#16
Re: En 2023 me compre una cochera, como debo ponerlo en la declaracion?
Buenas tardes:
Lo suyo es obsesión patológica reluctante de la verdad.
En la ley del IRPF solamente se encuentra el término garaje en tres ocasiones relacionado con deducciones por obras de mejora y mejora de la eficiencia energética de viviendas.
No es cuestión de entrar cuando se pueden aplicar o no, sino que lo relevante es que no fija el número de plazas de garaje.
En el Reglamento del IRPF ni siquiera se encuentra la palabra garaje.
Por lo que, el número de dos plazas de garaje necesariamente se ha sacado de la ley del IVA por la AEAT.
Lo suyo es obsesión patológica reluctante de la verdad.
En la ley del IRPF solamente se encuentra el término garaje en tres ocasiones relacionado con deducciones por obras de mejora y mejora de la eficiencia energética de viviendas.
No es cuestión de entrar cuando se pueden aplicar o no, sino que lo relevante es que no fija el número de plazas de garaje.
En el Reglamento del IRPF ni siquiera se encuentra la palabra garaje.
Por lo que, el número de dos plazas de garaje necesariamente se ha sacado de la ley del IVA por la AEAT.
El análisis que he efectuado en la respuesta enumerada 14, que es a la que por su parte se responde, no se ha desvirtuado.
Después del análisis en mi respuesta (14), es palmario que la AEAT ha cometido un error al fijar las condiciones en el apartado 3 del enlace que se ha efectuado:
- << 3. Conceptos que se consideran vivienda habitual, a efectos de la deducción
- Las plazas de garaje adquiridas conjuntamente con ésta, con el máximo de dos. A efectos de la deducción, se entienden adquiridas con la vivienda las plazas de garaje que cumplan los siguientes requisitos:
- a) Que se encuentren en el mismo edificio o complejo inmobiliario y se entreguen en el mismo momento.
- b) Que su transmisión se efectúe en el mismo acto, aunque lo sea en distinto documento.>>
- Las plazas de garaje adquiridas conjuntamente con ésta, con el máximo de dos. A efectos de la deducción, se entienden adquiridas con la vivienda las plazas de garaje que cumplan los siguientes requisitos:
Es correcto lo de la AEAT fijando el máximo de dos plazas de garaje, ya que así está recogido en la ley del IVA, reiterando que es en esa ley donde se fija esa condición.
No es correcto lo de la AEAT en las condiciones a) y b), que se han traído.
Es correcto lo de la condición c):
- <<c) Que sean utilizadas o estén en disposición de utilizarse por el adquirente, es decir, que su uso no esté cedido a terceros.>>
Ni siquiera se fija que las plazas de garaje sean utilizadas por el adquirente, sino que no estén cedidas a terceros.
Así pues, la única condición para la plaza de garaje objeto de este hilo es que: no esté cedida a un tercero. Es decir, que no se puede alquilar. En el caso de que se alquilase no es que no forme parte de su vivienda habitual, sino que está obteniendo una renta adicional por alquiler o cesión. Lo cual constituiría un ingreso gravable y dejaría de ser considerada parte de la vivienda habitual.
Cuando no se alquile pasaría a ser vivienda habitual y cuando se alquile dejaría de considerarse vivienda habitual y generaría renta. Es obvio que dicha plaza de garaje debe estar cerca del domicilio, para que pueda ser utilizada al servicio de la vivienda habitual y considerarse que forma parte de ella.
Saludos.