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Nueva retencion de IRPF en alquiler de locales comerciales para 2010

188 respuestas
Nueva retencion de IRPF en alquiler de locales comerciales para 2010
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Nueva retencion de IRPF en alquiler de locales comerciales para 2010
Página
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#129

Re: Nueva retencion de IRPF en alquiler de locales comerciales para 2010

Si, si..., llevas razón. Estoy atontado, el iva es el 18.

Ahora me ha pedado meridianamente claro, muchas gracias, te puedes creer que he estado media hora hablando con un gestor y no ha sabido explicarmelo tan claro como tú.

Perfecto, todo claro, te lo agradezco porque era algo que no acababa yo de asimilar. Me guardo el post.

Método, disciplina y tiempo

#130

Re: Nueva retencion de IRPF en alquiler de locales comerciales para 2010

Una duda sobre este tendero de chucherias. Imagino que este hombre tambien ha tenido que pagar un IVA y retenerle un IRPF el proveedor que le suministro dicha chucherias.
Es correcto esto?

Y que diferencia habria si el tendero estuviera en recargo de equivalencia?

GRACIAS Y UN SALUDO.

#131

Re: Nueva retencion de IRPF en alquiler de locales comerciales para 2010

Hola Rodrigo, a ver si me puedes ayudar que veo que entiendes bastante. Te pongo en situacion: Una empresa SL posee un local comercial a pie de calle el cual yo voy a alquilar (seré el arrendatario vaya) para uso particular, o sea, de guardamuebles con lo cual lógicamente aunque es un local a pie de calle va a estar cerrado a cal y canto. Como yo soy particular a mi el propietario del local, que ya te digo es una empresa SL (te doy este dato por si es importante para algo) me tendrá que dar el recibo que son 335 euros + iva, en total casi 400 euros, yo le pago a él ese recibo y a partir de aqui ¿yo tengo que hacer algo mas? Tengo que presentar algun modelo en hacienda de estos trimestrales? Tengo que hacer algo especial el año que viene en la declarac de la renta haciendo alusion a este alquiler? O unicamente yo pago ese recibo con su iva y ya esta, me olvido de cualquier otra cosa?
A cada persona que pregunto me dicen una cosa. Por un lado me han dicho que aunque sea particular debo practicar la correspondiente retencion y después cada trimestre presentar el modelo no se cual en hacienda. Por otro lado me han dicho que no tengo que hacer nada de eso pero en mi declaración de la renta del año que viene debo hacer alusion a ese alquiler y hacienda me cobrará el 1 ó el 2% (no estaba segura la persona que lo ha dicho) del valor catastral de esa nave, el cual segun ella, debe venir reflejado en el recibo que me dé cada mes, en fin que no sé si a ti te suena de algo todas estas cosas o crees que están equivocados. Ya me diras algo.
Un saludo y gracias

#132

Re: Nueva retencion de IRPF en alquiler de locales comerciales para 2010

El tendero no retiene ningún importe sobre las compras de "chuches". Sí que le pagará un IVA, igual que él lo está cobrando a sus cliente.

En recargo de equivalencia pagaría el 18% del tipo general de IVA más el 4% del recargo de equivalencia, a cambio de no presentar ninguna autoliquidación de IVA.

Saludos.

#133

Re: Nueva retencion de IRPF en alquiler de locales comerciales para 2010

Ayer, cuando ponía el mensaje 132 de este hilo, no estaba aquí tu mensaje, así que contesté el correo privado que me enviaste. Hoy, al ver el mensaje, ya no creí conveniente la respuesta en público. Pero lo voy a hacer, después de tu último correo, y acabaré con una aclaración pública a tus apreciaciones.

Como arrendatario tendrás que pagar el importe del alquiler más el 18% del IVA, y olvidarte de todo lo demás. Al ser un particular, no tienes ninguna obligación de practicar retención a cuenta al arrendador. Y el tema de las rentas imputadas (ese 1,1% ó 2% sobre el valor catastral) sólo les corresponde a los propietarios de inmuebles por tenerlos a su disposición, nunca a los arrendatarios.

El arrendador, sí, tendrá que realizar un alta censal como arrendador de inmuebles. Trimestralmente deberá de ingresar en Hacienda el IVA que cobra y en la declaración de su IRPF deberá de incluir los rendimientos obtenidos.

Y sí es muy conveniente reflejar en el contrato el uso del inmueble arrendado, en cualquier caso.

La apreciación a tu último correo: En este supuesto sí estoy muy seguro de lo respondido, no creo que vayas a tener ningún problema en relación a ello. Pero nunca te fíes de lo que podamos decirte cualquier desconocido en un foro (aunque sea mediante correos privados). Ni de lo que pueda decirte nadie en la calle, aquí se origina parte de tu confusión inicial. Todo son rumores, incluso lo mío podría serlo. Una lectura de la Ley, y en última instancia la consulta a un profesional, que además tenga cubierta su propia responsabilidad civil mediante el seguro adecuado ... Nunca me he escondido, siempre he reconocido mis errores, pero siempre he advertido: no soy profesional, no soy experto, y esto para mí es una afición y una forma de aprender ... si es que además tengo que cubrirme una responsabilidad por mi participación en los foros, quizás sí que me lo tenga que replantear ...

Saludos.

#134

Re: Nueva retencion de IRPF en alquiler de locales comerciales para 2010

alrodrigo, no seras un profesional, pero te aseguro por experiencia propia que sabes muchiiisimo mas de lo que saben en las gestorias que he usado en madrid, ademas de explicarte muy clarito (casi siempre, por que hay veces que me pierdo pero por mi culpa)

#135

Re: Nueva retencion de IRPF en alquiler de locales comerciales para 2010

Hola al.rodrigo lo 1º darte las gracias por lo mucho que nos enseñas y ademas nos sueles poner un enlace directo con el art. de la ley en cuestion o con la consulta vinculante. Si algun forero imbecil se le ocurre pedirte algo por que te hayas equivocado me lo mandas a mi y ya le "indemnizare" yo una parte en moneda de palo y otra en moneda de piedra.

#136

Re: Nueva retencion de IRPF en alquiler de locales comerciales para 2010

Hola a todos, me estreno en el foro¡¡¡Puesto que, a la vista de todos los mensajes me ha resultado bastante ilustrativo y me ha servido de mucha ayuda, y por ello os planteo la siguiente duda. Ejerzo una actividad profesional, y para ello estoy de alquiler en un local. Por dicho local pago IVA y practico retención que trimestralmente pago a cuenta del IRPF. Pues bien, se que el propietario del local (arrendador) en su declaración del IRPF dichas retenciones las incluye y hacienda se las devuelve (si procede), en cambio, mi pregunta es que para presentar yo mi declaración del IRPF desconozco si el importe resultante de esos pagos trimestrales de las retenciones, máxime cuando no alcanza el mínimo ni para estar obligada a presentar declaración, no me los puedo incluir como si de un gasto se tratara? o cabe la posibilidad de que se devuelva? o simplemente es un gasto que he de afrontar trimestralmente sin que luego me repercuta positivamente para nada?? Os agradecería que me hechaseis una mano, habida cuenta que, estoy solo a la espera de concretar dicha cuestion para finalmente presentar mi declaración. Gracias de antemano, un saludo a todos.