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Retirada de la cuenta a la fallecida - Herencia

6 respuestas
Retirada de la cuenta a la fallecida - Herencia
Retirada de la cuenta a la fallecida - Herencia
#1

Retirada de la cuenta a la fallecida - Herencia

Buenas!! La abuela de mi marido falleció en el año 2022 y le dejo la herencia a otro nieto (dinero en 2 cuentas) pero como el heredero (menor de edad) estaba en otro pais no vinieron en ese momento a resolver la herencia porque el marido (abuelo político) se quedo de usufructuario, el abuelo (político) en ese  momento fue a los bancos a quitar a la mujer fallecida (sin saber las consecuencias), previa autorización de la madre del heredero hacia los bancos para quitarla, y ahora dos años después fallece el abuelo (político) y deja toda la herencia a mi marido que es el otro nieto, pero ahora es cuando a venido el  otro nieto a buscar la herencia de la abuela fallecida en el año 2022, y en los bancos están diciendo que el otro nieto no tiene nada porque todo el dinero estaba actualmente en la cuenta a nombre del abuelo y como le ha dejado su herencia a mi marido pues dicen que es todo de el, si me han entendido que yo se que esto que ha pasado es tan enrevesado que se hace dificil de explicar y de entender, queria saber si tiene el otro heredero algun derecho sobre el dinero aun quitada la abuela de la cuenta.
#2

Re: Retirada de la cuenta a la fallecida - Herencia

Quizás podría tener algún derecho (aunque no es fácil). Para ello conviene examinar el extracto de las cuentas desde un año antes del fallecimiento.

El silencio es hermoso cuando no es impuesto.

#3

Re: Retirada de la cuenta a la fallecida - Herencia

¿Lo podría reclamar a través de consolidación de condominio? 
Muchas gracias. Un saludo.
#4

Re: Retirada de la cuenta a la fallecida - Herencia

No sé a lo que te refieres con esa consolidación.
Lo más recomendable es que el "otro nieto" examine el extracto de las cuentas, si el banco se lo consiente y actúe en consecuencia.
Por otro lado, el usufructuario tiene obligación de devolver el bien recibido en usufructo y por tanto, hay una deuda a favor del "otro nieto" que podrá reclamar al heredero del "abuelo político".

El silencio es hermoso cuando no es impuesto.

#5

Re: Retirada de la cuenta a la fallecida - Herencia

Me refiero a que aunque el heredero de la abuela no esté ya en esa cuenta si puede igual reclamar el dinero 2 años después a través de lo de consolidación de condominio.
#6

Re: Retirada de la cuenta a la fallecida - Herencia

Ah, ya te entiendo. No es consolidación de condominio, sino consolidación de pleno dominio. Es decir, al fallecimiento del "abuelo político" caduca su usufructo y el otro nieto consolida su pleno dominio sobre el dinero que estuvo en usufructo.
Como dije en mi anterior mensaje, hay una deuda que dicho nieto puede reclamar al heredero del "abuelo político" por importe del saldo que había cuando heredó la nuda propiedad.

El silencio es hermoso cuando no es impuesto.

#7

Re: Retirada de la cuenta a la fallecida - Herencia

Muchas gracias.