si estás planificando una herencia, a primera vista, no veo favorable una donación de un inmueble.
Tienes que pagar en el IRPF como si la hubieras vendido, salvo que estés donando tu vivienda habitual y tengas más de 65 años, en cuyo caso la ganancia está exenta , y en cualquier escenario también hay que pagar la plusvalía municipal. Probablemente el impuesto de Donaciones es lo de menos frente a los otros 2 citados.
Si se transmite por fallecimiento, no hay IRPF y el impuesto de Sucesiones es ridículo.
La normativa sobre valoración de inmuebles no sé en qué acabará, pero precisamente, al herederar una vivienda en Madrid por fallecimiento de los padres, interesa poner un valor de mercado porque, como he comentado, en Sucesiones apenas se paga nada y así queda el valor actualizado de cara a una potencial venta futura que generaría una ganancia patrimonial menor para el IRPF. Tomar el valor mínimo que establece la Comunidad actualmente(en Madrid, ese valor es bastante por debajo del de mercado) es un error muy común al arreglar una herencia.
Solo miraría la Donación si se viese que se van a cargar la actual bonificación que hay en Madrid, bien por imposición del actual gobierno de socialistas y comunistas, o porque estos conquistasen el poder autonómico en las próximas elecciones.