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Retribuciones y retribuciones negativas por incapacidad laboral de ejercicio anterior. ¿Complementaria o rectificación?

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Retribuciones y retribuciones negativas por incapacidad laboral de ejercicio anterior. ¿Complementaria o rectificación?
Retribuciones y retribuciones negativas por incapacidad laboral de ejercicio anterior. ¿Complementaria o rectificación?
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Retribuciones y retribuciones negativas por incapacidad laboral de ejercicio anterior. ¿Complementaria o rectificación?

Hola a todos. A ver si podéis ayudarme con esto.

En mis datos fiscales del 2023, en el apartado 'INFORMACIÓN SOBRE RENDIMIENTOS DEL TRABAJO, DE DETERMINADAS ACTIVIDADES ECONÓMICAS, PREMIOS Y DETERMINADAS GANANCIAS PATRIMONIALES E IMPUTACIONES DE RENTA, CON EJERCICIO DE DEVENGO ANTERIOR AL 2023' aparecen los siguientes bloques de datos con respecto al ejercicio 2022:

 1. En una fila lo siguiente:  Retribuciones dinerarias:900,72; Retenciones: 135,11; Gastos deducibles:0,05. 
 2. En otra fila lo siguiente:  Retribuciones dinerarias por incapacidad laboral un importe negativo: -765,61. 

Esos datos en el certificado de retenciones e ingresos de la empresa (en este caso la Administración) figuran de la siguiente manera; 

 1. Los de la primera fila como Rendimientos satisfechos en el ejercicio correspondiente a ejercicios anteriores (atrasos, lo que daría lugar a una declaración complementaria) 

 2. Los de la segunda fila como Cantidades reintegradas por el perceptor en el ejercicio por haber sido indebida o excesivamente percibidas en ejercicios anteriores (reintegros, lo cual daría lugar a una posible rectificación de autoliquidación). 

Con todo esto supongo que hacer una modificación de la Declaración del ejercicio 2022.

Mi duda es si con esos datos debo realizar una declaración complementaria (por los atrasos) y después una rectificación de autoliquidación (por el reintegro), no sé si es posible encadenar ambas, o si las Retribuciones dinerarias y las Retribuciones dinerarias por incapacidad laboral deben incluirse en la misma casilla (la 3 supongo y restando la segunda a la primera al ser negativa) y realizar sólo una de ellas. En este último caso, ¿Cómo se si debo hacer una declaración complementaria o una rectificación de autoliquidación?.

Muchas gracias.