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Compensacion perdidas por venta de acciones. RENTA

7 respuestas
Compensacion perdidas por venta de acciones. RENTA
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Compensacion perdidas por venta de acciones. RENTA
#1

Compensacion perdidas por venta de acciones. RENTA

Buenos dias:

Necesitaba que me confirmaran en que casilla de la RENTA 2023 (2022) puedo ver las perdidas pendientes de compensar para incluirlas en la RENTA 2024 (2023). Indicarme tambien en que casilla de la RENTA de este año debo de introducirlas.

Un saludo y gracias.
#2

Re: Compensacion perdidas por venta de acciones. RENTA

Hola,

- En la declaración referente al ejercicio fiscal 2022 -campaña anterior-, las pérdidas patrimoniales derivadas de transmisiones pendientes de compensación en ejercicios futuros se recogen en las casillas 1263, 1266, 1269, 1270.

- Y las mismas, para que procedan a compensar los conceptos de rentas establecidos -si procede- en la actual campaña (ejercicio 2023) deben haberse incluido en las casillas 0439, 0440, 0441, 0442, respectivamente.

Un saludo,
#3

Re: Compensacion perdidas por venta de acciones. RENTA

No sé si me ha quedado claro. Mejor pongo el caso y me indicas si estoy en lo correcto o no.
La imagen corresponde a la Renta 2023 y entiendo que la cantidad pendiente de compensar es 25,17 €.

Por otro lado entiendo que tengo que introducir esa cantidad en la casilla 0442 en la Renta 2024.

No me cuadran las casillas que me indicas.

Un saludo.

Renta 2023
Renta 2023
#4

Re: Compensacion perdidas por venta de acciones. RENTA

Hola

Las casillas que le indico probablemente no le aparecerán en la renta porque la pérdida patrimonial que obtuvo en el ejercicio 2022 ya ha sido compensada en el mismo y, por tanto, no queda nada pendiente de aplicar en ejercicios posteriores.

Según los datos que aporta, la minusvalía tenía un importe de 25,17€, siendo los rendimientos del capital mobiliario de 1.127,70€. Así las cosas, esta última cantidad se puede minorar con las pérdidas patrimoniales del propio ejercicio hasta un límite del 25% (281,93€). En este caso, los referidos 25,17€ son menores por tanto, se pueden aplica íntegramente, no quedando importe ninguno que posponer para años siguientes. A estos efectos, su base imponible del ahorro sobre la que se calcula el Impuesto (casilla [0460]) es igual al resultado de minorar 1.127,70€ con los 25,17€ (1.102,53€).

Un saludo,
#5

Re: Compensacion perdidas por venta de acciones. RENTA

Me va a disculpar pero necesito una explicación más sencilla.
Entiendo que los 25,17 € no dan a lugar en la Renta de 2024.
Para que así fuera dicha cantidad debería de ser mayor a 1127,70 € (quedan descontados de esa cantidad).

Perdón.
#6

Re: Compensacion perdidas por venta de acciones. RENTA

La pérdida patrimonial que obtuvo en el ejercicio fiscal 2022 (Renta 2023) se puede utilizar para compensar rendimientos mobiliarios de ese año, con el límite de 281,93€ (25% sobre 1.127,70 €). Por tanto, sólo habría arrastrado cantidad alguna a este año, si la pérdida (25,17€) hubiera sido mayor que la cantidad mencionada antes (281,93€).

Como fue menor (25,17€ es claramente inferior a 281,93€), ya se compensó integralmente en la declaración pasada y no procede incluir pérdida alguna en la actual campaña (Renta 2024).
#7

Re: Compensacion perdidas por venta de acciones. RENTA

Entendido, muchas gracias por la ayuda.
#8

Re: Compensacion perdidas por venta de acciones. RENTA

Tengo una duda en relación con las pérdidas patrimoniales por la venta de acciones. Dado que en los datos que se trasladan de la cartera de valores figuran los rendimientos obtenidos por la venta de acciones, si en algún caso el precio de venta fue inferior al de compra, ¿no sería preciso anotarlo expresamente en pérdidas patrimoniales ya que ese resultado negativo se volcaría desde la cartera de valores? Entiendo que para compensar pérdidas patrimoniales entre diferentes conceptos (por ejemplo pérdida en venta de acciones y beneficio en venta de un inmueble) hay que indicarlo expresamente con el límite del 25% y si se supera ese límite puede hacerse en los cuatro ejercicios siguientes. Pero si la pérdida y el beneficio se producen en el mismo concepto de transm sión de acciones, ¿no hay que hacer nada para compensar la pérdida al volcarse los datos de la cartera de valores? Gracias.