#16
Re: Ibi que no quiere pagar el comprador
Sí, se presenta en el Registro de los juzgados. En algunos sitios hay un impreso para ello. Te pongo el enlace a lo que usamos donde yo vivo, aunque tendrás que usar lo que corresponda a tu Comunidad Autónoma:
https://www.justizia.eus/reclamaciones-de-cantidad/proceso-monitorio
El silencio es hermoso cuando no es impuesto.