#61
Re: Concepto - mínimo por ascendiente - Declaración de la Renta
1. Sí.
2. El límite es el mismo. No cuentan los ingresos del cónyuge.
3. No existe una "deducción" general de 2.000 euros. Hay un gasto de 2.000 euros "por obtención de rentas del trabajo"; si tu ascendiente no obtiene rentas del trabajo no exentas, no hay gasto que aplicar. Si sólo obtiene rendimientos de capital mobiliario y ganancias, no hay nada que restar. El rendimiento neto será la suma de lo obtenido de sus productos financieros, sin más.
2. El límite es el mismo. No cuentan los ingresos del cónyuge.
3. No existe una "deducción" general de 2.000 euros. Hay un gasto de 2.000 euros "por obtención de rentas del trabajo"; si tu ascendiente no obtiene rentas del trabajo no exentas, no hay gasto que aplicar. Si sólo obtiene rendimientos de capital mobiliario y ganancias, no hay nada que restar. El rendimiento neto será la suma de lo obtenido de sus productos financieros, sin más.