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Estado solicitud ingreso minimo vital

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Estado solicitud ingreso minimo vital
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Estado solicitud ingreso minimo vital
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#38521

Re: Estado solicitud ingreso minimo vital

Buenas tardes, ¿alguien sabe si es posible empadronarse en una vivienda de alquiler 3 semanas antes de la fecha de comienzo del contrato? Tengo las llaves de la vivienda alquilada y el recibo de pago de este mes de octubre, sin embargo el contrato de alquiler es de fecha 1 de noviembre. Vaya a ser que en el Ayuntamiento no me dejen empadronarme hasta el día 1 de noviembre y tenga problemas con el imv.
Agradezco cualquier respuesta.
#38522

Re: Estado solicitud ingreso minimo vital

Hola nenuca02.
As preguntado cuanto tiempo tiene por ley el imv para resolver los expedientes y ten en cuenta que cada vez que te piden algo de documentación que te falte se interrumpe los plazos y volveria a comenzar el ciclo.
Te lo digo por experiencia es laborioso pero si an tardado mas en resolver tu expediente y es favorable estas en tu derecho.
Despues ten en cuenta que aunque ellos nos cobren mucho de intereses cuando no podemos pagar algo.
Nosotros solo podemos reclamarle el interes legal que hubiera en ese momento.
En el año 2020 estaba al 3 por ciento y este año al 3.70. No sale mucho pero es nuestro. 
Suerte si decides reclamar y paciencia.
Yo llevo para 9 meses liado y aun no tengo fecha de la vista.

#38523

Re: Estado solicitud ingreso minimo vital

Perdon no de la vista, si no de la resolucion de si es procedente mi reclamacion y estiman la cuantia. 
#38524

Re: Estado solicitud ingreso minimo vital

No te preocupes Joselito. Eso lo tengo bien atado. Soy Licenciada en Derecho. 
Un saludo
#38525

Re: Estado solicitud ingreso minimo vital

Joselito, yo presente reclamación previa, y a los 45 días sin contestación, tal y como establece la Ley, la he entendido denegada por silencio administrativo y he imterpuesto demanda ante los juzgados de lo social. 
#38526

Re: Estado solicitud ingreso minimo vital

Hola Nenuca02 te deseo buena suerte.
Es la ventaja de saber que marca la ley.
A mi me dijeron despues de haber puesto la reclamación previa que debia esperar 6 meses si no tenia contestación para considerarla denegada.
Lo dicho buena suerte y que se te resuelva todo lo mas rapido y favorable posible.
#38527

Re: Estado solicitud ingreso minimo vital

Muchas gracias y te deseo lo mismo.
Mucha suerte.
#38528

Re: Estado solicitud ingreso minimo vital


Economía

Presupuestos Generales 2022
Sube el ingreso mínimo vital: estos son los nuevos importes de la ayuda en 2022
Tal y como ha anunciado la ministra de Hacienda, María Jesús Montero, en la posterior rueda de prensa del consejo de ministros, los PGE también incluirán un incremento del 3% del IMV.

Sube el subsidio por desempleo en 2022: así queda la cuantía con el nuevo IPREM
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Suben las pensiones mínimas: así quedan las nuevas cuantías para 2022
LA INFORMACIÓN NOTICIA07.10.2021 - 12:56hActualizado: 08.10.2021 - 10:48h
Así quedan las cuantías del ingreso mínimo vital con la nueva subida del 3%©[AlexRaths] a través de Canva.com

El Gobierno aprueba este jueves los presupuestos generales del estado (PGE) para 2022 en Consejo de ministros extraordinario. Proyecto que la semana que viene aterrizará en el Congreso, donde Pedro Sánchez necesitará 22 votos para sacar adelante las cuentas públicas del próximo año. Después de meses de intensas negociaciones entre PSOE y Unidas Podemos, los socios del Ejecutivo cerraron el acuerdo a principios de esta semana, tras desbloquear el pacto para imponer un tipo mínimo efectivo en el Impuesto de Sociedades del 15% para las grandes empresas y aprobar la que será la primera Ley estatal de vivienda.


Además, tal y como ha anunciado la ministra de Hacienda, María Jesús Montero, en la posterior rueda de prensa del consejo de ministros, los PGE también incluirán un incremento del 3% del ingreso mínimo vital. Porcentaje mayor que el del pasado año, cuando la cuantía del IMV se incrementó en un 1,8%. 


Recordemos, eso sí, que la ayuda del IMV para el beneficiario individual o la unidad de convivencia será la diferencia entre la renta garantizada y el conjunto de rentas e ingresos de tales personas. Veamos, a continuación, las nuevas cuantías para 2022. 

- Renta mensual garantizada: beneficiario individual y unidades de convivencia


Beneficiario individual: 484,03 euros
Unidad de convivencia de 2 adultos: 629,24 euros
Unidad de convivencia de 2 adultos y 1 menor / 3 adultos: 774,45 euros
Unidad de convivencia de 2 adultos y 2 menores / 3 adultos y 1 menor / cuatro adultos: 919,66 euros
Unidad de convivencia de 2 adultos y 3 o más menores / tres adultos y 2 o más menores / 4 adultos y 1 menor: 1.064,87 euros
Renta mensual garantizada: unidad de convivencia monoparental


Un adulto y un menor: 735,73 euros
Un adulto y dos menores: 880,94 euros
Un adulto y tres o más menores: 1.026,15 euros
Para determinar la cuantía, los hijos o menores o mayores con discapacidad que formen parte de distintas unidades familiares en supuestos de custodia compartida establecida judicialmente, se considerará que forman parte de la unidad donde se encuentren domiciliados.

Requisitos para acceder al IMV
Los beneficiarios individuales o miembros de una unidad de convivencia deben tener residencia legal y efectiva en España de forma continuada e ininterrumpida durante al menos el año anterior a presentar la solicitud. Las excepciones son aquellas personas incorporadas a la unidad de convivencia por adoptación, víctimas de trata de seres humanos y de explotación sexual y mujeres víctimas de violencia de género.
Estar en situación de vulnerabilidad económica. Para determinar esto se toma en consideración la capacidad económica de la persona solicitante individual o de la unidad de convivencia, computando todos los recursos de sus miembros.
No se considera en situación de vulnerabilidad económica la persona beneficiaria individual que sea titular de un patrimonio, sin incluir la vivienda habitual, valorado en un importe igual o superior a tres veces la cuantía correspondiente de renta garantizada por el ingreso mínimo vital para una persona beneficiaria individual. En 2021 esto equivale a 16.917,60 euros.
Una de las novedades que se introdujeron este año es que para solicitar el IMV se debe tener en cuenta los ingresos transcurridos durante el año en curso. Antes, solo se aplicaba durante 2020. En la práctica esto supone que una familia no tendrá que esperar a que acabe el año en el que ha perdido sus ingresos para pedir la ayuda; es decir, se podrá solicitar en cualquier momento del año. Anteriormente, computaban las pérdidas durante los últimos 12 meses, algo que ahora queda anulado.
Haber solicitado las pensiones y prestaciones a las que pueda tener derecho, en los términos que se fijen. Se exceptúan salarios sociales, rentas mínimas de inserción y ayudas análogas de asistencia social concedidas por las comunidades autónomas.
Este año, el Gobierno también redujo de 3 a 2 los años de vida independiente para los menores de 30 años que quieran acceder al IMV. Antes, para aquellos de entre 23 y 29 se exigía haber vivido de forma independiente durante al menos los tres ejercicios anteriores.
Conforme a los criterios de

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#38529

Re: Estado solicitud ingreso minimo vital

Siento tardar en contestarte pero no tengo internet en casa y no podía ni mirar el foro. Mi solicitud es de mayo de este año. Todavía no me han contestado a mi aportación de la documentación que me pidieron. Tampoco sé si les ha llegado de forma correcta o no. Llamo al número de información del IMV y nunca están disponibles. Estoy muy desesperado. No se cuanto tiempo necesitan más para mirar los 3 papeluchos que me pidieron. Espero que esta espera valga la pena. Yo ya la había solicitado el IMV en Agosto del 2020 pero me la habían denegado por no haber cumplido el año empadronado. Ahora sí que lo cumplo. A ver que me dicen cuando se dignen a contestar (si es que lo hacen algún día...). Espero que para la semana que viene tenga noticias pero tal y como va la cosa pues ya no se ni que pensar. Y con lo tuyo sabes algo paisano????
#38530

Re: Estado solicitud ingreso minimo vital

Buenas tardes. Pues sigo sin respuesta pero, POR FIN tengo cita para el SEPE el Viernes a ver si me dicen algo sobre ello (lo dudo, pero hay que intentar). Como dije antes, mi solicitud del IMV fue denegado el 23 de Diciembre de 2020 y envié una reclamación previa el 3 de Febrero de 2021. A ver si ellos pueden acceder a la Seguridad Social (Si pueden) y a ver que me dicen. (No será positivo, pero mejor que nada).

Si quieres, te doy el número de teléfono que llamé. Es este: 912 73 83 84.
#38531

Re: Estado solicitud ingreso minimo vital

Buenas noches.. tengo una duda yo estoy empadronada con una tía, hermana de mi madre ya que la situación no me da para pagar un alquiler soy monoparental con dos hijos a cargo mi pregunta es. . Me afectara el padrón?
#38532

Re: Estado solicitud ingreso minimo vital

Angie no te afecta dado que el RD por el que se aprueba el IMV considera que forman parte de la unidad de convivencia los familiares hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad. Una tía y sobrina están en el tercero. Por lo tanto no debería afectarte. 
Un saludo y suerte. 


Nilo





#38533

Re: Estado solicitud ingreso minimo vital

Ricardo, en el SEPE siento decirte que no te van a decir nada del IMV. No tiene nada que ver. Es un Organismo de Empleo Público Estatal que gestiona las politicas de empleo y las prestaciones por desempleo. 
No tiene nada que ver con el IMV. 
Yo te aconseje que pidieras cita en una oficina de la Seguridad Social. 











#38534

Re: Estado solicitud ingreso minimo vital

Pues ármate de paciencia porque aunque sean tres papeluchos, todavía hay solicitudes de las iniciales sin resolver. Además si ya lo has pedido previamente sabrás el tiempo que se toma la Administración para contestar. 
Un saludo y suerte
#38535

Re: Estado solicitud ingreso minimo vital

 Vamos a ver, el imv lo has solicitado o te lo han concedido? Cambias de casa en el mismo municipio o en diferente? En cualquiera de los casos te aconsejo notificarlo a la seguridad social a la fecha de entrada en vigor del contrato a efectos de NOTIFICACIONES. ( no entiendo porque lo quieres hacer antes) Y no olvides que necesitas contar con la aprobación del propietario a quien se dará traslado de tu alta en el padrón en esa vivienda.