Staging ::: VER CORREOS
Acceder

Problema deuda deducible Impuesto al Patrimonio

5 respuestas
Problema deuda deducible Impuesto al Patrimonio
Problema deuda deducible Impuesto al Patrimonio
#1

Problema deuda deducible Impuesto al Patrimonio

 
Hola buenos días, estoy confeccionando la declaración de patrimonio y tengo un problema con la deuda de la hipoteca de un piso que no es vivienda habitual y ya había planteado en este foro una pregunta no igual pero bastante similar que era “¿se puede deducir en la declaración del patrimonio EL TOTAL de la deuda a 31 de diciembre de la hipoteca de un piso que tengo alquilado? “  y yo daba por sentado que si pero la semana pasada que tuve que ir a Hacienda por un tema de renta pedí para hablar con un técnico y le hice esa pregunta y estuvo buscando en los manuales me dijo que el entendía que no,  pero que fuera al preguntar a la hacienda Autonómica que lo de Patrimonio lo gestionaban ellos y como no hay cita en la autonómica quisiera saber si alguien que conozca en profundidad el tema de las deudas deducibles en el impuesto al patrimonio sepa seguro si se puede deducir el 100% de la deuda de la hipoteca al 31 de diciembre de un piso alquilado (es decir que no es mi vivienda habitual), ya que en el manual de Impuesto Patrimonio en el apartado deudas deducibles pone “No serán objeto de deducción”  : 
“La hipoteca que garantice el precio aplazado en la adquisición de un bien, sin prejuicio de que si lo sea el precio aplazado o deuda garantizada.”
Muchas gracias desde ya.  
#2

Re: Problema deuda deducible Impuesto al Patrimonio

cómo no vas a poder restar la deuda hipotecaria de un piso, esté alquilado o a tu disposición? si se valora en 100.000 y hay una hipoteca de 40.000, el neto para el Impuesto del Patrimonio es 60.000
#3

Re: Problema deuda deducible Impuesto al Patrimonio

Gracias por la respuesta es que en hacienda estatal un supuesto "técnico tibutario" me dijo que lo preguntara en Hacienda Autonómica porque el impuesto estaba cedido a las comunidades pero que el pensaba que no pero yo creo que la persona que me atendió no tenía mucha idea pero lo que quiero es estar seguro porque yo todos sabemos como son los requerimientos de hacienda, multas etc.etc.Gracias 
#4

Re: Problema deuda deducible Impuesto al Patrimonio

a ver, a lo mejor a esa persona que te atendió le sonaba que hay un límite para estar obligado a presentar la declaración del impuesto del Patrimonio en función del patrimonio bruto, sin descontar las deudas:
https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/ayuda/manuales-videos-folletos/manuales-practicos/patrimonio-2021/capitulo-1-campana-declaracion-impuesto-patrimonio/quienes-estan-obligados-presentar-declaracion-ip.html
"¿Quiénes están obligados a presentar la declaración del Impuesto sobre el Patrimonio (IP)?
...
el valor de sus bienes o derechos, determinado de acuerdo con las normas reguladoras del Impuesto, resulte superior a 2.000.000 de euros. …. deberán tenerse en cuenta todos los bienes y derechos del sujeto pasivo, estén o no exentos del Impuesto, computados sin considerar las cargas y gravámenes que disminuyan el valor de los mismos, ni tampoco las deudas u obligaciones personales de las que deba responder el sujeto pasivo."

Pero en la declaración puedes descontar las deudas para calcular la base imponible y la cuota a pagar.
Es decir, que si tu vivienda alquilada vale 3 millones de euros con una hipoteca de 2, probablemente estés obligado a presentar la declaración pero el valor "neto" quedaría en 1 millón.
#5

Re: Problema deuda deducible Impuesto al Patrimonio

gracias por contestar ya veo que tu lo tienes bien claro y si me voy a descontar la hipoteca, pero a el supuesto "técnico" le expliqué bien claro pero te agradezco la respuesta 
#6

Re: Problema deuda deducible Impuesto al Patrimonio

Probablemente el funcionario se lió porque pensaba que la hipoteca podía ser la de la vivienda habitual. Artículo 25.3 de la LIP:

"En ningún caso serán objeto de deducción las deudas contraídas para la adquisición de bienes o derechos exentos. Cuando la exención sea parcial, será deducible, en su caso, la parte proporcional de las deudas."

Pero si la hipoteca es de un piso alquilado (no exento del IP) es deducible.