Hola a todos,
Realmente, y a colación de lo comentado a algún otro usuario/a del foro en este hilo, debería depender de la fecha de la solicitud.
Si es anterior a la entrada en vigor de la modificación de la Ley por la que se aprueba el IMV, entonces el plazo de resolución es de 3 meses. Si fuese posterior, 6 meses. Cuestión distinta es lo de siempre con la Administración: que no resuelvan en plazo y lo hagan pasado el mismo.
En cualquier caso, y si realmente Seguridad Social, que no los tramitadores subcontratados, tiene pensado aplicar la nueva redacción de forma retroactiva, también deberían hacerlo sobre el precepto que permitía tener en cuenta los ingresos de 2020 y estimar más de una resolución denegada vía recurso de alzada.
Saludos y ánimos a todos.