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Regristro de una perdida en venta de acciones q no puedo compensar por la regla de los dos meses
Hola buenas tardes a todos. que tal. Me gustaría si alguien me pudiera ayudar a resolver una duda que me surge en una declaración de la renta. Por lo que he podido leer hay una regla que llaman la de los dos meses en donde no se pueden compensar las minusvalías que se producen en la venta de las acciones con otras plusvalías de los mismos valores homogéneos si se producen en ese periodo de los ya comentados dos meses
Ejemplo(siempre acciones de la misma empresa)
1 de septiembre compro 100 acciones por valor de 1000
1 de octubre compro 50 acciones por valor de 250 euros
1 de noviembre vendo 130 por valor de 1000 euros (por el método fifo tengo unas perdidas de 150 e) y me quedan en cartera 20 acciones
1 de diciembre compro 100 acciones por un valor de 750 euros
Al comprar acciones dentro del periodo del periodo de esos dos mese en la declaración en la casilla donde nos pone "no imputación de perdidas por recompra de valores homogéneos" hay que marcarla puesto que no puedo compensar esas perdidas.
La pregunta es según he podido leer esas perdidas se quedan "bloqueadas" para posteriormente ser aplicadas cuando vendamos definitivamente todas las acciones. Pero en este caso esos 150 euros hay que marcarlos en alguna casilla de la declaración?. ¿ Y suponiendo que la siguiente operación sea el 1 de febrero del siguiente año y tenga una plusvalía como lo aplico?. Y suponiendo que la siguiente operación sea el 1 de febrero del siguiente año y tenga otra minusvalía como como lo aplico?. Puse las dos opciones que podrían suceder
Muchísimas gracias por vuestro tiempo, Es un poco complicado.
Ejemplo(siempre acciones de la misma empresa)
1 de septiembre compro 100 acciones por valor de 1000
1 de octubre compro 50 acciones por valor de 250 euros
1 de noviembre vendo 130 por valor de 1000 euros (por el método fifo tengo unas perdidas de 150 e) y me quedan en cartera 20 acciones
1 de diciembre compro 100 acciones por un valor de 750 euros
Al comprar acciones dentro del periodo del periodo de esos dos mese en la declaración en la casilla donde nos pone "no imputación de perdidas por recompra de valores homogéneos" hay que marcarla puesto que no puedo compensar esas perdidas.
La pregunta es según he podido leer esas perdidas se quedan "bloqueadas" para posteriormente ser aplicadas cuando vendamos definitivamente todas las acciones. Pero en este caso esos 150 euros hay que marcarlos en alguna casilla de la declaración?. ¿ Y suponiendo que la siguiente operación sea el 1 de febrero del siguiente año y tenga una plusvalía como lo aplico?. Y suponiendo que la siguiente operación sea el 1 de febrero del siguiente año y tenga otra minusvalía como como lo aplico?. Puse las dos opciones que podrían suceder
Muchísimas gracias por vuestro tiempo, Es un poco complicado.