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Vía de acceso - Ley de Propiedad Horizontal

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Vía de acceso - Ley de Propiedad Horizontal
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Vía de acceso - Ley de Propiedad Horizontal
#1

Vía de acceso - Ley de Propiedad Horizontal

Buenos días, tengo un local que es un bajo que pertenece a 2 bloques de pisos y tengo una duda, si estoy pagando comunidad, tengo derecho a una vía de acceso? Es decir puedo abrir una puerta desde mi local a la entrada del bloque que sería una zona común?  Qué dice la normativa de urbanismo respecto a esto?
Si alguien puede ayudarme se lo agradecería mucho.
Un saludo.
#2

Re: Vía de acceso - Ley de Propiedad Horizontal

Pagar comunidad no te da derecho a abrir ninguna puerta. Cuestión distinta es que pudieras tener ese derecho por otra causa. 
Te conviene consultar el título constitutivo y/o los estatutos.

El silencio es hermoso cuando no es impuesto.

#3

Re: Vía de acceso - Ley de Propiedad Horizontal

Entiendo que tienes dos locales unidos que pertenecen a edificios diferentes y que pagas comunidad en ambos edificios. Por lógica estos dos locales debieron contar cada uno de ellos con un acceso desde el edificio al que pertenecen. Antes de reclamar nada confirmaría que la unión de los dos locales fue aceptada y es correcta, no vayas a encontrarte con dos accesos pero dos locales separados por el muro medianero.