Hola buenas tardes, espero ayuda.
Estoy a la espera de que mi gestor me haga la renta, pero no le veo puesto en la materia, y el asunto es cuestión es el siguiente.
El año pasado vendí mi vivienda habitual por 135.000 euros, la cual había adquirido en el 2.004 por 88.000 euros iva incluido; he tenido que pagar una plusvalía municipal de 580 euros.
La casa adquirida me ha costado 222.000, y he tenido que pagar 23600 euros en concepto de iva y (3.700) gtos por prestamo y tasación).
de la vivienda vendida, me quedaba una hipoteca de 24.000 euros que fue cancelada el día de la venta. En dicha vivienda hice muchos cambios, como poner alarma (1500), persianas metalicas (2.300), maparas (1.000), parquet (1.000), halogenos y conmutadores (2.000) y algo más
de la vivienda adquirida (se compró 30 días despues de la venta de la vivienda anteriormente referenciada) he formalizado un prestamo de 150.000 euros, pagando el resto de los beneficios obtenidos.
El remanente que me sobró lo dejé para contratiempos, y he efectuado un cambio de puertas exteriores y medianera (4.000) y adquirí tmb material de obra para hacerme yo una chapuza (1.000).
Mis dudas son?
- los gatos de la constitución del prestamo y tasación, se consideran inherentes a la vivienda?
- se puede incluir los gtos por mejoras que he reflejado tanto en la venta como en la compra?
me estoy resignando en que me toca pagar, una declaración en la cual según las cuentas obtengo beneficios para hacienda de 46.000 euros, porque ésta no tiene en cuenta que de éste dinero 24.000 fue directamente al banco a liquidar la hipoteca.
p.d . cual sería el beneficio según ustedes que he obtenido con la venta de la vivienda ...??