Gastos deducibles para el casero contrato firmado en octubre
Buenas tardes.
Soy propietario de una vivienda que alquilé el año pasado. El contrato entró en vigor en octubre, mes en que recibí el primer pago. Sé que hay una serie de gastos deducibles en cuanto a tributos, reformas, etc.
La duda es:
¿Son deducibles los gastos de comunidad, IBI y seguro de hogar a partir de enero de 2017, o sólo a partir de octubre? Y en caso de que sea a partir de octubre, ¿se podrían deducir todos los gastos de IBI y seguro de hogar cuyo pago es de carácter anual, o sólo una parte proporcional?
Gracias de antemano.