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Deducción por ascendiente mayor de 65 años

31 respuestas
Deducción por ascendiente mayor de 65 años
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Deducción por ascendiente mayor de 65 años
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#1

Deducción por ascendiente mayor de 65 años

Veréis, me acabo de dar cuenta de que podía deducirme de mi madre por ser mayor de 65 años y convivir con ella, ya que no sabía que aún cobrando más de 8000€ anuales (cobra 637€/mes, unos 8930€ con 14 pagas aprox), se podían restar los 2000€ por gastos, por lo que estaría por debajo del límite de 8000€ y cumpliría ese requisito para yo poder aplicar esta deducción en mi declaración.

El tema es que hasta hace unos años ella declaraba un dinero que cobra en otro país por jubilación (aquí lo cobra de viudedad), pero ese dinero sigue allí, no ha tocado banco español ya que cada X tiempo viaja allí y lo saca para gastarlo y yo pienso que podría no haberlo declarado ya que ese dinero no queda registrado en España pues aun declarándolo no supera los 11.200€ de ingresos generales pero lo ha hecho puesto que algo le devuelven siempre aunque fuesen 2 - 3€... 

Mi pregunta es: Si ella no hace la declaración de este año aunque no declare ese dinero que cobra del extranjero en una cuenta de otro país y que aun así no estaría obligada a declarar, ¿podría yo tener derecho a dicha deducción?

#2

Re: Deducción por ascendiente mayor de 65 años

No te equivoques, el hecho de que ese dinero no haya entrado en España no significa que no haya que declararlo, te recuerdo que el impuesto grava la renta universal, es decir, todas las percibidas por los residentes en España, vengan de donde vengan.

Así que, si con esa pensión supera los 8.000 euros aún quitando los 2.000, no puedes deducirtela. 

Un saludo

#3

Re: Deducción por ascendiente mayor de 65 años

Añadir una aclaración, si la pensión procede de un país de la Unión Europea, puede ocurrir que salga en el borrador o no.De cualquier forma,  la AEAT tiene el dato de que existe esa pensión. 

Así que si no lo declaras, te llegará la carta de revisión. 

Le ha ocurrido a un familiar.

#4

Re: Deducción por ascendiente mayor de 65 años

La cuenta del extranjero no pertenece a ningún país de la UE... y aunque sobrepase los 1500€, no está obligada si entre los dos pagadores no supera los 12000€, y no los supera.

Independientemente de eso, como decía ese dinero se queda allí, el problema es el hecho de dejar de hacer la declaración para yo poder aplicarme esta deducción por ella y "vean" que en los años anteriores se ha declarado ese dinero ya que siempre hay que modificar el borrador manualmente, y que aun así siempre le devuelven algo.

¿Me explico?

#5

Re: Deducción por ascendiente mayor de 65 años

Repito, si supera los 8.000 no puedes deducirtela, presente o no declaración porque no esté  obligada. No sé si me explico.

Y si siempre se ha declarado esa pensión, puede que salte algo y le requieran si este año no se declara, aunque no lo sé a ciencia cierta.

Un saludo

#7

Re: Deducción por ascendiente mayor de 65 años

No es por llevarte la contraria, pero según indican aquí en principio si que podría (obviamente sin declarar la pensión del extranjero), el problema es ese, que no sé si cantará a Hacienda el hecho de no declararla, cuando podría no haberla declarado desde un primer momento ya que aun asi no estaría obligada por no superar el mínimo de 12000€ (antes 11.200€) por dos pagadores ya que cobra muy poco de pensión en esa cuenta:

https://www.helpmycash.com/preguntas/20653/deduccion-por-ascendiente-mayor-de-75-anos/

En principio, no podría aplicar el mínimo por ascendiente, ya que uno de los requisitos exigidos para aplicarlo es que los ascendientes no hayan obtenido en el ejercicio 2016 rentas superiores a 8.000 euros anuales, excluidas las exentas del impuesto.

Para que el contribuyente pueda aplicarse el mínimo correspondiente (1.150 euros anuales por cada ascendiente, aumentable en 1.400 euros adicionales en función de la situación) el ascendiente deberá cumplir los siguientes requisitos:

1.- Tener más de 65 años o una discapacidad de al menos el 33 % (en este último caso no importa la edad).
2.- Convivir con el contribuyente al menos la mitad del ejercicio fiscal (este requisito no se aplica cuando el ascendiente sea discapacitado y esté ingresado en un centro especializado).
3.- No haber obtenido rentas anuales superiores a los 8.000 euros.
3.- No presentar la declaración del IRPF con rentas superiores a 1.800 euros.

La normativa actual permite deducir 2.000 euros bajo el concepto "otros gastos", tal y como se especifica en la página 113 del Manual práctico de la renta 2016: "[B]2.000 euros anuales, con carácter general, para todos los contribuyentes que obtengan rendimientos de trabajo[/B]". Estos gastos se deducen del rendimiento íntegro del trabajo para determinar el rendimiento neto, que será sobre el que se decida si se puede aplicar el mínimo por descendiente o no. 

En mi caso, el resultado es inferior a 8.000 euros, que es el máximo que permite la normativa.

#8

Re: Deducción por ascendiente mayor de 65 años

¿Alguna idea más? quedan pocos dias para presentar la declaración...

#9

Re: Deducción por ascendiente mayor de 65 años

Discrepa lo que quieras, el hecho es que esa pensión DEBE DECLARSE si se presenta declaración, por lo que NO PROCEDE DEDUCCIÓN POR ASCENDIENTE si con ella supera los 8.000 euros. Luego ya cada uno hace lo que le parece.

El hecho de no estar obligado (y que no se presente declaración) no significa que esté exento de tener en cuenta esa pensión en el cálculo de sus rentas. Se debe sumar todo, tanto lo que ya sabe la AEAT como lo que no sabe.

Un saludo

#10

Re: Deducción por ascendiente mayor de 65 años

Vale, estamos de acuerdo en que esa pensión deba declararse, pero por un momento, olvidemonos de esa pensión basandonos solamente en lo que cobra aquí. ¿Se tienen en cuenta los 2000€ de gastos deducibles? lo que no entiendo es que esos 2000€ solo sean deducibles del rendimiento de trabajo (que en este caso lo es por ser pensión de viudedad), para determinar el rendimiento neto.

#11

Re: Deducción por ascendiente mayor de 65 años

Si se tienen en cuenta, a la hora de calcular las rentas recibidas para esos efectos de ascendientes y descendientes, se restan esos 2.000, siempre que haya rendimientos del trabajo claro, tipo salarios, pensiones, desempleo, etc. Si solo hubiera rendimientos del capital, no se restarían, puesto que es una deducción solo aplicable a los del trabajo, según está establecida.

De forma que si cobra 9.000 de pensión, en principio parece que supera los 8.000, sin embargo, al quitar los 2.000, ya no los supera puesto que se queda en 7.000.

 

Un saludo

#12

Re: Deducción por ascendiente mayor de 65 años

Gracias Leopol72 por su tiempo y ayuda.

#13

Re: Deducción por ascendiente mayor de 65 años

Un año más vuelvo por aquí para presentar el borrador de la declaración de la renta (si, un poco tarde y en último momento), pero he leído que los madrileños pueden deducirse 500€ más por el cuidado de ascendientes mayores de 65 años, entiendo que esto es aparte de los 1150€, en esta ocasión, la direferencia entre incluir a mi madre es de unos 212 - 213€ a devolver, ¿como puedo deducirme estos 500€ de más? 

Mi madre no tiene ninguna discapacidad, y no tengo claro si es deducible o no, puesto que ya por defecto en la declaración me viene incluida como ascendiente por convivir con ella y solo me aplican los 1150€, sin los 500€ esos adicionales, aunque no se especifica que deba tener discapacidad o no, por lo que entiendo que se debe aplicar a todos los ascendientes por igual sea cual sea su situación (cumpliendo los requisitos de las rentas que perciban estos, obviamente), aparte de la deducción autonómica y estatal:

"De esta forma se establece una deducción en el IRPF por el cuidado de ascendientes, destinada a fomentar la convivencia y atención a las personas mayores vinculadas por parentesco. En concreto, se establece una deducción de 500 euros por cada ascendiente mayor de 65 años o con algún tipo de discapacidad y que conviva con el contribuyente."

https://www.comunidad.madrid/noticias/2019/10/19/madrilenos-podran-deducirse-500-eu-cuidado-familiares-mayores-65-anos

Según parece se trata de una nueva deducción que aprobaron a finales del año pasado:

https://www.larazon.es/madrid/20191119/vtr2fcraqvarfmqcyajhrimsd4.html
#14

Re: Deducción por ascendiente mayor de 65 años

Esa nueva deducción sobre la que has encontrado información entra en vigor para el ejercicio fiscal 2020, y ahora estamos presentando la declaración del 2019. Por tanto no la vas a encontrar en ningún lado en el formulario.
Los políticos anuncian veinte veces lo mismo para hacer más propaganda(el año que viene seguro que lo vuelven a recordar) y acaban causando confusión.
#15

Re: Deducción por ascendiente mayor de 65 años

Gracias Bacalo, pues entonces tocará esperar al año que viene.

Otra duda, puede una persona deducirse de su madre que no tiene ingresos y del padre aunque este cobre pensión por discapacidad independientemente de lo que cobre y no presente la declaración?

O tal vez se tiene en cuenta la pensión que cobre el padre si supera los 8000€ tenga discapacidad o no, en ese caso, solo podría incluir a su madre, si el padre no la presenta o aunque la presente y no haga declaración conjunta, puesto que la madre no tiene ingresos no puede hacerla.