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Dudas compensación perdidas patrimoniales

4 respuestas
Dudas compensación perdidas patrimoniales
Dudas compensación perdidas patrimoniales
#1

Dudas compensación perdidas patrimoniales

hola, tengo una duda el otro día leyendo un articulo vi que se podía compensar perdidas en la venta de una casa los 4 años siguientes.

La duda es con que tipo de activos se puede compensar ?  hay que marcar alguna casilla o lo hace el programa solo cuando llegue el momento de hacer la declaración de la renta 2023.

En mi caso es una minusvalía de unos 13000 Euros


un saludo.

#2

Re: Dudas compensación perdidas patrimoniales

Cuando se obtiene una pérdida patrimonial por la venta de una vivienda, ésta podrá compensarse en primer lugar con las ganancias patrimoniales obtenidas en el ejercicio (fondos, acciones, otros inmuebles). Si el resultado de dicha compensación fuera todavía negativo, se compensará con el saldo positivo de los rendimientos del capital mobiliario incluidos en la base imponible del ahorro del propio ejercicio, con el límite del 20% de dicho saldo. Si tras esta compensación quedase saldo negativo, se compensará en los cuatro años siguientes.
Tendrás que indicar quien transmite la vivienda e identificarla a través de su referencia catastral, y en las casillas 1824 y 1825 deberás poner la fecha exacta de compra y venta de la vivienda. Indicar el precio de venta y de compra en la casilla 1826. Al pulsarla en el programa Renta Web se abrirá un desplegable en el que poner tanto el precio de adquisición como el de la transmisión. La compensación de las pérdidas por la casa se hace de forma automática. En las casillas que van de la 0418 a la 0424 podrás ver el resumen. Una vez introduzcas los datos de la compra y las fechas, podrás ver el resultado entre las casillas 0385 y 0387.


#3

Re: Dudas compensación perdidas patrimoniales

gracias por la aclaración de que para compensar el 100% tiene que ser con fondos, acciones o otra vivienda y si queda saldo negativo con ese 25% de la otra base, he mirado la renta del otro año  y veo un 25%. 

Este año buscare la casilla para hacer la compensación del segundo ejercicio, puesto que no sabia que podia durante 4 años mas, mil gracias por la aclaracion. 
#4

Re: Dudas compensación perdidas patrimoniales

Limite 25%. 
#5

Re: Dudas compensación perdidas patrimoniales

Tengo una duda en relación con las pérdidas patrimoniales por la venta de acciones. Dado que en los datos que se trasladan de la cartera de valores figuran los rendimientos obtenidos por la venta de acciones, si en algún caso el precio de venta fue inferior al de compra, ¿no sería preciso anotarlo expresamente en pérdidas patrimoniales ya que ese resultado negativo se volcaría desde la cartera de valores? Entiendo que para compensar pérdidas patrimoniales entre diferentes conceptos (por ejemplo pérdida en venta de acciones y beneficio en venta de un inmueble) hay que indicarlo expresamente con el límite del 25% y si se supera ese límite puede hacerse en los cuatro ejercicios siguientes. Pero si la pérdida y el beneficio se producen en el mismo concepto de transmisión de acciones, ¿no hay que hacer nada para compensar la pérdida al volcarse los datos de la cartera de valores? Gracias.