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Duda IRPF indemnización por rescisión de contrato de la compra de un piso
Buenos días,
Quería comentar una duda que me surgió de cara a la declaración del año que viene, por si alguien me pudiera orientar.
En 2021 firmé la compra de un piso de obra nueva pagando las arras correspondientes. Existía una cláusula en la que se me devolvería las sumas entregadas más el 10% del precio de la compraventa como indemnización, en caso de no entregar a el piso en la fecha indicada.
La obra se retrasó y tuve que denunciar al constructor, que no quería cumplir su parte contrato. Antes de llegar a juicio, llegamos a un acuerdo y me devolvió la parte correspondiente (arras + indemnización por daños y perjuicios).
¿esta indemnización entiendo que la tengo que declarar como ganancia patrimonial , y por tanto puede ser compensada con pérdidas patrimoniales por la venta de acciones?
También si alguien me podría confirmar si la cantidad correspondiente a la devolución de las arras, que yo había pagado en su momento, habría que ponerla en algún apartado de la declaración? Entiendo que de la devolución de las arras no tendría que pagar nada hacienda verdad?
Muchas gracias. Un saludo.
Quería comentar una duda que me surgió de cara a la declaración del año que viene, por si alguien me pudiera orientar.
En 2021 firmé la compra de un piso de obra nueva pagando las arras correspondientes. Existía una cláusula en la que se me devolvería las sumas entregadas más el 10% del precio de la compraventa como indemnización, en caso de no entregar a el piso en la fecha indicada.
La obra se retrasó y tuve que denunciar al constructor, que no quería cumplir su parte contrato. Antes de llegar a juicio, llegamos a un acuerdo y me devolvió la parte correspondiente (arras + indemnización por daños y perjuicios).
¿esta indemnización entiendo que la tengo que declarar como ganancia patrimonial , y por tanto puede ser compensada con pérdidas patrimoniales por la venta de acciones?
También si alguien me podría confirmar si la cantidad correspondiente a la devolución de las arras, que yo había pagado en su momento, habría que ponerla en algún apartado de la declaración? Entiendo que de la devolución de las arras no tendría que pagar nada hacienda verdad?
Muchas gracias. Un saludo.