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Tributación por incremento patrimonio al recibir señal de arras y no producirse venta de piso

10 respuestas
Tributación por incremento patrimonio al recibir señal de arras y no producirse venta de piso
1 suscriptores
Tributación por incremento patrimonio al recibir señal de arras y no producirse venta de piso
#1

Tributación por incremento patrimonio al recibir señal de arras y no producirse venta de piso

Hola, he recibido una cantidad de dinero como señal de arras por la venta de un piso que finalmente no se ha producido, me gustaría saber en qué apartado de la próxima declaración de renta se ha de consignar dicha cantidad y qué porcentaje habría de tributar sobre la cantidad recibida.

Muchas gracias

#2

Re: Tributación por incremento patrimonio al recibir señal de arras y no producirse venta de piso

En el apartado G1, Ganancias y pérdidas que no derivan de la transmisión de elementos patrimoniales (a integrar en la base imponible general).

En el ejercicio de 2016, lo podrías incluir en la casilla 269.

El importe a tributar, dependerá de tus otros rendimientos que constituyan tu base imponible general: trabajo, actividades económicas, alquileres...

Un saludo.

 

#3

Re: Tributación por incremento patrimonio al recibir señal de arras y no producirse venta de piso

Muchísimas gracias por la respuesta

#4

Re: Tributación por incremento patrimonio al recibir señal de arras y no producirse venta de piso

Gracias, me ha quedado  claro que la cantidad que recibi en 2017 la tengo que declarar en ese apartado en la declaración de este año, pero como recibí también con anterioridad en 2016  otra pequeña cantdad  de señal de arras de 3000(pensando que se iba a producir la venta  del piso en el 2017, no lo incluí en la renta de ese año) , de qué manera podría incluir esos 3000 euros, o como ya pasó en ese año podría olvidarme de ello. Gracias de nuevo

 

#5

Re: Tributación por incremento patrimonio al recibir señal de arras y no producirse venta de piso

Yo incluiría la totalidad en el año 2017.

Es en ese año cuando se produce tu ganancia y la pérdida al comprador fallido por incumplimiento.

Un saludo.

#6

Re: Tributación por incremento patrimonio al recibir señal de arras y no producirse venta de piso

Muchisimas gracias.

Un saludo cordial

#7

Re: Tributación por incremento patrimonio al recibir señal de arras y no producirse venta de piso

Y una última duda, el 30 por ciento de esa cantidad la tuve que pagar a la agencia inmobiliaria. Esa cantidad puedo restarla del total o como la puedo reflejar en la próxima declaración y en qué apartado.
Muchas gracias por las respuestas de antemano

#8

Re: Tributación por incremento patrimonio al recibir señal de arras y no producirse venta de piso

En mi opinión, sí que puedes restarla si tienes la correspondiente factura y se correnponde con la gestión de la venta del piso.

Por tanto, indicas el neto que cobraste en la casilla correspondiente.

Un saludo.

#9

Re: Tributación por incremento patrimonio al recibir señal de arras y no producirse venta de piso

Muchas  gracias batiscafo

#10

Tributación por incremento patrimonio al recibir señal de arras y no producirse venta de piso

Es posible aplazar dos años la declaración de la cantidad recibida por las arras penitenciales, en caso de que desista el comprador, hasta que se produzca la venta y entonces se invierta todo en la compra de la vivienda habitual?

 

#11

Re: Tributación por incremento patrimonio al recibir señal de arras y no producirse venta de piso

creo que no existe esa posibilidad; las arras, como se indica en este hilo, es una ganancia patrimonial que NO deriva de una transmisión patrimonial, y la venta efectiva de la vivienda produce una ganancia derivada de una transmisión patrimonial y es lo que se puede acoger a la exención por reinversión.