo sobre el tema de la fiscalidad de fondos de inversión en foros de rankia, articulos, etc...y he decidido hacer una síntesis propia por si lo he entendido bién ya que he visto que puede condicionar las decisiones correctas de los movimientos de los fondos. También así tener una información más concentrada.
Primero comentar que mi perfil de inversor en fondos es muy activo. Cada semana traspaso fondos de gestoras internacionales de un fondo a otro depende de su evolucion. No me gusta tener mucho tiempo un fondo en negativo ya que creo, por mi experiencia, que puede continuar bajando y aumentar perdidas o tarda mucho tiempo en recuperar, creyendo más factible recuperar perdidas con una gestión más activa que no esperando y mirando haber si sube o baja.
SÍNTESIS FISCAL
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Puedes compensar las perdidas y ganancias de fondos que hayas tenido y sobre el resultado, si hay beneficios, pagas el 19% hasta 6000€, el 21% hasta 24000€ y a partir de aquí el 23%. Por lo que deduzco que más vale declarar todos los años hasta 6000€ que no de golpe y que te suba el impuesto al 21% o 23%. Deduzco también que los fondos en perdidas vale más la pena venderlos que traspasarlos ya que pagarás menos ya que te reducirá el tipo impositivo. Todos esto sirve para fondos, acciones, etf, depositos, etc... todo sirve para compensar, aunque yo estoy de momento solo en fondos.
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Regla de los dos meses. Para compensar las perdidas y ganancias no se puede recomprar el fondo con perdidas en un periodo inferior a dos meses. Este fondo con perdidas interesa pasarlo a otro fondo monetario de uso poco frecuente y ocasional para hacer estos movimientos y así poder volver a comprar el fondo (mismo ISIN) que ha generado las perdidas en un plazo inferior a dos meses o al dia siguente si se desea. Es el punto que menos tengo claro.
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Traspasos. Se puede traspasar entre fondos sin ninguna tributación. Este traspaso entiendo que interesa realizar cuando hay beneficios y retrasar el pago de impuestos, no le veo tanto sentido en un traspaso en perdidas ya que puede que interesar aflorarlas y en un traspaso desaparecen las pérdidas fiscalmente hablando.
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Cuando tienes un mismo fondo, mismo ISIN, con entradas en diferentes momentos y diferente valor liquidativo, se aplica, si hay una venta parcial del fondo, el metodo FIFO, en el cual y fiscalmente, las primeras que se venden son las primera participaciones compradas. El metodo FIFO no se aplicaria en ningun caso en el punto uno si son fondos diferentes. Para que te cuente como perdidas no puedes volver a comprar este fondo en dos meses.
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El metodo de enjuague fiscal o doble fondo monetario sirve para esquivar el metodo FIFO con lo que separas las participaciones en dos fondos y puedes vender las segundas o terceras entradas en el fondo. Para que te cuente las perdidas no puedes volver a comprar este fondo en dos meses.
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Cuando hay ganacias en una venta la gestora te descuenta el 19% de la ganancia por lo que este 19% lo pierdes y no puedes reinvertirlo. Por esto interesaría vender los fondos con ganancias hacia final del año fiscal para perder el 19% el menos tiempo posible y compensarlo en abril cuando haces la declaración de la renta. Aunque esto depende de como vayan los fondos en cartera para tomar una decisión correcta.
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Hay que llevar un control de las ventas para calcular la compensación de ganancias a final de año. El 19% que se retiene de la venta de un fondo en ganancias se debe de contar para calcular bién la compensación.
Espero haberme explicado bién. No sé si está todo correcto o si hay información no actualizada a dia de hoy. Si podeis comentar algún error y matiz os estaré muy agradecido. Grácias de antemano. Espero que sirva también de información para otros foreros.