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Cómputo de ganancias y pérdidas derivadas del juego en irpf de 2017 y declaración conjunta

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Cómputo de ganancias y pérdidas derivadas del juego en irpf de 2017 y declaración conjunta
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Cómputo de ganancias y pérdidas derivadas del juego en irpf de 2017 y declaración conjunta
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#1

Cómputo de ganancias y pérdidas derivadas del juego en irpf de 2017 y declaración conjunta

Buenas tardes, 

 

Os pongo en antecedentes, en 2017 tuve 35.000e en ganancias derivadas del juego y 20.000e en pérdidas, y mi mujer tuvo ganancias de 25.000e y pérdidas de 50.000.

 

Al meter los datos en las declaraciones individuales me salía, a mí a pagar 5.000e, a ella a devolver - 2300 y en conjunto a pagar 600e, por tanto optamos por la conjunta y pagamos 600e.

 

Ahora me llega un requerimiento de comprobación limitada y me piden 6.500e.

 

Ellos alegan que las pérdidas y ganancias del juego se computan individualmente y al ser resultado de mi mujer negativo, las anulan y no las compensan con las mías, de forma que atribuyen un nebeficio metro de 15.000e en lugar de unas pérdidas de - 10.000e.

 

Sé que por el artículo 33.5.d) de la ley 35/2006 con su modificación de la ley 16/2012, permite desgravar las pérdidas derivadas del juego sólo hasta el total de ganancias, lógicamente no se puede consignar un número negativo pero sí "cero"

Ellos se van a los artículos que se refieren a la declaración conjunta y dicen que los límites son individuales, pero no tiene sentido ya que el artículo 84.1, 84.3 y 84,5 de la ley 35/2006 habla de rentas totales acumuladas en caso de declaraciones conjuntas, siendo el propio programa de Hacienda el que me comoutóbde forma global ganancias y pérdidas en la conjunta, es decir, ganancias totales 60.000e y pérdidas totales 70.000e, como resultado - 10.000 y por tanto 0e. Si el programa me hubiese mostrado otro dato hubiese optado por tributación individual pues de ser así sería más ventajoso para mí. Además la ley contempla que no puede haber un cambio de modalidad una vez presentada.

¿Cómo lo veis? Esta situación genera cierta indefensión y por supuesto me obligan a la peor opción de todas ya que de no ser así no hubiese optado por la conjunta.

Espero vuestras respuestas

GRACIAS

#2

Re: Cómputo de ganancias y pérdidas derivadas del juego en irpf de 2017 y declaración conjunta

a ver si esto te sirve de ayuda, creo que lo tienes que pelear hasta donde sea necesario por la pasta que pretenden sablearte; es una resolución vinculante que aclara lo que es conocido, que en la declaración conjunta se compensan ganancias y pérdidas de ambos cónyuges, y no creo que las derivadas del juego sean una excepción, no conozco ningún artículo que marque tal excepción.

La diferencia es que el neto si da pérdidas no se puede compensar con otras rentas ni dejar pendiente para otros años, como citas en el artículo 33.5.d. Pero entiendo que si en ningún otro lado citan una excepción para las ganancias/pérdidas del juego, deben aplicar el criterio general de compensación:

https://petete.minhafp.gob.es/consultas/?num_consulta=V2500-15

 

 

 

#3

Re: Cómputo de ganancias y pérdidas derivadas del juego en irpf de 2017 y declaración conjunta

Muchas gracias, el problema es que como el artículo 33.5.d dicen:

«d) Las debidas a pérdidas en el juego obtenidas en el período impositivo que excedan de las ganancias obtenidas en el juego en el mismo período. En ningún caso se computarán las pérdidas derivadas de la participación en los juegos a los que se refiere la disposición adicional trigésima tercera de esta Ley.»

Es decir que sólo se compensan las pérdidas hasta igualar las ganancias, para ellos eso es un límite individual, es decir, compensan las ganacias de mi mujer y la dejan a 0, con sus pérdidas, pero el exceso de pérdidas no me lo arrastran a la conjunta para compensar mis ganancias, porque dicen que los límites de la conjunta son los mismos que los que se aplican en la inidvidual.

Revisando la legislación sobre la tributación conjunta encuentro en el "Artículo 84. Normas aplicables en la tributación conjunta."

"1. En la tributación conjunta serán aplicables las reglas generales del impuesto sobre determinación de la renta de los contribuyentes, determinación de las bases imponible y liquidable y determinación de la deuda tributaria, con las especialidades que se fijan en los apartados siguientes."

"2. Los importes y límites cuantitativos establecidos a efectos de la tributación individual se aplicarán en idéntica cuantía en la tributación conjunta, sin que proceda su elevación o multiplicación en función del número de miembros de la unidad familiar."

Este último párrafo es el único que me hace dudar, pero realmente  en relación al juego no se establece un límite cuantitativo, 50%, 20%, 4.500€, etc...sino que habla de que no excederán las pérdidas a las ganancias y técnicamente y de forma global esas pérdidas se deberían compensar con mis ganancias.

Pero luego tenemos lo siguiente:

Art. 84.3 ". En la tributación conjunta serán compensables, con arreglo a las normas generales del impuesto, las pérdidas patrimoniales y las bases liquidables generales negativas, realizadas y no compensadas por los contribuyentes componentes de la unidad familiar en períodos impositivos anteriores en que hayan tributado individualmente."

Art. 84.5 ". Las rentas de cualquier tipo obtenidas por las personas físicas integradas en una unidad familiar que hayan optado por la tributación conjunta serán gravadas acumuladamente."

Creo que el último artículo es clave, y según la RAE, el significado de renta es "en materia tributaria, importe neto de los rendimientos."

 

Y lo más importante, en ningún sitio dice que el límite del artículo 33.5.d, es decir compensación de ganancias y pérdidas del juego sea un límite individual. 

¿Cómo lo véis?

 

Saludos y gracias.

#4

Re: Cómputo de ganancias y pérdidas derivadas del juego en irpf de 2017 y declaración conjunta

yo alegaría en base a la resolución vinculante que te he pasado y los argumentos que expones. NO está sustentada la decisión de Hacienda. Sé claro y sucinto en tu recurso, y si tienes algún abogado de confianza, que te redacte él el recurso, aunque te cueste algo. Y llegaría hasta donde haga falta.

El problema es que el particularmente el juego se ve como algo "pecaminoso" y un vicio; no sé si llevas mucho tiempo apostando, pero hasta el 2012 la legislación decía que solo se contemplaban las ganancias y en ningún caso las pérdidas. Hasta esa fecha solo se podía apostar en casas extranjeras y la gente no declaraba. Ese año regularon las casas en España, cambiaron la ley para contemplar la compensación y gravar solo el neto.

Muchas casas, para obtener licencia y acordar una liquidación de sus propios impuestos con Hacienda benévola, se "chivaron" y entregaron información de los apostantes españoles, y Hacienda empezó a revisar las declaraciones anteriores a 2012 con la ley antigua, reclamando cantidades desproporcionadas a gente que realmente había tenido pérdidas. Afortunadamente, los tribunales les están dando la razón, pero por el camino muchos han pagado y han sufrido graves problemas de salud (hay un ajedrecista español, Vallejo, que jugaba al poker y que salió en las noticias).

Igualmente, en las primeras revisiones que hicieron con la nueva ley de las declaraciones de 2013, decían a la gente que no podían compensarse las ganancias y pérdidas entre distintas casas de apuestas, solo dentro de la misma, cuando dicha restricción no está escrita en la ley. Echaron marcha atrás en cuando se presentaron los primeros recursos. Una delegación de Hacienda no puede imponer limitaciones que no vienen en la ley, es idéntico a tu caso.

Con esto te quiero decir que las canalladas de Hacienda son continuas, más con este tema de las apuestas.

#5

Re: Cómputo de ganancias y pérdidas derivadas del juego en irpf de 2017 y declaración conjunta

Buenos días

Sin ánimo de quitaros la razón a los argumentos expuestos

Pérdidas patrimoniales que no se computan fiscalmente como tales (Art. 33.5 Ley IRPF)

. Las no justificadas.

…..

. Las debidas a pérdidas en el juego obtenidas en el período impositivo que excedan de las ganancias obtenidas en el juego (14) en el mismo período.

El cómputo de las ganancias y pérdidas obtenidas en el juego se realiza de forma global (las obtenidas por el contribuyente en el período impositivo) tomándose las ganancias y pérdidas de los distintos juegos.

 

Dpd82 Las pérdidas de tu señora que superan el importe de las ganancias, no se computan, es decir como si no existiesen por eso no se pueden compensar con nada ni con otras ganancias patrimoniales de ella ni con otras del cónyuge ni compensarlas con ganancias de ejercicios posteriores, es decir nada de nada, no existen, no hay pérdida fiscalmente hablando.

 

Las pérdidas patrimoniales a las que hace referencia la consulta V2500-15 sí que se computan fiscalmente y el IRPF las permite compensar con otras ganancias del mismo ejercicio, con otras ganancias de la unidad familiar, incluso compensarlas en ejercicios posteriores, es decir las reconoce fiscalmente como pérdidas.

Salvo superior criterio

#6

Re: Cómputo de ganancias y pérdidas derivadas del juego en irpf de 2017 y declaración conjunta

yo no lo veo así, entiendo que  las rentas se acumulan y se pueden compensar , como ya se ha citado más arriba, lo que la ley dice sobre tributación conjunta:

84.1. En la tributación conjunta serán aplicables las reglas generales del impuesto sobre determinación de la renta de los contribuyentes, determinación de las bases imponible y liquidable y determinación de la deuda tributaria, con las especialidades que se fijan en los apartados siguientes."

...................

Art. 84.5 ". Las rentas de cualquier tipo obtenidas por las personas físicas integradas en una unidad familiar que hayan optado por la tributación conjunta serán gravadas acumuladamente.

En consecuencia, entiendo que en toda la declaración, las rentas se toman como una unidad acumulada, con independencia de quien las haya generado, salvo que explícitamente se indique en este artículo de la ley, o en cualquier otro, que tal o cual límite, deducción o compensación aplica solo al contribuyente al que se imputa el rendimiento, como pasa en algunos conceptos, como por ejemplo los gastos aumentados para trabajador discapacitado.

 

#7

Re: Cómputo de ganancias y pérdidas derivadas del juego en irpf de 2017 y declaración conjunta

Claro, tienes razón en cuanto a la compensación de rentas en tributación conjunta, pero es que no hay ninguna renta negativa a compensar.

Veamos

Marido    Ganancias en juego 35.000,00 – Pérdidas 20.000,00 = Ganancia Real 15.000,00.     

Ganancia Fiscal 15.000,00

Esposa   Ganancias en juego 25.000,00 – Pérdidas 50.000,00 = Pérdida Real – 25.000,00.     

Pérdida Fiscal             0,00

En Tributación conjunta Ganancias Patrimoniales en el juego 15.000,00 – 0,00 = 15.000,00

Un saludo

#8

Re: Cómputo de ganancias y pérdidas derivadas del juego en irpf de 2017 y declaración conjunta

sí, entiendo tu punto de vista, pero la cuestión es si, casilla a casilla, esas ganancias/pérdidas se computan individualmente (que es lo que expones) o conjuntamente.

La ley dice literalmente:

No se computarán como pérdidas patrimoniales las siguientes:

d) Las debidas a pérdidas en el juego obtenidas en el período impositivo que excedan de las ganancias obtenidas en el juego en el mismo período.

Al no nombrar al contribuyente individualmente, puede entenderse que el cálculo de la suma de ganancias se hace por un lado y el de pérdidas por el otro, y luego se resta.

Es como el caso de la base liquidable, que no puede ser negativo: por ejemplo, a mi madre individualmente le sale negativo (0), a mi padre no, al presentar la declaración conjunta Hacienda no calcula cada base liquidable individualmente y dice que la de mi madre es 0 y suma la de mi padre, sino que el "negativo" de mi madre se ve compensado por el "positivo" de mi padre, porque en cada apartado de la declaración se han ido sumando los ingresos/ganacias de ambos y los gastos/pérdidas de ambos.

Adicionalmente, a Dpd82, ¿estás casado en gananciales o separación de bienes? Si estás en gananciales, creo que la solución al embrollo es más fácil, pues con independencia de que las apuestas hayan ido en cuentas individuales, las pérdidas/ganancias son al 50% si el dinero a la casa de apuestas lo habéis transferido desde cuentas comunes o donde el dinero ha sido depositado después del matrimonio aunque sea del salario individual, y podrías alegar también por este lado.

#9

Re: Cómputo de ganancias y pérdidas derivadas del juego en irpf de 2017 y declaración conjunta

Buenas tardes,

Como dice Bacalao, el artículo 84.5 habla de rentas acumuladas, y el límite establecido en el 33.5.d no hace referencia expresa a que sea individualmente, por tanto se entiende que sigue habiendo ganancias a compensar entre mis ganancias y sus pérdidas.
En el borrador web cuando yo consigno las ganancias individuales en la casilla 266 y las pérdidas en la 271, en mi declaración y en la de mi mujer, en la casilla 272 y en la 273 de la conjunta me aparecen las ganancias y pérdidas acumuladas de ambos respectivamente y en la 274 me sale 0 ya que el resultado de 272-273 es negativo.

Hicimos separación de bienes recientemente, pero inicialmente estábamos en gananciales, lo que no sé es si se hizo en el 2017 o a principio del 2018.

Gracias de nuevo.
Saludos.

#10

Re: Cómputo de ganancias y pérdidas derivadas del juego en irpf de 2017 y declaración conjunta

Buenas tardes

Reglamento Art. 11.5

…….

Las adquisiciones de bienes y derechos que no se de­riven de una transmisión previa, como las ganancias en el juego, se considerarán ganancias patrimoniales de la persona a quien corresponda el derecho a su obtención o que las haya ganado directamente.

 

Las ganancias / pérdidas en principio se computan individualmente

El artículo 33.5 de la Ley le considera a la esposa fiscalmente una pérdida patrimonial de 0,00 Eu

Después los contribuyentes que puedan y consideren tributar conjuntamente lo harán pero entiendo que a las ganancias del esposo no se le pueden deducir nada puesto que fiscalmente a la esposa no se le reconoce pérdida alguna.

 

De todas formas Dpd82 sería bueno que recurrieses, el no ya lo tienes y el desenlace sería interesante que lo compartieses en el foro.

Un saludo

#11

Re: Cómputo de ganancias y pérdidas derivadas del juego en irpf de 2017 y declaración conjunta

Buenas tardes,

Considero que el artículo 11.5 en ese párrafo no aporta nada nuevo, todas las rentas se atribuyen individualmente, pero luego salvo límite expreso, se acumulan, compensan etc en la conjunta.

En ese mismo artículo dice "Las ganancias y pérdidas patrimoniales se considerarán obtenidas por los contribuyentes que, según lo previsto en el artículo 7 de la Ley 19/1991, de 6 de junio, del Impuesto sobre el Patrimonio, sean titulares de los bienes, derechos y demás elementos patrimoniales de que provengan."

En cuyo caso entiendo que se pueden englobar las acciones y como hemos visto sí son compensables ganancias y pérdidas en la conjunta.

Para mí la clave está en que en ningún sitio dice que el límite que se aplique a la compensación de pérdidas y ganancias sea un límite individual.

Por último, ¿no os parece extraño que la aplicación del borrador web sí compense ganancias y pérdidas de ambos cónyuges en la declaración conjunta?

Saludos.

#12

Re: Cómputo de ganancias y pérdidas derivadas del juego en irpf de 2017 y declaración conjunta

Otra opción que se me ocurre, aunque menos ventajosa que la aceptación compensación de ganancias y pérdidas en la conjunta, sería pedir el cambio de tributación, y hacerlo individual, alegando "vicio de voluntad" ya que el borrador web me daba como más ventajosa la conjunta.

De esta forma yo pagaría 4.000 y pico euros y a mi mujer le de volverían más de 2.000e.

http://noticias.juridicas.com/actualidad/jurisprudencia/13699-posibilidad-de-modificar-la-opcion-de-tributacion-en-renta-cuando-existe-un-error-en-la-formacion-de-la-voluntad-no-imputable-al-contribuyente/

Saludos.

#13

Re: Cómputo de ganancias y pérdidas derivadas del juego en irpf de 2017 y declaración conjunta

hola,

las perdidas no favorecen que te devuelvan mas en hacienda verdad? solo sirve para contrarestar si tienes beneficio en algo..... supongo...

nosotros en 2016 montamos un negocio con un amigo que pusimos cada uno 25000 euros, al cabo de un año el se quedo con el negocio y como la cosa no acabo muy bien entre nosotros a la hora de quedarse el la tienda solo nos quiso dar 4000 euros de los 25000 que pusimos. Al hacer la renta pone que tenemos 19000 euros de perdidas.

#14

Re: Cómputo de ganancias y pérdidas derivadas del juego en irpf de 2017 y declaración conjunta

Buenas tardes,

Comentaros que han resuelto el procedimiento de comprobación limitada y no admiten mis alegaciones por lo que me formular una propuesta de liquidación de 6500e, de los cuales 200e son por intereses de demora.
Voy a pagar y luego reclamar.
Ahora se abre el plazo para presentar recurso de reposición o reclamación económico-administrativa ante el TEAR, no sé si sólo puedo optar por una de las dos o puedo presentar las 2 de forma simultánea.

Ahora bien, me surje la duda si reclamar seguir reclamando que me admitan la compensación de ganancias y pérdidas entre mi mujer y ello en cuyo caso si me dan la razón no pago nada pero si pierdo han sido 6500e.

O reclamar que me permitan cambiar a modalidad individua, en cuyo caso pagaría 1800e pero no 6500e. Hay varias sentencias que permiten el cambio de modalidad por vicio de voluntad, ya que debido al supuesto error del programa de hacienda, que sigo sin saber si es un error o no, mi voluntad estana viciada pues arrojaba como opción más ventajosa la declaración conjunta cuando parece ser que no es así.

¿Sabéis si puedo pedir que admitan que se compensen ganancias y pérdidas de ambos cónyuges y de no admitirse que permitan cambiar la modalidad de tributación? ¿O debo de optar por pedir una de las 2 cosas?

Llegado este punto, ¿me tengo que buscar un abogado fiscal? De ser así, y si gano, ¿quién lo paga? Porque hacienda somos todos, pero a ellos obligarte a pleitear les sale gratis pero a mí parece ser que no...

Espero vuestra ayuda,

Gracias.

#15

Re: Cómputo de ganancias y pérdidas derivadas del juego en irpf de 2017 y declaración conjunta

A ver si tú también, puedes arrojar luz al respecto sobre cómo proceder, tras la resolución de mis alegaciones, con las que respondo al compañero Bacalo.

Gracias.