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Pérdida bonificación Impuesto Sucesiones Donaciones - Madrid

8 respuestas
Pérdida bonificación Impuesto Sucesiones Donaciones - Madrid
Pérdida bonificación Impuesto Sucesiones Donaciones - Madrid
#1

Pérdida bonificación Impuesto Sucesiones Donaciones - Madrid

Buenas tardes,

He estado buscando en el foro información sobre las condiciones de bonificación sobre el Impuesto de Sucesiones y Donaciones en Madrid y en el hilo más reciente me han aconsejado preguntar aquí.

He heredado junto a mis 2 hermanos dos viviendas en Madrid. De una de ellas tengo más del 50%, y al ser la vivienda habitual se ha visto bonificada al 99% en el ISD. De la otra me corresponde el 33%, con una bonificación del 95% en el Impuesto. Tengo entendido que para mantener estas bonificaciones, en la Comunidad de Madrid se debe mantener la herencia por 5 años. Si no habiendo transcurrido este tiempo ponemos ambas viviendas en venta al público, ¿se perderían ambas bonificaciones? En ese caso, ¿qué porcentaje tendríamos que pagar en el ISD?

Agradezco vuestros comentarios

Saludos

#2

Re: Pérdida bonificación Impuesto Sucesiones Donaciones - Madrid

te estás liando con lo que son reducciones en la base liquidable y las bonificaciones en la cuota:

-primero se calcula la base liquidable del impuesto, en tu caso sumando la valoración de las viviendas. Para la vivienda habitual, hay una reducción del 95%.

-Sobre la base liquidable, se calcula la cuota a pagar, y para el caso de hijos, en Madrid se reduce un 99% sin condiciones de que corresponda a dinero, vivienda, vivienda habitual,acciones.

 

Por tanto,  si la vivienda habitual la vendes antes de los 5 años, tendrías que presentar una liquidación perdiendo el 95% de reducción pero no el 99% de bonificación,  no te saldría una cantidad a pagar  muy alta (unos cientos de euros probablemente)

Si quieres cálculos más exactos, mirate la normativa:

http://www.madrid.org/wleg_pub/secure/normativas/contenidoNormativa.jsf?opcion=VerHtml&nmnorma=6797&cdestado=P#no-back-button

 

 

#3

Re: Pérdida bonificación Impuesto Sucesiones Donaciones - Madrid

Si no me equivoco, en Madrid, los familiares de los Grupo I y II tienen un 99% de bonificación sin condiciones.

El silencio es hermoso cuando no es impuesto.

#4

Re: Pérdida bonificación Impuesto Sucesiones Donaciones - Madrid

En la Comunidad de Madrid , el Impuesto de Sucesiones y Donaciones se encuentra bonificada la Cuota Tributaria en el 99% para los Grupos I  y II , como bien dice Juan Lackland.

Por tanto es poco útil económicamente, el acogerse a reducciones en la Base Imponible con condiciones y tributar por la Base Imponible sin reducciones ni condiciones.

Saludos

#5

Re: Pérdida bonificación Impuesto Sucesiones Donaciones - Madrid

Buenas tardes,

Gracias a todos por vuestra ayuda. Efectivamente mezclé en mi pregunta reducciones (95%) y bonificaciones (99%). Entiendo por vuestras respuestas que, aunque pierda la reducción del 95% por la venta del piso, aún conservaría la bonificación del 99% dado que no está sujeta a condiciones, así que la cantidad a pagar sería de unos cientos de euros como dice Bacalo.

Espero haberlo entendido bien.

Saludos

#6

Re: Pérdida bonificación Impuesto Sucesiones Donaciones - Madrid

Correcto. Tenlo en cuenta a la hora de declarar el impuesto porque conviene rellenar bien el impreso.

El silencio es hermoso cuando no es impuesto.

#7

Re: Pérdida bonificación Impuesto Sucesiones Donaciones - Madrid

Buenas tardes,

Ya hemos liquidado los impuestos de sucesiones y plusvalías. Me estoy replanteando la situación y he pensado en comprarle a mis hermanas su parte de un piso, del que yo tengo más del 50% en herencia. Este piso tiene dos valoraciones, resultado de dos herencias, una a 92000€ y otra a 160000€; creo entender que el precio del piso para Hacienda sería 126000€. A partir de aquí me surgen dos dudas: en la extinción de condominio a 126000€, ¿tendría yo como comprador que tributar a Hacienda? Y si subimos el valor del piso a 170000€, más acorde al mercado, ¿tendría yo que tributar o solo pagarían mis hermanas?

Gracias de antemano.

Saludos

#8

Re: Pérdida bonificación Impuesto Sucesiones Donaciones - Madrid

¿No te has planteado presentar una solicitud de rectificación de la liquidación del I. de Sucesiones para adaptarla a lo que te estamos diciendo?

El silencio es hermoso cuando no es impuesto.

#9

Re: Pérdida bonificación Impuesto Sucesiones Donaciones - Madrid

Buenas tardes,

Te agradezco la sugerencia, supongo que así incrementará el valor del piso, y tanto si lo vendemos como si hacemos extinción de condominio pagaríamos menos a Hacienda. Me imagino que para rectificar el ISD habría también que modificar el valor del piso en la escritura de adjudicación de herencia ante notario.

En cualquier caso, tengo un poco de lío, porque ¿qué valor tendría entonces este piso para Hacienda en el caso de la venta a un tercero: el de la adjudicación de herencia o el de la extinción de condominio? Por otra parte, si hago extinción de condominio y me quedo con el piso, ¿se añadiría al valor del piso el porcentaje que he pagado a mis hermanas?

Muchas gracias!

Saludos