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Jubilación trabajadores a tiempo parcial
Buenos días, con la modificación del artículo 247 los trabajadores a tiempo parcial computarán a efectos de tiempo cotizado igual que un trabajador a jornada completa (días enteros). Se indica que entrará en vigor en octubre de 2023. Mi duda es: si tengo períodos a jornada parcial en años anteriores (2010/2015), estos ya me los computarán como días completos para la jubilación o esos no por ser anteriores a la entrada en vigor? Gracias