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720 en matrimonios gananciales

6 respuestas
720 en matrimonios gananciales
720 en matrimonios gananciales
#1

720 en matrimonios gananciales

Buenos días. No he visto una respuesta clara a la siguiente duda: Los depósitos que abrí el pasado ejercicio a través de Raisin están solo a mi nombre, pues no dejaba incluir un segundo titular. Mi régimen matrimonial es de gananciales, así es que tengo preparado mi modelo 720 con los registros de esos depósitos por el importe total, pero consignando participación 50% (a pesar de estar solo a mi nombre). Y también tengo preparado otro modelo 720 idéntico a nombre de mi mujer, a pesar de no figurar en los depósitos, especificando la opción 8 en titularidad y descripción "conyuge gananciales".
¿Es correcto? Muchas gracias.
#2

Re: 720 en matrimonios gananciales

Correcto.
Cuando la titularidad formal de un bien o derecho ganancial corresponde a uno de los cónyuges, ambos cónyuges (si están dentro del ámbito subjetivo de la obligación) tienen obligación de presentar la declaración.
El cónyuge que no es titular formal deberá declarar como titular real de acuerdo con el artículo 4.2 de la Ley 10/2010 de 28 de abril de 2010, de prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo.
#3

Re: 720 en matrimonios gananciales

Yo llevo desde enero buscando información al respecto y todavía no tengo claro el porcentaje de participación en caso de gananciales y sólo un titular.

Si alguien en esta misma situación lo hubiese presentado años anteriores agradecería nos dijera cómo lo ha resuelto si 100% titular formal ó 50% . El titular real está claro q es 50%

#4

Re: 720 en matrimonios gananciales

Como te comenté la titularidad formal es del 100%, así consta en el propio banco. La titularidad real para tu mujer es del 50% por la situación de gananciales si no es un bien privativo.  La titularidad formal sería del 50% solo si existiese otro titular. 
En cualquier caso ten en cuenta que es una declaración informativa. No hay trascendencia impositiva. 100% formal y 50% real es incontestable desde un punto de vista de la verdad. 
#5

Re: 720 en matrimonios gananciales

Creo que te es de aplicación esta respuesta.
#6

Re: 720 en matrimonios gananciales

Buenos días, según Hacienda:
En el modelo 720   "condición del declarante" la opción 1 TITULAR  no especifica que tipo de titular es.....nosotros entendemos formal pero tb lleva implícito real con lo q el porcentaje de participación es 50% ( para el caso de gananciales) y la opción 8 es para quien no aparece pero tb le corresponde el bien....de hay lo del blanqueo de capitales.....lo q nosotros entendemos por titular real y el porcentaje de participación es 50% ( para el caso de gananciales).
#7

Re: 720 en matrimonios gananciales

Titular no tiene que especificar nada, ya está claro quién es y no necesita apellidos, es el titular, el que posee el título. Añadimos el término formal en la discusión para dejar claro que es el que firmó y que no tiene porque ser el titular real, al que le pertenece el 100% del bien. El titular real es el propietario aunque no sea el titular (formal).