Esto es lo que dice la ley :
Artículo 7. Limitaciones a los pagos en efectivo.
Uno. Ámbito de aplicación.
1. No podrán pagarse en efectivo las operaciones, en las que alguna de las partes intervinientes actúe en calidad de empresario o profesional, con un importe igual o superior a 2.500 euros o su contravalor en moneda extranjera.
No obstante, el citado importe será de 15.000 euros o su contravalor en moneda extranjera cuando el pagador sea una persona física que justifique que no tiene su domicilio fiscal en España y no actúe en calidad de empresario o profesional.
2. A efectos del cálculo de las cuantías señaladas en el apartado anterior, se sumarán los importes de todas las operaciones o pagos en que se haya podido fraccionar la entrega de bienes o la prestación de servicios.
3. Se entenderá por efectivo los medios de pago definidos en el artículo 34.2 de la Ley 10/2010 de 28 de abril, de prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo.
4. A efectos de lo dispuesto en esta ley, y respecto de las operaciones que no puedan pagarse en efectivo, los intervinientes en las operaciones deberán conservar los justificantes del pago, durante el plazo de cinco años desde la fecha del mismo, para acreditar que se efectuó a través de alguno de los medios de pago distintos al efectivo. Asimismo, están obligados a aportar estos justificantes a requerimiento de la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
5. Esta limitación no resultará aplicable a los pagos e ingresos realizados en entidades de crédito.
Dos. Infracciones y sanciones.
1. Constituye infracción administrativa el incumplimiento de las limitaciones a los pagos en efectivo establecidos en al apartado uno anterior.
Por tanto al actuar una de las partes como EMPRESARIO , se ha infringido la ley . si el pago hubiese sido entre particulares o no actuando como empresario, podria haberse realizado en efectivo.
Que puede suceder? Si nadie denuncia no ocurrirá nada. No hay suficientes medio para cotejar las operaciones . Así que yo estaría tranquilo. Aunque como precaucion que guarde el tiket de la tarjeta 5 años y si saco el dinero de la cuenta el reintegro de la cuenta.
Edito: Sino recuerdo mal hubo una actualización de la ley de 2012 cuando eran 2500 € a 1000 € entro en vigor sino recuerdo mal en 2017.