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Titulares herederos inmuebles urbanos

8 respuestas
Titulares herederos inmuebles urbanos
Titulares herederos inmuebles urbanos
#1

Titulares herederos inmuebles urbanos

Hola buenas tardes, he recibido datos fiscales de  hacienda, somos cinco herederos titulares de inmueble urbano a continuación pongo valor catastral quisiera saber en qué casilla coloco el inmueble y si tengo que poner el 20% del valor catastral o toda la cantidad
#2

Re: Titulares herederos inmuebles urbanos

Lo más recomendable es que esperes al 2 de abril en que se podrá acceder al borrador de declaración del ejercicio 2024, a través de Renta WEB. Allí podrás ver las casillas  y datos a cumplimentar. Tendrás que mirar primero si el inmueble heredado aparece de alta en tu borrador y revisar los datos consignados. Si no, tendrás que darlo de alta.
Si desde la fecha de adquisición de la herencia (la de la muerte del causante), el inmueble no ha estado alquilado, tendrás que marcar la opción "a disposición de sus titulares" y consignar los datos requeridos para el cálculo de la renta inmobiliaria imputada.
Valor catastral: tendrás que poner el 20% de valor catastral, si tienes ese porcentaje de la plena propiedad.
Nº de días: si el causante falleció en 2024, los transcurridos desde la fecha de fallecimiento hasta 31-12-2024. 
Todos los años en el borrador existe un enlace para ver si el valor catastral está o no revisado.

#3

Re: Titulares herederos inmuebles urbanos

Muchas gracias
#4

Re: Titulares herederos inmuebles urbanos

Creo  y si no ha cambiado, tienes que poner el valor catastral que ellos ponen y como pones que la propiedad tuya es el 20%, el programa te calcula tú parte.

#5

Re: Titulares herederos inmuebles urbanos

Tengo las mismas dudas.
Los titulares fallecidos siguen siendo los propietarios pues aún no se ha realizado la participación y adjudicación de la herencia. ¿ Hay que declarar IRPF ?
Y además no entiendo que aparezca en mi informació fiscal dos veces.
Tiu0001 valor catastral 100.000 Valor construcción 45.000
Tiu0002 valor catastral 100.000 valor construcción. 45.000

¿ Alguien puede aclararme estas dudas ?


#6

Re: Titulares herederos inmuebles urbanos

Hay que declarar en la renta, los rendimientos de los inmuebles heredados en usufructo o pleno dominio (no si solo es la nuda), desde el fallecimiento del anterior propietario.
Independientemente de que se haya hecho la adjudicación en escritura o no.
Si te sale dos veces puede ser porque tienes dos partes, una parte puede ser en usufructo y otra en pleno dominio
#7

Re: Titulares herederos inmuebles urbanos

Gracias. Muy amable.
#8

Re: Titulares herederos inmuebles urbanos

En mi caso heredé el 50% del piso donde vivían mis padres pero sigue siendo la vivienda habitual del otro progenitor, que sigue con vida.
Como se tiene que declarar ese caso?
La vivienda no está a mi disposición, no la puedo alquilar pero tampoco le voy a cobrar un alquiler...
Gracias!
#9

Re: Titulares herederos inmuebles urbanos

Tienes la nuda propiedad lo la propiedad? El progenitor que vive, tiene el usufructo por el otro 50%? 
Si tienes la propiedad del 50% tendrás que imputarte rentas por el 50%.