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Tasa de gestion de residuos solidos. Ayuntamiento de Madrid

20 respuestas
Tasa de gestion de residuos solidos. Ayuntamiento de Madrid
Tasa de gestion de residuos solidos. Ayuntamiento de Madrid
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#16

Re: Tasa de gestion de residuos solidos. Ayuntamiento de Madrid

Una vez más se dice una falsedad disfrazada de verdad:
Dice que el IBI en Madrid está entre los 3 más bajos de España. Lo cual es falso, lo que está entre los tres más bajos es el tipo de gravamen (supongo), no así la base. Y el IBI tiene dos factores: base y tipo de gravamen.

El silencio es hermoso cuando no es impuesto.

#17

Re: Tasa de gestion de residuos solidos. Ayuntamiento de Madrid

La gran mayoría de la gente no sabe lo de base y gravamen.
 Cuando dos personas hablan coloquialmente, aunque no tengan  conocimientos sobre tasas, impuestos, valor  catastral, bonificaciones,  ni conozcan la Ley 7/2022 , ni lo que son Ordenanzas Municipales ..... generalmente  lo hacen en estos términos: 

   " yo tengo un piso en  tal ciudad  y  mi amigo tiene un piso del mismo tamaño que el mío en esta otra ciudad 
  •  él  entre  Ibi y de basuras  paga en total  x  euros 
  •  y yo pago en total  y "  

En todo caso,  quizá entran a valorar a continuación,  la limpieza de las calles de ambas ciudades , el cuidado  de los jardines , lo mucho que le  cuestan al Ayuntamiento  los conciertos y las  diversas actividades  que hay en las fiestas anuales o navideñas. 
 Y, cada vez más,  si es que  los autobuses urbanos dependen  directa o indirectamente  del Ayuntamiento ..... la frecuencia y calidad de los mismos. 
#18

Re: Tasa de gestion de residuos solidos. Ayuntamiento de Madrid

En todo caso lo que es bueno, a mi modo de ver ,  es que el ciudadano de cualquier sitio comprenda que nada es gratis. Si tiene piscinas municipales, policía local , calles limpias y jardines cuidados, bancos donde sentarse los mayores  .... es de sentido común que el coste de todo  eso, de una manera o de otra,  debe salir del bolsillo de los ciudadanos. Otra cosa es cómo se hacen los cálculos para que no haya situaciones muy llamativas e injustas    y que el que tenga una situación económica muy mala ( por enfermedad , paro , familia muy grande ,  etc ) sea tratado de acuerdo a su economía . Ya sé que todo esto es muy complicado hacerlo bien.    Y también es preciso  que el dinero que con esfuerzo sale de los administrados,  se utilice solamente para que revierta en los mismos. No que acabe en sitios oscuros o que rocen el soborno o la malversación. 
#20

Re: Tasa de gestion de residuos solidos. Ayuntamiento de Madrid

Para Juan Lackland
Buenos días y disculpe mis dudas fruto de mi ignorancia.
 Mas Madrid ha elaborado un formulario  de reclamación basado en que  en el asunto de  recogida de basuras, el Ayuntamiento de Madrid  parte de una calificación jurídica errónea, porque no es una tasa sino una prestación patrimonial de carácter público no tributario y, en consecuencia, según Sentencia del T.Supremo la ordenanza fiscal es nula. 
Como la recogida de basuras se hace a través de empresas privadas y no de forma directa, Mas Madrid argumenta que no es una Tasa.
 Los tribunales en Ciudad Real  han aceptado una argumentación similar y han anulado la llamada Tasa de dicho Ayuntamiento
No sé qué opinión le merece a usted la argumentación de esta reclamación ,  que no solo esgrime este  argumento de que no es tasa en Madrid ,  sino otros muchos para solicitar la devolución de lo ingresado por la llamada Tasa de GR. del Ayto de Madrid  

  ¿ A la vista de lo argumentado por ese partido,  hay posibilidades de que el Ayuntamiento de Madrid devuelva lo ingresado o es una batalla perdida ya de antemano? 

Se puede presentar la reclamación ante cualquiera de estos dos organismos :
 1.- Tribunal Económico - Administrativo del Ayuntamiento de Madrid.  
 2.-  Agencia Tributaria del Ayuntamiento de Madrid 

¿Habrá en uno de los dos organismos  más imparcialidad  o más rapidez en la resolución , que en el otro?

Supongo que como la  reclamación se hace ante el propio Ayuntamiento la imparcialidad de la resolución,  no será total porque el Ayuntamiento es "Juez y parte ".....

Juan Lackland :   de antemano le agradezco su tiempo en leer esto. 
#21

Re: Tasa de gestion de residuos solidos. Ayuntamiento de Madrid

Empiezo por el final.
La Agencia Tributaria de Madrid, es el menos independiente de los dos porque es el mismo que cobra la tasa. La ventaja es que el plazo para resolver es inferior: tres meses.
El Tribunal Económico Administrativo es más independiente, pero su plazo es 6 meses en procedimiento abreviado.

Creo que el argumento es muy defendible. Además, si en Ciudad Real la justicia ya se ha pronunciado, aumentan mucho las posibilidades de ganarlo. Aunque no será fácil porque el Ayuntamiento de Madrid tiene mucha fuerza.

Lo que yo haría sin ninguna duda es presentar ese formulario. Dónde, depende de que Vd. quiera una respuesta rápida o prefiera hacerlo durar por si aparece alguna sentencia favorable, como sucedió en su día con el IBI.
Si quiere abreviar, lo presentaría en el Tribunal Económico Administrativo. Si prefiere hacerlo durar, lo presentaría ante la Agencia y cuando se lo denieguen o pasen los tres meses acudiría al Tribunal Económico Administrativo.

El silencio es hermoso cuando no es impuesto.

#22

Re: Tasa de gestion de residuos solidos. Ayuntamiento de Madrid

Juan Lackland 
Muchas gracias por su respuesta.
  En efecto el Ayuntamiento de Madrid es un organismo de mucho peso y me imagino que hará todo lo posible , que no será poco,  por defender que lo hecho, en este asunto , cuenta con todas los requisitos legales. 
#23

Re: Tasa de gestion de residuos solidos. Ayuntamiento de Madrid

Aunque el Ayuntamiento tenga mucha fuerza, "torres más altas han caído". 

Hay que pensar que es difícil ganarlo pero no imposible. Hace unos años caía como un castillo de naipes la legislación referente al llamado Impuesto de Plusvalía Municipal (Impuesto sobre el incremento de valor de terrenos de naturaleza urbana), por no hablar de otros casos.

El silencio es hermoso cuando no es impuesto.

#24

Re: Tasa de gestion de residuos solidos. Ayuntamiento de Madrid

Como la norma  venida de Bruselas  (Directiva 2008/98/CE)  y, en consecuencia  de la Ley 7/2022,   de que cada uno pague exactamente por lo que genera de basura , es casi imposible de hacerla a la perfección, para cada ciudadano , me imagino que cualquier método empleado por cualquier ayuntamiento de España ,  tendrá sus puntos débiles legales. Y los Juzgados ante las pretensiones de anulación de la llamada Tasa o de la  prestación patrimonial de carácter público no tributario,  o como legalmente se llame o califique , tendrán un colapso enorme y  quizá discrepancias entre Juzgados de diversas provincias.

 A mi no me repugna demasiado  la idea, ya sé que muy elemental y primitiva,  de que en el Ibi  el ciudadano pague por todo lo que recibe del Municipio.

 Los conceptos jurídicos de Tasa,  de Impuesto, de Prestación Patrimonial de carácter público no tributario  ya sé que son conceptos jurídicos diferentes.

.Un vecino de una ciudad cualquiera, desde su total desconocimiento
  •  de la legislación Europea con el ánimo de transformar la Unión Europea en una «sociedad del reciclado» y contribuir a la lucha contra el cambio climático.
  •   del Derecho Administrativo.
  •  del Derecho Financiero y Tributario.
  •  y de las normas por las que se rige la Administración Local. 

Piensa así :    " yo  doy tanto dinero  al año al Ayuntamiento y yo recibo a cambio estos servicios:  cuidado de jardines, policía municipal, bibliotecas municipales, iluminación navideña,  etc. etc. etc.   y  estoy contento o no lo estoy "  

 Unos irán mucho a bibliotecas municipales o a jardines y  otros no irán nada.  Unos llamarán a la Policía Municipal muchas veces al año  y otros nada.
 Pero,  como en una comunidad de vecinos: uno usa muchísimo el ascensor y otro nada.  Se compensa.

Sé que debemos , antes de opinar sobre algo , informarnos de las Normas en vigor  y también  sé que somos muchos los ignorantes que hablamos desde nuestro profundo  desconocimiento. 

 
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