En el Real Decreto-ley 28/2018, de 28 de diciembre, se incorporó a la Disposición Adicional Vigésima Novena de la Ley General de la Seguridad Social una nueva modalidad de convenio especial para personas que tuvieran entre 35 y 43 años cuando se desarrollase la norma reglamentaria, y acreditaran una laguna de cotización de al menos tres años entre el 2 de octubre de 2008 y el 1 de julio de 2018. Por tanto, este convenio permitiría recuperar hasta dos años de cotizaciones a efectos de pensión de jubilación, incapacidad permanente y muerte/supervivencia. En consecuencia, se aprobó en 2018 como posibilidad legal, pero no ha llegado a entrar en vigor de manera efectiva porque falta el reglamento que dé cobertura práctica a ese convenio. Por tanto, no está vigente como mecanismo operativo a fecha de hoy.